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Empresa “KOMATSU CHILE S.A.”


Enviado por   •  29 de Mayo de 2016  •  Documentos de Investigación  •  5.320 Palabras (22 Páginas)  •  235 Visitas

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SINDICATO DE TRABAJARES DE  EMPRESA

“KOMATSU CHILE S.A. DIVISIÓN SIERRA GORDA”

Señor

Gerente General

Empresa “KOMATSU CHILE S.A.”

División Sierra Gorda

PRESENTE/

De nuestra consideración:

                                           

 El Sindicato de Trabajadores de la Empresa que Ud. dirige, informa que por acuerdo de sus socios, adoptado en Asamblea, han decidido someter a su consideración, el siguiente:

PROYECTO DE CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO

1.        REAJUSTE.

La empresa reajustará  los sueldos bases vigentes de todos los trabajadores afectos a este contrato colectivo en un 35% a contar de la firma de este.

2.        REAJUSTABILIDAD.

Las partes acuerdan que el empleador reajustará las remuneraciones de los trabajadores, sujetos al presente contrato colectivos, con contrato vigente al 1º de Junio de 2015, de un cien (100%) de la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor fijado por el Instituto de Estadísticas o quien haga sus veces, cada tres meses.

En el evento de que la variación del IPC sea inferior o iguales a 0%, las remuneraciones no experimentarán variaciones algunas.

3.        PAGO DE REMUNERACIONES.

La remuneración se pagará al personal el antepenúltimo día hábil de cada mes, mediante cheque girado a nombre de cada trabajador o a través de depósito o transferencia a la cuenta bancaria de cada uno, según la información que entreguen estos.

La empresa anticipará un 40% del sueldo base mensual a los trabajadores involucrados y se pagará el día 15 de cada mes, o el día hábil inmediatamente anterior. Este anticipo es voluntario.

4.        GRATIFICACION GARANTIZADA.

La empresa cancelará una gratificación garantizada mensual equivalente al 25% de la remuneración a cada trabajador con un mínimo de 4,75 Ingresos Mínimos.

Sin perjuicio de lo anterior, si la empresa obtuviere ganancias superiores en la aplicación del Art. 47 del código del trabajo y esta arrojara diferencias favorables a los trabajadores, esta deberá ser pagada a cada trabajador en el mes de marzo del año que corresponda.

5.        BONO DE VACACIONES.

La Empresa otorgará un Bono de Vacaciones equivalente a 15 UF líquidas, a cada trabajador, el que será cancelado al momento  en que éste haga uso de su Feriado Legal.

Si por cualquier motivo el trabajador dejara de pertenecer a la empresa, antes de lo indicado este pago será proporcional al tiempo trabajado.

A su vez la empresa otorgara 2 días hábiles adicionales a las vacaciones por sobre  el feriado anual de 15 días hábiles.

Los trabajadores que tengan hasta diez años con otro empleador, cuando cumplan 3 años en la empresa se le aplicarán en forma automática el día progresivo que corresponda, y así sucesivamente, un día por cada tres que cumpla en la empresa, de acuerdo a la ley.

6.         BONO DE RECIDENCIA 

La empresa pagará a cada trabajador un bono de 12 Uf liquidas mensuales, a los trabajadores cuyo   lugar de origen no sea la ciudad de Sierra Gorda.

Sin perjuicio de lo anterior, todo trabajador que pague arriendo o dividendo por su casa habitación, en la ciudad de Calama, deberá entregar un comprobante a la empresa de dichos pagos, y accederá a este beneficio.

7.         BONO DE ASISTENCIA

La empresa pagará a los trabajadores involucrados en el presente contrato colectivo, la suma de 4 UF liquidas, por concepto de bono de asistencia. Este valor no será descontado, cuando el trabajador haga uso de su feriado legal, permisos, devoluciones, licencias médicas o accidentes del trabajo.

8.         BONO DE REEMPLAZO.

La empresa pagará un bono a los trabajadores que reemplacen a los ausentes, realizando las funciones de este trabajador, un 75% del valor de cada día (sueldo base + asignación de reemplazo).  En caso de que el reemplazo dure más de dos meses o 90 días acumulativos dentro de seis meses será calificado para tomar el cargo del reemplazado.

9.       BONO DE PRODUCCIÓN.

 La empresa pagará un bono mensual de producción por conducción de la siguiente  manera:

  • Camioneta                                                                3 UF liquidas.
  • Operador  Alza Hombre                                           3 UF liquidas.
  • Operador Puente Grúa                                          3 UF liquidas.
  • Operador Grúa Horquilla                                          3 UF liquidas.
  • Camión Pluma                                                  4 UF Liquidas.
  • MT                                                                            5 UF Liquidas
  • Camión de Extractor                                          7 UF liquidas.

Asimismo, la empresa hará extensivo, a los trabajadores afectos a este contrato el bono trimestral que actualmente se paga a los trabajadores de administración.

10.       BONO KPI CUMPLIDO.

Se pagará a cada trabajador un bono de 6 UF liquidas en forma trimestral al cumplimiento del 100%  de KPI, el cual se pagará al termino de cada trimestre. Este bono se pagara igualmente, sino se cumpliera por causas ajenas al trabajador.

             

11.        BONO  DE LABADO Y ASEO

La empresa cancelará la suma de $ 50.000 (cincuenta mil pesos) mensuales a los trabajadores que   realicen labores de de lavado o aseo.

12.       BONO DE INGRESO DE EQUIPOS

La empresa pagará a los trabajadores un  bono de 3 UF liquidas por cada equipo de apoyo que ingrese  al contrato Komatsu División Sierra Gorda; 5 UF por cada camión de extracción y 25 UF liquidas por cada Pala Hidráulica.

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