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Los Derechos De Los Niños TEC

car_carlos9 de Abril de 2015

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Introducción:

Buenos días por medio de la presente les mando un cordial saludo al momento que les invito a leer mi investigación:

Esta investigación fue creada con mucho esfuerzo y dedicación, con el motivo de estar informados si los niños de 6° de la escuela primaria Benito Juárez conocen sus derechos; de lo contrario el motivo por el cual estos no son implementados ya que son muy importantes en la vida cotidiana de un niño.

Aquí podemos conocer más sobre los derechos de los niños el porqué fueron creados, cual es su finalidad, su misión al momento de crearlos en que estaban pensando, podemos almacenar un poco más información sobre estos derechos que son muy importantes para los infantes.

Si un niño conoce sus derechos puede saber qué hacer en el momento de que estos sean violados, a quien debe de dirigirse y la sanción que se dará por este motivo, de lo contrario los niños pueden ser explotados, dañados física o psicológicamente sin saber que esto se puede evitar.

Los invito a conocer cuáles fueron los resultados de este proyecto espero y sea de su agrado.

Índice:

Agradecimientos I

Introducción 1

Planteamiento 3

-Interrogante 3

-justificación 3

-objetivos 3

Marco teórico: 4

-donde cuándo y por quien fueron creados los derechos. 4

-su enfoque en los derechos de los niños 8

-convención sobre los derechos del niño 9

Hipótesis y variables 11

Metodología 19

-Tipo de investigación 19

-Muestra 19

Instrumentos 20

Planteamiento:

Interrogante: ¿Los alumnos de sexto grado sección A de la escuela Benito Juárez turno matutino conocen y están bien informados sobre sus derechos?

Los derechos de los niños son las diferentes formas por las cuales los niños se pueden defender en caso de que estos derechos sean violados.

Si existe una violación a estos derechos las personas que no está respetando la ley será castigada o sancionada.

Nuestros objetivos son:

*Saber si los niños conocen sus derechos.

*Analizar él porque hay violencia en los niños.

*Saber si los niños saben defenderse ante una situación en la cual sus derechos sean violados.

*Saber si los derechos son implementados en la familia y escuela.

*Conocer cuál es la causa influyente del porque los niños no conocen sus derechos.

*Analizar el porqué existe violencia en los niños.

Justificante: Es necesario que los niños conozcan sus derechos y estén conscientes de la manera en la cual deben actuar al no ser cumplidos sus derechos.

Marco Teórico

En la lenta evolución de los Derechos Humanos en la historia, es a partir del siglo XVII cuando empiezan a contemplarse declaraciones explícitas con base en la idea contemporánea del "derecho natural". Inglaterra incorpora en 1679 a su constitución la Habeas Corpus Act (Ley de hábeas corpus) y la Bill of Rights (Declaración de Derechos) en 1689. En Francia como consecuencia de la Revolución francesa, se hace pública, en 1789, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.

En 1927 el Convenio de Ginebra prohíbe la esclavitud en todas sus formas. Los llamados Códigos de Malinas que abarcan la Moral Internacional (1937), Relaciones Sociales (1927), Relaciones Familiares (1951) y el Código de Moral Política (1957), son intentos parciales de la conciencia pública por regular una seguridad mínima de respeto al individuo, habitualmente ignorado por los Estados. Como consecuencia de la Primera Guerra Mundial la Sociedad de Naciones impulsó los Convenios de Ginebra sobre seguridad, respeto y derechos mínimos de los prisioneros de guerra, y en 1948 tras la Segunda Guerra Mundial, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el documento titulado Declaración Universal de Derechos del Hombre, conjunto de normas y principios, garantía de la persona frente a los poderes públicos.

