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Obtención del permiso de uso de denominación o razón social y elección del fedatario público a través del portal tuempresa.gob.mx


Enviado por   •  22 de Abril de 2015  •  Trabajos  •  1.546 Palabras (7 Páginas)  •  544 Visitas

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No. Procedimientos Tiempo (días) Costo

1 Obtención del permiso de uso de denominación o razón social y elección del fedatario público a través del portal tuempresa.gob.mx

Este es un trámite federal que debe realizar el empresario para escoger y reservar una denominación o razón social para su negocio.

Información disponible en la dependencia, por teléfono y en su sitio web: http://www.tuempresa.gob.mx/

El empresario se debe registrar en el portal tuempresa.gob.mx con su Firma Electrónica Avanzada e ingresar la denominación o razón social para consultar la disponibilidad. Si está disponible será dictaminada favorablemente y podrá reservarla; en caso contrario, será rechazada si ésta ya está en uso o no cumple los criterios aplicables.

El trámite se encuentra legislado en la Ley General de Sociedades Mercantiles, Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Ley de Inversión Extranjera y el Reglamento para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales.

Una vez que el nombre es reservado y se ha seleccionado el fedatario público con quien se finalizará el proceso, el empresario debe acudir con él para elaborar el acta constitutiva. Menos de un día (en línea) Sin costo

2 Aviso de uso de denominación o razón social ante la Secretaría de Economía, elaboración del acta constitutiva e inscripción de la sociedad en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) en el Servicio de Administración Tributaria (SAT)

Este trámite se realiza para que el fedatario protocolice los estatutos de la sociedad. Una vez recibida la autorización del nombre de la compañía, el fedatario procede a realizar el aviso de uso de denominación o razón social y redactar la escritura constitutiva para que pueda ser debidamente firmada por los socios. Los socios fundadores deben proporcionar sus datos generales y presentar sus respectivas identificaciones oficiales así como Cédulas de Identificación Fiscal. Algunos fedatarios en esta ciudad firmaron un acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Sistema de Administración Tributaria (SAT) para obtener la cédula e inscribir a la sociedad en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a través de medios remotos.

El trámite se encuentra legislado en los Arts. 24 al 27 del Reglamento para la Autorización de Uso de Denominaciones y Razones Sociales; Arts. 5 y 6 de la Ley General de Sociedades Mercantiles; Art. 27 del Código Fiscal de la Federación; Arts. 19 y 20 del Reglamento del Código Fiscal de la Federación; así como la Regla II.2.3.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal, vigentes en 2013.

Los honorarios de los fedatarios pueden variar entre MXN 6,000 y MXN 13,500. 3 días MXN 8,500

3 Inscripción del acta constitutiva en el Registro Público de Comercio

Este trámite tiene como finalidad dar publicidad al acto de constitución y es obligatorio para todas las sociedades mercantiles inscribir en el Registro Público de Comercio lo que se refiere a su constitución, transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación.

Para realizar el trámite, el usuario debe contar con:

a. Acta constitutiva debidamente protocolizada;

b. Forma precodificada M-4;

c. Medio magnético que contenga ambos documentos;

d. Pago de derechos.

Información disponible en la dependencia y por teléfono.

El fedatario público debe realizar el pago de derechos al Registro Público y presentar los requisitos en la ventanilla de recepción de trámites para que sean validados por el funcionario público, quien le asignará un número de ingreso, mismo que deberá conservar y presentar para recoger la boleta de inscripción del acta.

El trámite se encuentra legislado en el Art. 92 de la Ley General de Sociedades Mercantiles; Arts. 18 al 20 del Código de Comercio; así como el Art. 52, Fracción I de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Chihuahua, vigentes en 2013. El fundamento del costo se encuentra en la Fracción IV, Numeral 25 de la Tarifa para el Cobro de Derechos para el Ejercicio Fiscal 2013 del Anexo de la Ley de Ingresos para el Estado de Chihuahua para el Ejercicio Fiscal 2013; así como los Arts. 6 y 28 del Código Fiscal del Estado de Chihuahua, vigente en 2013. 4 días MXN 15,827 [235 SMV que corresponden al pago de derechos al RPC] + [4% impuesto adicional universitario sobre derechos]. SMV 2013 para el área geográfica A equivale a MXN 64.76.

4 Inscripción en el Sistema de Información Empresarial (SIEM)

Este trámite lo deben realizar todos los comerciantes e industriales, sin excepción y obligatoriamente, para registrar y actualizar anualmente cada uno de sus establecimientos en la cámara que les corresponde y a su vez en el SIEM.

Información disponible en la dependencia, por teléfono y en su sitio web: http://www.siem.gob.mx/

El registro se puede realizar de tres maneras: por medio de la visita de un promotor al establecimiento, por medio de la visita directa del empresario a la ventanilla de la cámara correspondiente o a través de un correo certificado, fax o correo electrónico; los operadores certificados captan la información de las empresas y realizan el cobro correspondiente. Asimismo, se debe conocer el Código del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN) del giro correspondiente, que se puede obtener

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