TAREA 7 y 8
danieloteTarea26 de Noviembre de 2012
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TAREA 7 y 8
Los miembros de las instituciones encargadas de hacer cumplir la ley, tienen sobre sus hombros la complicada y muy delicada misión de garantizar la seguridad y mantener el orden. En términos generales, diríamos que las tres funciones principales de la acción policial son las siguientes: prevención y detección del delito, mantenimiento del orden público, prestación de asistencia a la población. Debido a lo complejo de su función el policía se ha visto inmerso en una seria de actos de violación de derechos humanos. En tal virtud las organizaciones de derechos humanos han reconocido la importancia de ese rol y han pasado de un enfoque basado en motivos de preocupación sobre casos de violaciones de derechos humanos relacionados con funcionarios del Estado a una colaboración con ellos cada vez mayor. Y para esto han creado normativas internacionales para regularizar su accionar, tal como son los principios fundamentales de derechos humanos relativos al uso de la fuerza y armas de fuego, los cuales son los siguientes:
Proporcionalidad. El uso de la fuerza debe ser proporcional al objetivo legítimo que se pretende conseguir y a la gravedad del delito. Tomando en cuenta los medios que puedan sustituir el empleo de la fuerza, como la solución pacífica de conflictos, el estudio del comportamiento de las multitudes y las técnicas de persuasión, negociación y mediación. Sólo se puede alcanzar la proporcionalidad si la policía tiene a su disposición equipos apropiados.
Legitimidad. El uso de la fuerza por la policía es legítimo cuando se ciñe a la legislación nacional y a las reglamentaciones policiales que, a su vez, deben respetar las normas internacionales de derechos humanos.
Necesidad. El uso de la fuerza debe ser una medida excepcional, esto implica que se deberá recurrir primero a medios no violentos, antes de emplear la fuerza y las armas de fuego.
Rendición de cuentas. Es necesario implantar en la cultura policial la presentación de informes y poner bajo el conocimiento de autoridades administrativas o judiciales y la ciudadanía para poder realizar una correcta revisión de procedimientos, resultados, incidentes, para de esta manera eliminar o denunciar el uso desproporcionado de la fuerza y de armas de fuego.
Para la ejecución de los principios fundamentales de derechos humanos relativos al uso de la fuerza y armas de fuego, se han regulado diferentes tipos de armas e implementos a fin del que funcionario encargado de hacer cumplir la ley pueda desempeñarse de una manera más profesional y cumpla con los conceptos y preceptos del derecho internacional humanitario. Entre los implementos y armas autorizadas para utilizar tenemos:
Esposas. Neutralizan el accionar violento del Infractor y evitan que este se autolesione y reducen la posibilidad de que el infractor agreda al efectivo policial y a terceras personas.
Aerosoles de pimienta. Se usa para neutralizar a un agresor que significa una amenaza o presenta resistencia, esta inmovilización es temporal ya que evita el uso de medios mas violento
Gas lacrimógeno. Es aquel que utilizamos para el control de manifestaciones y restablecimiento del orden público en situaciones de disturbios con el fin de evitar o contrarrestar la violencia colectiva cuando se considere una amenaza inminente. Es importante siempre controlar y limitar su uso.
Balas de goma y de plástico. Su fin es ocasionar dolor para así poder contrarrestar a un agresor que hace caso omiso a las órdenes del agente y que ha presentado resistencia a otros medios de control y que por encontrarse a una cierta distancia que limita el actuar policial. Debemos tomar en cuenta este mecanismo puede ser letal y ocasiona sufrimiento intolerable.
Empleo de perros. Son canes altamente adiestrados para seguir a un sospechoso en fuga y como medio de protección de un posible ataque, en algunos
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