VIBERT "Tratado de Medicina Legal y Toxicología"
sbfsbsbsbgResumen14 de Enero de 2015
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El origen de esta comunicación comienza en la lectura de una nota al pie de página del libro de VIBERT "Tratado de Medicina Legal y Toxicología" (t. II, p. 13). En ella el traductor, Dr. Luis Comenge, en el capítulo relativo a la definición de veneno, aclarando un párrafo de VOBERT, dice:
"El Tribunal Supremo de nuestra nación, en sentencia de 11 de julio de 1889, declaró que el polvo de vidrio molido debe ser considerado como veneno a los efectos legales, si por la forma y la cantidad de la dosis puede ser suficiente para producir la muerte de una persona. Motivó dicha sentencia el proceso contra Pelegrina Montús (sic) quien suministró dichos polvos de vidrio a su marido; los facultativos declararon que tal sustancia, alterando el aparato gastrointestinal, fue la causa determinante de la muerte de aquél".
La sentencia del Tribunal Supremo al que se había elevado un recurso de casación contra la sentencia de pena de muerte por parricidio cometido por la citada Pelegrina Montuis (y no Montrús como dice la nota de Comenge, posible error de imprenta), que declarando "no haber lugar al recurso de casación admitido de derecho en beneficio de Pelegrina Montuis contra la pronunciada por la Audiencia de lo Criminal de Castellón de la Plana en causa seguida a la misma por el expresado delito".
La sentencia dictada el 27 de abril de 1889 por el Juzgado de Lucena (Castellón de la Plana) contra Pelegrina Montuis por parricidio cometido en la persona de su esposo amplía las noticias y las circunstancias que rodearon a aquel sonado caso.
Pelegrina Montuis Saura, estaba casada con Manuel Porcar Palanqués, conocido por Joaquín, apodado "Maitenetes". Vivían en Lucena, villa del Partido judicial de Lucena del Cid, situado a 33 Km. de Castellón de la Plana, que a finales del s. XIX tenía unos 4.000 habitantes, famosa por entonces por haber sido el escenario de una batalla que tuvo lugar el año 1839 (17 de julio) en la que el General O’Donnell derrotó al jefe carlista al pie del monte Gonzalvo. De las diligencias llevadas a cabo sobre los hechos, se pudo comprobar que en el citado matrimonio existían desde hacía muchos años, frecuentes desavenencias que dieron lugar más de una vez a que vivieran por algún tiempo separados. En el curso de algunas de las discusiones que tuvieron, ella le llegó a amenazar con envenenarle. Aquella amenaza hizo mella en Manuel Porcar quien vivía con desconfianza sospechando siempre de la comida que le preparaba su mujer. En cierta ocasión, notando mal gusto en una sopa, quiso que Pelegrina la probase primero, a lo cual se negó, lo que hizo aumentar más aún los recelos del marido.
Las diligencias señalaban que el año 1887, al parecer, habían llegado a cierta armonía, ya que el 11 de agosto, ambos cónyuges que no tenían herederos forzosos, otorgaron testamento ante el notario de la expresada villa de Lucena, D. Pascual Benages, por el cual se instituían mutuamente en usufructurarios de sus bienes durante su vida.
Sin embargo, la armonía debía ser tan sólo aparente porque por aquella misma fecha, Pelegrina como se demostró en la investigación, había ido a Alcora, y en la farmacia de Barrachina, regentada por D. Julio Igual Cabedo, había solicitado se le despachase "aunque costara seis u ocho reales", un medicamento que necesitaba para adormecer a un pariente suyo, vecino de Araga, aldea anexa a dicho pueblo, que debía sufrir la amputación de una pierna. La petición pareció extraña al Sr. Igual quien se negó a suministrar a Pelegrina lo pedido mientras no le llevase una receta médica en la debida forma. Según se probó en el curso de la investigación, Pelegrina no tenía ningún pariente a quien hubiese que practicar tal operación.
Pocos días después, el 19 del mismo mes de agosto, se presentó en la farmacia de Lucena, que estaba a cargo de D. Ramón Monferrer, a quien presentó un papel que quiso hacer pasar por receta del veterinario del pueblo, pidiéndole "un veneno de lo más fuerte que tuviese" para curar una pata a su burra. El Sr. Monferrer se negó a ello e incluso dándose cuenta de que había querido engañarle, la reprendió. La investigación demostró por otra parte que Pelegrina no tenía enferma una pollina.
