ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Análisis de infraestructura sanitaria básica.


Enviado por   •  28 de Febrero de 2015  •  Exámen  •  1.207 Palabras (5 Páginas)  •  271 Visitas

Página 1 de 5

Parte 1: Análisis de infraestructura sanitaria básica.

Información ítem Proyecto condominio

“Altos Tricahue” Condominio

“Floresta Clara” Edificio “ Bajo

Sauce”

N° trabajadores 50 30 80

Genero de

trabajadores Hombres 48 30 76

Mujeres (labor

administrativa) 2 0 4

Nota: todos los hombres efectúan labores de alto riesgo y de alto nivel de contaminación. Determinar según tamaño de la empresa y distribución por género:

1. ¿Es necesario constitución de comité paritario y creación de depto. de prevención en

Cada faena? Comente.

Es necesario constituir comité paritario en cada faena, según el artículo 1° del D.S. N° 54, de 21.02.69, del M. del Trabajo y Previsión Social, establece que en toda empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen más de 25 personas, deben organizarse Comité Paritarios de Higiene y Seguridad, compuestos por representantes patronales y representantes de los trabajadores, cuyas decisiones adoptadas en el ejercicio de sus atribuciones que le encomienda la ley 16.744, son obligatorias para la empresa y los trabajadores. Agrega la norma legal que si la empresa tuviera faenas, sucursales o agencias distintas, en el mismo o en diferentes lugares, en cada una de ellas debe organizarse el referido comité. Ahora bien, la Dirección del Trabajo ha manifestado en dictamen 7163/304 de 13.11.95, que no procede considerar, para los efectos de cumplir con los quórum exigidos para la constitución de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, a trabajadores de faenas, sucursales o agencias distintas de una misma empresa. De esta manera, conforme al señalado pronunciamiento, el quórum exigido por la norma citada se halla referido a cada una de las dependencias o establecimientos de la empresa, de modo que no resulta procedente unir, agregar o considerar a los trabajadores de faenas, sucursales o agencias diversas con el fin de enterar el quórum de que se trata.

No es necesario crear un departamento de prevención de riesgos por faena ya que según

en el inciso 4° del artículo 66 de la Ley N° 16.744, sobre Accidentes del trabajo y Enfermedades Profesionales, en las empresas mineras, industriales o comerciales que ocupen a más de 100 trabajadores es obligatoria la existencia de un Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales, el que debe ser dirigido por un experto en prevención, el cual debe formar parte por derecho propio en el Comité Paritario de Higiene y Seguridad que exista en la empresa. Es del caso señalar que la empresa se encuentra en la obligación de adoptar y poner en práctica las medidas de prevención que le indique el referido Departamento de Prevención y su inobservancia luego de haber sido ratificada por el respectivo organismo administrador del seguro social (mutual de seguridad a la cual se encuentre afiliada la empresa o el respectivo organismo de salud de no estarlo) es sancionada conforme al Código Sanitario, sin perjuicio de que se aplique un recargo en la cotización adicional por parte del organismo administrador.

2. Necesidades de instalaciones sanitarias (cantidad de excusados, lavamanos y duchas, y casilleros), según género y labor.

Según el artículo 21 del Decreto Supremo N° 594, de 2000, del Ministerio de Salud, que aprobó el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, establece que todo lugar de trabajo debe estar provisto de servicios higiénicos, de uso individual o colectivo, que dispondrán como mínimo de excusado y lavatorio. Cada excusado se debe colocar en un compartimento con puerta, separado de los compartimentos anexos por medio de divisiones permanentes. Es del caso agregar que en los lugares de trabajo donde laboren hombres y mujeres deben existir servicios higiénicos independientes y separados. El artículo 22 del Decreto en comento, establece expresamente que es responsabilidad del empleador mantenerlos protegidos de ingreso de vectores de interés sanitario, y del buen estado de funcionamiento y limpieza de sus artefactos. El número mínimo de artefactos depende de la cantidad de trabajadores

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (7.6 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com