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ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL

rakelszTesis26 de Mayo de 2014

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ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL

DE PROTECCIÓN CIVIL1

Conceptualización

Las Bases para el Establecimiento del Sistema Nacional de Protección Civil (Sinaproc), lo conciben como un "conjunto orgánico y articulado de estructuras, relaciones funcionales, métodos y procedimientos que establezcan las dependencias y entidades del sector público entre sí, con las organizaciones de los diversos grupos sociales y privados y con las autoridades de las entidades federativas y municipios, a fin de efectuar acciones de común acuerdo destinadas a la protección de los ciudadanos contra los peligros y riesgos que se presentan en la eventualidad de un desastre" (figura 6).

Marco legal

El marco jurídico que hasta el momento sustenta al Sinaproc consta de cuatro leyes y dos reglamentos federales, a nivel estatal existen 11 decretos o leyes y cuatro reglamentos, así como tres decretos de creación de instituciones y programas, en materia de coordinación interinstitucional existen siete acuerdos y a nivel internacional México ha suscrito cuatro acuerdos binacionales en materia de protección civil.

A todo este conjunto de lineamientos se suma también la normatividad que sustenta a los programas de protección civil que se desarrollan dentro del Sistema.

Alcances

El Sinaproc tiene alcance nacional, comprende la protección a la persona de manera individual y de la sociedad en su conjunto, mediante la participación de los gobiernos federal, estatal y municipal, y de grupos organizados de los sectores, privado y social. Comprende, también, la protección a los bienes materiales de la persona y de la sociedad; así como los elementos bióticos y abióticos del medio.

Objetivo

El objetivo básico del Sinaproc es el de proteger a la persona y a la sociedad ante la eventualidad de un desastre provocado por fenómenos naturales o humanos, a través de acciones que reduzcan o eliminen la pérdida de vidas humanas, la destrucción de bienes materiales y el daño al ambiente, así como la interrupción de las funciones esenciales de la sociedad.

Organización

a) Estructura Institucional

El Sinaproc se concibe como un conjunto orgánico que incorpora y coordina los distintos sectores: público, integrado por dependencias y entidades de la administración pública federal (central y paraestatal), por los organismos de coordinación federal, estatal y municipal (delegaciones y representaciones federales), y por los sectores privado (empresas, sector financiero), social (académico y voluntario) que tienen injerencia en actividades de Protección Civil (PC), a los cuales se les denomina Estructura Institucional.

Esta participación se organiza e integra tomando como base las propias atribuciones que tienen estas estructuras, y las actividades técnicas y operativas que se desprenden de la instrumentación y funcionamiento del Sistema.

Las dependencias y organismos son responsables de participar en el Sistema en dos vertientes, la primera derivada de la organización e instrumentación del propio Sinaproc, se refiere a la instalación de las Unidades de Protección Civil, hacia adentro de sus propias estructuras de organización incorporando la PC en sus reglamentos internos. Asimismo de elaborar, instrumentar y operar sus programas internos en la materia.

La segunda vertiente se relaciona con la operación del Sistema al incorporarse o coordinarse con el Consejo Nacional de Protección Civil (CNPC), para proporcionar el apoyo necesario, cuando así lo soliciten los gobiernos estatal y municipal.

Las representaciones o delegaciones de estas dependencias u organismos son corresponsables y deben ser incorporados en los Consejos Estatales o Municipales de Protección Civil, para participar en la instrumentación y operación de los programas para enfrentar las diversas contingencias que inciden en la región (figura 7).

b) Gobiernos Estatales y Municipales

Son responsables de instrumentar y coordinar los Sistemas estatales y municipales de PC, con base en los principios y normatividad emanados del Sistema Nacional y en la legislación que en esos ámbitos exista o se expida para tal efecto.

Con base en lo anterior, se instalarán las Unidades y Consejos Estatales y Municipales de PC, con la responsabilidad explícita de diseñar, instrumentar y operar los correspondientes programas de PC, e incorporar la participación de dependencias y organismos locales, representaciones federales y a la sociedad en su conjunto (figura 7).

c) Consejos y Unidades de Protección Civil

Según las Bases para el Establecimiento del Sinaproc, los consejos nacional, estatales y municipales, creados dentro del Sinaproc son:

Los órganos de consulta de los gobiernos federal, estatales y municipales;

Mecanismos de integración y coordinación de las acciones de protección civil que en sus ámbitos se organicen y ejecuten;

Instrumentos formales para encauzar una mayor participación de la sociedad en las acciones de prevención y auxilio, ya que como se conceptualiza el Sistema, todos somos corresponsables de la protección civil (figura 8).