El 21 de agosto enfermó repentinamente Manuel Porcar, siendo llamado para atenderle el doctor D. Antonio Nebot, médico de la villa quien diagnosticó "fiebre reumática muscular" que atribuyó a un enfriamiento, acompañada de un ligero trastorno gástrico. Le prescribió un tratamiento y los síntomas gástricos desaparecieron. Pero dos días más tarde recayó volviendo el facultativo a visitarle, observando una gran irritabilidad en el aparato digestivo, acompañada de vómitos con los que salieron expulsados varios vermes (Ascaris lumbricoides). El Dr. Nebot cambió la prescripción, aliviándose de nuevo el enfermo, aunque persistió un estado nauseoso y tendencia al vómito. El día 26, es decir a los cinco de haber caído enfermo Manuel Porcar, presentó según señala la investigación "una ligera fluxión encefálica o cerebral". Avisado de nuevo el Dr. Nebot, lo encontró casi cadáver, con un violento dolor en la parte izquierda del epigastrio ´a nivel del fondo del estómago", acompañado de repetidos síncopes, pulso filiforme, respiración profunda, anhelosa y frecuente, gran adinamia, alternando con una serie de contracciones musculares generalizadas que le obligaban a retorcerse "por un movimiento adelante y de uno a otro lado", estado patológico al que siguió la muerte que tuvo lugar a la una de la madrugada del 27 de agosto.
Sumamente extrañado el Dr. Nebot ante aquella para él desconocida patología, creyóse en el deber de dar conocimiento al juzgado, sospechando que podía haber una causa provocada. Aquello motivó que se procediera a incoar el correspondiente sumario e investigación.
Se procedió inmediatamente a la práctica de la autopsia, llevada a cabo por el propio Dr. Nebot y el Dr. Ramón Campos, encontrando el estómago e intestinos dilatados por gran cantidad de gases, notándose una coloración rojiza en los tercios superiores e inferiores y amarillenta en el centro, así como un líquido en el estómago de color café con leche inodoro y con algunos ascárides lumbricoides, la mucosa reblandecida y desprendida naturalmente sin huellas de cauterización ni úlcera. El intestino se presentaba tumefacto en su tramo superior y en las cercanías de la desembocadura del colédoco. La mucosa aparecía como inyectada y en su superficie una sustancia como cristalizada, que se extendía por todo el intestino delgado y parte del colon que estaban recubiertos de una mucosidad clara y fétida. El bazo aparecía inyectado, crepitante por la presión, con poco aumento de volumen. El páncreas congestivo, lo mismo que los riñones. Fueron tomadas las correspondientes muestras para remitirlas al Laboratorio de Medicina Legal de Madrid, no atreviéndose el Dr. Nebot a emitir un juicio definitivo hasta no saber los resultados de tales análisis. Así, fueron enviados a Madrid, la sustancia cristalizada observada en el intestino, el contenido líquido del estómago e intestinos, vísceras y fragmentos de la camisa y calzoncillos que vestía el cadáver en los que habían observado algunas manchas. Analizadas las muestras en Madrid, el informe reveló que la sustancia cristalizada era vidrio molido y que en el líquido contenido en el estómago había también fragmentos de vidrio en cantidad de medio gramo, concluyendo el informe diciendo que "por la forma y cantidad en que se ingirió, pudo ser suficiente para producir la muerte a consecuencia de las lesiones gástricas ocasionadas". A la vista de este informe, el Dr. Nebot y su colega el Dr. Campos emitieron su dictamen que fue: "La causa de la muerte de Manuel Porcar fueron las lesiones o alteraciones del aparato gastrointestinal, ocasionadas por el vidrio quebrantado (molido) que debió dársele por la boca y en lavativas".
La investigación realizada pudo determinar que: durante la enfermedad de Manuel Porcar, su esposa Pelegrina Montuis, que había oído decir que los polvos de cristal eran nocivos pensó dárselos a su marido y al efecto pidió a Antonio Navarrete, que con Venencia Salvador Guel se encontraba lavando en casa del juez de Primera Instancia de Lucena, le proporcionase algún objeto de cristal o vidrio, sin decir el uso que del mismo pensaba hacer, y como la Navarrete le manifestase que en un hueco de la escalera hallaría una base de una copa rota, la tomó y se la llevó a su casa en donde picó y molió el vidrio o cristal con dos piedras, preparando con parte de los polvos que obtuvo, agua y azúcar, un refresco que sirvió en la tarde del 23 de agosto a su marido, el cual dijo que era muy espesa aquel azúcar y aprovechando el día 26 la circunstancia de haberle prescrito el médico dos lavativas de agua de malvas y sal, añadió a éstas los polvos que le restaban, dándole una de ellas por la mañana, Ramona Porcar, prima del enfermo, la cual ignoraba lo que contenía, y la otra por la tarde la Montuis, quien además había puesto a Porcar un emplasto de ajos picados en la frente que le molestó mucho, perturbándole la visión. Pelegrina Montuis fue llevada a prisión acusada de asesinato. Confesó haber administrado a su marido Manuel Porcar, estando enfermo, polvos de vidrio o cristal por la boca y en lavativas. Al parecer, también contó todo a sus compañeras de celda Manuela Radenas y Catalina Ros. Más tarde, se retractó de sus anteriores declaraciones que dijo había prestado siguiendo los consejos de dichas presas,
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