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Impuestos


Enviado por   •  27 de Marzo de 2014  •  864 Palabras (4 Páginas)  •  222 Visitas

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Impuesto al Activo Neto

Consiste en El impuesto anual al Activo Neto radicado en Honduras de las personas naturales y jurídicas que tengan el carácter de comerciantes según los términos del Código de Comercio y se pagará sin tener en cuenta la nacionalidad o domicilio de los titulares del activo, la región del País en que éste se localiza, el beneficiario de su uso o goce u otras circunstancias análogas.

Por activo neto y para los efectos de este Decreto se entiende el valor monetario de los activos que figuran en el Balance General del contribuyente, menos las reservas por cuentas por cobrar y las depreciaciones acumuladas permitidas por la Ley de Impuesto Sobre la Renta.

Tasa que se aplica a este Impuesto

La tasa del impuesto al activo neto será del uno por ciento (1%) anual y deberá pagarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha de cierre del período fiscal común u ordinario o el especial autorizado por la Dirección General de Tributación para efectos del pago del Impuesto Sobre la Renta, dicho impuesto se pagará en las oficinas recaudadoras autorizadas por la Dirección General de Tributación en la fecha de presentación de la declaración jurada. El incumplimiento de interés activa máxima del Sistema Bancario.

Impuesto al Activo Neto

No están obligados a pagar el impuesto establecido por esta Ley:

a) Los comerciantes cuyo activo neto anual no excede de SETECIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS (L.750, 000.00);

b) Las personas naturales y jurídicas cuyos activos netos estén exclusivamente relacionados con fines de beneficencia, educativos, culturales, gremiales o dedicados a la investigación científica por cuenta de fundaciones, universidades u otras instituciones análogas, nacionales o extrajeras, aceptadas por la Dirección General de Tributación;

c) Los comerciantes en su etapa pre operativa y durante los dos años siguientes a la fecha de inicio de sus actividades. No quedarán comprendidas en este literal las sociedades mercantiles que se hayan fusionado, transformado dividido o traspasado sus activos a otra u otras que hayan gozado total o parcialmente de este privilegio;

d) Los comerciantes que operan en las zonas libres, zonas industriales de procesamiento y zonas libres turísticas y los que se dedican a la maquila, siempre que exporten el cien o ciento (100%) de su producción fuera del área Centroamericana. Para los efectos de este Artículo se entenderá por maquila el proceso productivo por medio del cual se incorpora valor agregado nacional a las mercancías internadas bajo el Régimen de Importación Temporal (RIT).

e) Los bancos, instituciones financieras y de seguros por los préstamos y descuentos, inversiones en valores, activos contingentes, primas por cobrar y reservas a cargo de reaseguradas y re afianzadoras, así como las sociedades mercantiles tenedoras de acciones de empresas nacionales (holding company);

f) Los comerciantes que habiendo pagado Impuesto Sobre la Renta en el período anterior que corresponde el cálculo del Impuesto del Activo Neto y que demuestren fehacientemente ante la Dirección General de Tributación que, por situaciones especiales, atraviesan por un período cíclico de pérdidas con perspectivas de recuperación.

Calculo del Impuesto al Activo Neto

Creditos con el sistema Financiero 4,348,252.00

Demas Activos Financieros 89,120.00

Inventarios 49,490.00

Activos Fijos,gastos,cargos diferidos 699,499.07

Terrenos 45,676.00

Acciones 2,460.67

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