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INFORMATICA JURIDICA SEMANA 14


Enviado por   •  3 de Agosto de 2014  •  1.497 Palabras (6 Páginas)  •  498 Visitas

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INFORMATICA JURIDICA

Actividad:

Describe de manera integrada qué entiendes ahora por Informática Jurídica, considerando los tres grandes temas que se revisaron a lo largo del curso: Comercio Electrónico, Derecho a la Información y Tecnologías de la información aplicadas al campo jurídico.

El documento debe contener conceptos vinculados a los tres temas y debe constar de tres partes:

a) Introducción: en la que describas el contenido a desarrollar.

b) Desarrollo: que toque de manera integrada los tres temas que se abordan en la materia.

c) Conclusiones: en las que plantees qué te llevas de la asignatura y cómo se puede aplicar su contenido a la práctica profesional de tu ramo.

INDICE

Introducción:::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::3

Desarrollo:::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::4

Conclusión:::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::7

Referencias ::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::9

INTRODUCCIÓN

Para comenzar con el desarrollo del tema me gustaría dar un concepto de informática

La informática es una ciencia que estudia métodos, procesos, técnicas, con el fin de almacenar, procesar y transmitir información y datos en formato digital. La informática se ha desarrollado rápidamente a partir de la segunda mitad del siglo XX, con la aparición de tecnologías tales como el circuito integrado, Internet y el teléfono móvil. (1)

La Informática penetró a todas las áreas de conocimiento, de las ciencias exactas y de las ciencias sociales, el Derecho no fue la excepción; por un lado se desarrolló la rama del Derecho llamada: “Derecho Informático” y por la otra se generó la Informática Jurídica.

Con el mismo tenor me gustaría comentar que el Poder Judicial de la Federación, la Institución en la cual laboro, toma en cuenta todos estos cambios que se suscitan con el transcurso del tiempo y sobre todo está ligado a la impartición de justicia en todos los ámbitos, de ahí que siguiendo los preceptos del Código de Comercio los Juzgados y Tribunales Civiles que se encuentran dentro de la Ciudad Judicial Federal en cada una de las entidades de esta hermosa nación que es México, auxilian en el apoyo de la Informática Jurídica y son el parte aguas de los preceptos, tesis y jurisprudencias que se dictan en las sentencias relativas a las nuevas tecnologías.

DESARROLLO

“ EL COMERCIO ELECTRÓNICO ”

Actualmente la seguridad en la información se ha incrementado dando certeza a los clientes que usan sus datos personales y recursos financieros en la Internet, gracias a ello podemos utilizar “El Comercio Electrónico” también llamado. “e-commerce”, entendiéndose como un medio a través del cual se puede realizar la compra o venta de productos o servicios enfrenta un gran dilema, el cual es que a pesar de existir mayor cobertura en los servicios de telecomunicación y en especifico del servicio de Internet.

Las autoridades de protección al consumidor alrededor del mundo han desarrollado una serie de lineamientos que buscan otorgar una mayor protección a los consumidores en línea.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) desarrolló, en 1999, las Directrices para la Protección de los Consumidores en el Contexto del Comercio Electrónico. Se trata de una serie de recomendaciones encaminadas a lograr que los proveedores de bienes y servicios a través de internet cumplan con las disposiciones de las leyes de protección al consumidor.

Así se garantiza que el consumidor reciba adecuados niveles de protección cuando realiza sus transacciones comerciales por internet, las campañas del comercio electrónico deben enfocarse primariamente a la población que posee los medios de liquidaciones electrónicas a través de campañas con los bancos, de igual forma se debe buscar ampliar la modalidad de pago y los sistemas de entrega de los productos; como el pago por medio de consignación bancaria y pago a contra entrega del producto, cuando culmina la transacción.

Con el propósito de verificar lo previsto por la Ley Federal de Protección al Consumidor en algunos sitios mexicanos, Profeco revisa la información contenida en sitios con tiendas virtuales con el fin de determinar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 76 bis de la LFPC.

No todos los consumidores se ven atraídos por este tipo de servicio, el mayor uso que se le da actualmente al comercio electrónico es la compra y venta de tecnología, en especial de móviles, celulares, gps, computadoras entre otros, lo cual está relacionado principalmente con que la gente que posee el servicio de internet, por lo que este tipo de servicios no lo ven como un gasto sino como una inversión y son los que también poseen un mayor grado de conocimientos en cuanto a la tecnología de los sistemas informáticos.

DERECHO A LA INFORMACIÓN Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN APLICADAS AL CAMPO JURÍDICO.