En virtud del artículo 68 de la Carta de las Naciones Unidas, el Consejo Económico y Social de Naciones Unidas creó la Comisión de Derechos Humanos. A este organismo, formado por 18 representantes de Estados miembros de la ONU, se le encomendó la elaboración de una serie de instrumentos para la defensa de los derechos humanos. Dentro de la Comisión se creó un Comité formado por ocho miembros, que serían Eleanor Roosevelt (nacional de Estados Unidos), René Cassin (Francia), Charles Malik (Líbano), Peng Chun Chang (China), Hernán Santa Cruz (Chile), Alexandre Bogomolov Alexei Pavlov (Unión Soviética), Lord Dukeston/Geoffrey Wilson (Reino Unido) y William Hodgson (Australia). Fue también de especial relevancia la intervención de John Peters Humphrey, de Canadá, director de la División de Derechos Humanos de la ONU.

El proyecto de Declaración se sometió a votación el 10 de diciembre de 1948 en París, y fue aprobado, por los que entonces eran los 58 Estados miembros de la Asamblea General de la ONU, con 48 votos a favor y las 8 abstenciones de la Unión Soviética, de los países de Europa del Este, de Arabia Saudí y de Sudáfrica. Además, otros dos países miembros no estuvieron presentes en la votación.

Los derechos humanos son normas que reconocen y protegen la dignidad de todos los seres humanos. Los derechos humanos rigen la forma en que los individuos viven en sociedad, así como su relación con los gobiernos y las obligaciones que los gobiernos tienen para con ellos.

La ley de derechos humanos obliga a los gobiernos a tomar una serie de medidas, y les impide tomar otras. Los individuos tienen también responsabilidades: al hacer uso de sus derechos humanos, deben respetar los derechos de los demás. Ningún gobierno, grupo o persona individual tiene derecho a llevar a cabo ningún acto que vulnere los derechos de los demás.

Las Naciones Unidas promueven el respeto de la ley y la protección de los derechos humanos mediante otros mecanismos, entre ellos: Supervisar el historial de derechos humanos de los países: Los comités de los órganos creados en virtud de tratados reciben apoyo técnico, logístico y financiero de las Naciones Unidas. Este organismo tiene también una Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos, cuyo mandato es promover y proteger el disfrute y la realización plena de los derechos humanos.

Establecer procedimientos especiales para abordar la situación concreta de cada país o cuestiones más amplias: las Naciones Unidas podrían nombrar también expertos (denominados a veces relatores especiales, representantes o expertos independientes), para abordar una cuestión específica de derechos humanos o un país concreto. Estos expertos suelen llevar a cabo estudios, visitar países específicos, entrevistar a las víctimas, realizar llamamientos concretos y presentar informes y recomendaciones.

Estos procedimientos incluyen una serie de medidas relacionadas concretamente con la infancia y otros procedimientos más amplios que se refieren cada vez más a los derechos de la infancia. Entre los procedimientos relacionados concretamente con la niñez se encuentran el nombramiento del Relator Especial sobre la venta de niños, la prostitución infantil y el uso de niños en la pornografía; y del Representante Especial del Secretario General sobre las repercusiones de los conflictos armados sobre la infancia.

Muchos procedimientos más amplios incluyen cada vez con mayor frecuencia referencias a los derechos de la infancia en el contexto de sus mandatos particulares. Estos procedimientos incluyen el nombramiento de Relatores Especiales sobre el derecho la educación; sobre la tortura; sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; sobre la violencia contra la mujer; sobre la libertad de religión o de creencias; y sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y otro tipo de comportamientos intolerantes; y también el nombramiento de un Experto Independiente sobre derechos humanos y pobreza extrema.

Los Relatores Especiales dedicados a un país en particular —que se centran en la situación en materia de derechos humanos que se da en países y regiones concretos, y que pueden recibir quejas individuales— y el Representante del Secretario General sobre Personas Internamente Desplazadas, han denunciado también violaciones a los derechos de la infancia. Otros mecanismos importantes incluyen los Grupos de Trabajo sobre desapariciones forzadas

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