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Borrador 2014-12970


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2015  •  Ensayos  •  1.168 Palabras (5 Páginas)  •  124 Visitas

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1. Las objeciones que se exponen a continuación relativas a la claridad de las reivindicaciones, son con fundamento en los artículos 47 fracción III de la LPI y 29 del RLPI.

1.1. A pesar de que la categoría de la reivindicación independiente 1 se refiere a “Un sistema  para anotar contenidos de medios” el lenguaje empleado en la descripción y la presente reivindicación no es claro ya que no se especifican sus características técnicas, por lo tanto, hace que la materia reclamada sea amplia y razonablemente interpretada como módulos de un programa de computación. Lo anterior al estar las  reivindicaciones redactadas en función (del resultado que se desea obtener) y no en función de las características técnicas necesarias para obtener tales resultados.

1.2. Las reivindicaciones independientes 9, 13 y 16 referentes a “Un método…” (respectivamente) tal y como están redactadas en el preámbulo, no indican características técnicas de la invención necesarias para la comprensión del objeto reivindicado pero que en combinación formen parte del estado de la técnica, tal y como se menciona en el artículo 12 fracción I de las Reglas para la Presentación de Solicitudes ante el IMPI.

1.3. La reivindicación  9  reclama un método, sin embargo la reivindicación 10 que es dependiente de la reivindicación 9 reclama un aparato  y posteriormente la reivindicación 11 y 12 dependientes de la reivindicación 10 reclaman un método, siendo que dependen de un aparato. Esta inconsistencia de dependencia debe ser enmendada recordando que una reivindicación podrá referirse a un proceso o producto cuya protección deberá reclamar de modo principal, y que en el caso de que la solicitud comprenda más de una categoría (producto o proceso), se deberá incluir por lo menos una reivindicación independiente por cada una de estas categorías.

Por consiguiente, de conformidad con los Artículos 47 fracción III de la LPI, 29 del RLPI, y 12 de las reglas para la presentación de solicitudes ante el IMPI, deberá realizar las modificaciones pertinentes en el capítulo reivindicatorio para superar los defectos arriba señalados.

2. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 17 de la LPI el cual se establece que para determinar si una invención es nueva y resultado de una actividad inventiva se considerara  el estado de la técnica en la fecha de la presentación de la solicitud de patente o en su caso, de la prioridad reconocida, se le comunica que al determinar el estado de la técnica de acuerdo al artículo 12 fracción II y el arriba citado, se encontraron los siguientes documentos relevantes:

Documento D1                US 2004/0172593 A1 publicada el 02 de septiembre de 2004.

 

Documento D2                US 7, 742,921 B1 publicada el 22 de junio de 2010.

 

(Los documentos citados se pueden consultar en el expediente oficial)

Con base en el contenido de los documentos anteriores se desprende lo siguiente:

  1. La reivindicación 1 no cumple con el requisito de actividad inventiva establecido en el artículo 16 de la LPI por ser evidente derivado del  estado de la técnica contenido en los documentos D1 y D2, al momento de mostrar y mencionar:

Documento D1. Un sistema para anotar contenidos de medios [resumen],  caracterizado porque:  un sistema de reconocimiento de patrones (PRS) 108 que  tiene un conjunto inicial de parámetros de entrada que genera  metadatos de salida del PRS asociados con una trama de un  flujo de medios 114 [patrón de reconocimiento  con instrucciones de usuario generados con patrones de metadatos asociados con patrones media párrafo 0005]; un archivo 106 para almacenar metadatos de alta  precisión (GTM) asociados con la misma trama del flujo de  medios 114 [párrafo 0078];  un dispositivo para fusionar los GTM y los metadatos de  salida del PRS y de esta manera generar datos propuestos de  anotación (PAD) 110 [párrafo 0079]; y  una interfaz de usuario 104 para utilizarse por un  anotador humano (HA) 118 que incluye  un editor 111 y  un dispositivo de entrada 104 para aprobar o editar  los PAD 110 para la trama [párrafo 0067]; y un sistema de optimización 105 para ajustar parámetros de entrada para el PRS 108 para minimizar una métrica de distancia que corresponde a una diferencia entre los GTM y los metadatos de salida del PRS.        

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