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PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS SANOS A PEQUEÑA ESCALA, COMERCIALIZACION Y LIMITACIONES REGLAMENTARIAS: ELEMENTOS PARA UN ANALISI


Enviado por   •  15 de Junio de 2015  •  7.827 Palabras (32 Páginas)  •  286 Visitas

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PRODUCCIÓN DE ALIMENTOS

SANOS A PEQUEÑA ESCALA, COMERCIALIZACION

Y LIMITACIONES REGLAMENTARIAS:

ELEMENTOS PARA UN ANALISIS

DEL TEMA1

Autores: Gustavo Tito2 y Carlos Cattaneo3

Buenos Aires, mayo de 2000

INDICE

1) Introducción

2) La producción de alimentos a pequeña escala: situación actual, y posibles

alternativas para su mejora.

2.1) Productos

2.2) Técnicas de producción y procesamiento de alimentos

2.3) Protección de cultivos y ganadería

2.4) Comercialización

2.5) Aspectos reglamentarios en materia bromatológica

3) ¿Puede el pequeño productor elaborar y comercializar alimentos sanos?

4) Productos artesanales elaborados por los PPM.

5) A modo de conclusiones para continuar la discusión.

- Bibliografía

ANEXO I: Régimen de promoción para la producción y comercialización de productos

artesanales de la provincia de Santa Fe.

1 Documento de Inicio del Foro Virtual “Producción de alimentos sanos a pequeña escala,

comercialización y limitaciones reglamentarias” (PSA-PROINDER, abril-septiembre de 2000). Las ideas,

interpretaciones y conclusiones contenidas en el presente documento son propias de los autores y no

representan necesariamente los criterios del Programa Social Agropecuario y del PROINDER.

2 Lic. En Biología, Referente Ambiental del PROINDER. E-mail: gtito@sagyp.mecon.gov.ar

3 Ing. Agr., Referente de Comercialización del PSA. E-mail: ccatta@sagyp.mecon.gov.ar

1) Introducción

La producción de alimentos se encuadra en un contexto normativo que tiene por

objeto garantizar la calidad de los productos que llegan a los consumidores y proteger al

medio ambiente. No obstante, creemos que en ese marco no se han incorporado aún en

forma suficiente las especificidades propias de la producción que se realiza a pequeña escala,

cuyo objetivo principal es en muchos casos la provisión de alimentos para autoconsumo y

la venta de sus excedentes. Hay que reconocer, sin embargo, la existencia de algunos casos

interesantes de normativas a nivel municipal, e incluso provincial, que han avanzado en el

reconocimiento de esas características, tratando de adecuar sus contenidos a dichas

particularidades.

Las limitaciones que se plantean para los pequeños productores en esta temática

alcanzan diversa magnitud en función de los diferentes productos con los que se

pretende llegar al mercado. De allí que se haga necesario conocer más a fondo las

reglamentaciones existentes, sus ámbitos de aplicación (nacional, provincial, municipal), los

alcances y las restricciones que las mismas plantean y, a partir de aquí, proceder al análisis de

posibles alternativas para su superación.

El Programa Social Agropecuario ha financiando desde 1993 proyectos productivos

que incluyen la elaboración y procesamiento de alimentos. Estos han incluido muchas y

variadas capacitaciones en elaboración de encurtidos, conservas, dulces, vegetales, faenado

de animales, elaboración de leche y queso, etc, y el contenido de estos cursos ha contemplado

los aspectos higiénicos según normativas nacionales, provinciales y municipales.

Estimamos que las diversas actividades que se van a realizar en el marco del

Proyecto de Desarrollo de Pequeños Productores Agropecuarios (en adelante,

PROINDER) pueden contribuir a aportar algunos elementos para ir encontrándole soluciones

a esta problemática. Entre ellas, se destacan:

a) en el Componente de Apoyo a las Iniciativas Rurales (AIR), la materialización de los

Subproyectos de inversión y las actividades de los servicios de apoyo (principalmente,

capacitación y comercialización)

b) en el área del Fortalecimiento Institucional, la realización de consultorías sobre temas

específicos y las actividades conjuntas a desarrollar con los estados provinciales.

No obstante, tenemos que tener en cuenta que el PROINDER no financiará

subproyectos para invertir en bienes destinados al faenamiento de animales o para la

fabricación de alimentos artesanales cuando no se contemplen ni prevean las

especificaciones higiénicos sanitarias dictadas por los organismos competentes

(Direcciones de Bromatología de cada provincia, INAL, IASCAV, SENASA, Municipalidades,

etc.). Por otra parte, el criterio de elegibilidad “B” de los subproyectos a financiar establece que

los mismos son elegibles si aseguran la protección ambiental, atendiendo a las normas

de la legislación provincial y nacional vigentes, de forma de prevenir los impactos

negativos que algunos de los subproyectos (principalmente los de infraestructura y

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