Con ese fundamento se creó en mayo de 1990, el CNPC, como órgano consultivo de coordinación de acciones y de participación social en la planeación de la protección civil. Además para hacer frente, con oportunidad y eficacia, a desastres cuyos efectos rebasen las posibilidades de respuesta local y regional.

El CNPC está encabezado por el Presidente de la República y se compone de: un Secretario Ejecutivo, representado por el Secretario de Gobernación; un Secretario Técnico cuyas responsabilidades recaen en la Subsecretaría de Protección Civil y de Prevención Readaptación Social de la Secretaría de Gobernación; por los titulares de las secretarías de Gobernación (Segob), Relaciones Exteriores (SRE), Defensa Nacional (Sedena), Marina (Sedemar), Hacienda y Crédito Público (SHCP), Energía, Minas e Industria Paraestatal (SEMIP), Comunicaciones y Transportes (SCT), Agricultura y Recursos Hidráulicos (SARH), Educación Pública (SEP), Desarrollo Social (Sedesol), Contraloría General de la Federación (Secogef), Salud (Ssa) y el Departamento del Distrito Federal (DDF).

Los suplentes serán los subsecretarios que los titulares designen y para el DDF será el Secretario General de Gobierno. También participan los representantes de los organismos, entidades y agrupaciones públicas, privadas y voluntarios, de los sectores académicos y de los medios masivos de comunicación que designa el titular del poder ejecutivo federal por conducto del Secretario de Gobernación. Bajo la misma normatividad actualmente se constituyen los consejos estatales y municipales de PC; es decir, el Consejo Estatal se integra por un Presidente que es el Gobernador Constitucional de la entidad federativa, por un Secretario Ejecutivo que es el secretario de gobierno, por un Secretario Técnico que recae en el titular de la unidad estatal de protección civil; el cuerpo del Consejo se constituye por los titulares o representantes de las dependencias y organismos federales y estatales que desarrollan funciones relacionadas con la PC, y con los representantes de las organizaciones de los sectores social y privado, de las instituciones educativas y de los grupos voluntarios (figura 8).

Las unidades de PC son los órganos ejecutivos del Sistema, que a nivel estatal o municipal tienen la responsabilidad de integrar, coordinar y dirigir éstos en sus respectivos ámbitos; asimismo son

responsables de elaborar, implantar, coordinar y operar los Programas de PC correspondientes. A nivel de los organismos y dependencias de los sectores público, privado, social, académico y voluntario, se crea para cada una de sus instalaciones una Unidad Interna con la responsabilidad de desarrollar y dirigir las acciones de PC, así como elaborar, instrumentar y operar el programa interno en la materia.

La organización de las Unidades Internas se incorpora a las estructuras de los gobiernos correspondientes, dependiendo funcionalmente de los secretarios de gobierno y de los secretarios del ayuntamiento respectivamente; las unidades se incorporan a las estructuras de las dependencias y organismos de los sectores público, privado y social, dependiendo funcionalmente de las áreas de Oficialía Mayor y / o Administración.

d) Coordinación del Sistema

El Sinaproc, requiere para su funcionamiento de la coordinación de las diversas estructuras que lo conforman, como se ha señalado, los órganos ejecutivos del Sistema, o sea las unidades de PC, son responsables de la coordinación de los Sistemas estatales y municipales en la materia, asesorados por sus correspondientes consejos. Esta coordinación fluye en dos sentidos, una relación horizontal entre órganos ejecutivos a nivel nacional, estatal y municipal y otra relación vertical del Órgano Ejecutivo, con las estructuras que conforman el Sistema hacia adentro del ámbito estatal y municipal (figura 7).

La coordinación ejecutiva del Sinaproc corresponde al Ejecutivo Federal, quien asigna esta responsabilidad a la Segob, tomando como base las atribuciones que la Ley General de Población

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