En este orden de ideas podemos ver como la tecnología hace uso de ella misma para popularizarse y llegar a muchos más usuarios.

Los usuarios de Internet y el comercio electrónico, en la mayoría de los casos son jóvenes entre los 8 y 20 años los que presionan a sus familias para que exista una conexión de Internet de banda ancha en sus hogares, por lo tanto son estos mismo usuarios en este rango de edades los que serían el mercado objeto del comercio electrónico, pero la mayoría de las compras a través del comercio electrónico deben ser pagadas con tarjetas debito ó crédito, esto hace que aunque este tipo de usuarios deseen y tengan la confianza para realizar compras a través de Internet, no las puedan realizar, ya que es una población que en muchos casos aun no han iniciado una vida laboral y por lo tanto es casi probable que no posean ninguno de estos medio de pago electrónico .

Saber un poco más sobre comercio electrónico nos permitirá estar mejor informados para tomar la elección de compra más favorable, los usuarios que tienen una vida laboral activa y muchos de los cuales poseen tarjetas de debito y/o crédito pero los cuales son indiferentes a la tecnología y por el desconocimiento de la misma se abstienen de realizar compras electrónicas empleando única y exclusivamente estos medios de pagos que además generan gastos extras.

No omito externar mi opinión de que es muy importante tomar medidas de precaución acordes a las operaciones comerciales que se realizan en línea, ya que es muy importante tener en cuenta los siguientes aspectos:

El Proveedor debe informar claramente su identidad, denominación legal y datos de ubicación física (dirección, teléfono y fax), para que el consumidor pueda hacer alguna reclamación en caso de que se presente un problema.

El Proveedor por internet está obligado a brindar una descripción veraz de las características de los productos, para que el consumidor pueda tomar una decisión de compra bien informada.

Los Proveedores mexicanos en línea, los precios deben estar expresados en moneda nacional y, en caso de existir cargos adicionales por envío de los productos, se deben señalar claramente, junto con las condiciones y formas de pago.

El Portal debe declarar sus políticas de privacidad. Esto es importante porque es probable que se requiera al consumidor que revele datos de carácter privado, como el número de la tarjeta de crédito.

Las Políticas de devolución de mercancías, así como las garantías, las condiciones generales de la transacción, restricciones para la compra de bienes y servicios (como es el caso de ubicación geográfica, de tiempo, por tipo de producto o cantidad a adquirir).

CONCLUSIÓN

Las autoridades de protección al consumidor alrededor del mundo han desarrollado una serie de lineamientos que buscan otorgar una mayor protección a los consumidores en línea.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) desarrolló, en 1999, las directrices para la protección de los consumidores en el contexto del comercio electrónico, trata de una serie de recomendaciones encaminadas a lograr que los proveedores de bienes y servicios a través de internet cumplan con las disposiciones de las leyes de protección al consumidor.

Así se garantiza que el consumidor reciba adecuados niveles de protección cuando realiza sus transacciones comerciales por internet. Como se puede apreciar hay que aclarar que el consumidor mexicano está protegido cuando realiza compras por internet.

Por tanto, el análisis de las políticas públicas, del comportamiento del entorno de cada órgano, debe contribuir a definir lo que la presente administración debe hacer para impedir que dichas amenazas afecten el desempeño de la institución y sobre todo le impidan lograr los nuevos retos en materia jurídica.

Me gustaría agregar que La Ley Federal de Protección al Consumidor contiene disposiciones generales sobre comercio electrónico sobre los derechos de los consumidores en las transacciones efectuadas a través del uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.

Asimismo los órganos jurisdiccionales, los institutos y las áreas de apoyo administrativo no son oficinas burocráticas. Para la judicatura federal, cada oficina, juzgado y tribunal son santuarios de la impartición de justicia ese ha sido, es y será nuestro compromiso y sobre todo nos actualizamos día a día y también en materia de Jurídica Informática.

De ahí que todos los que integramos la Judicatura Federal, sin importar la trinchera en la que laboremos, tenemos el deber de dar vigencia a estos preceptos y honrarlos con nuestro recto proceder.

REFERENCIAS

(1) http://es.wikipedia.org/wiki/Inform%C3%A1tica

(2) http://www.alertaenlinea.gov/

(3) http://www.econsumer.gov/

(4) http://www.scjn.gob.mx/transparencia/Documents/ComiteMinistros/2009/C_GyA_13OCT09.pdf

(5) Cámara de Diputados. H. Congreso de la Unión. Ley Federal de Protección al Consumidor. Consultada el 09 de enero de 2012 en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/

(6) Diario Oficial de la Federación. Publicado el 4 de Mayo de 2011

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