Análisis de los datos recabados
lino1956Ensayo24 de Diciembre de 2016
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CAPÍTULO V
RESULTADOS
6.3 ANÁLISIS DE LOS DATOS RECABADOS
Tabla Nº 1
Cargo que ocupa en el poder Judicial y/o ministerio público
Fuente: encuesta realizada a los jueces y/o fiscales del Distrito Judicial de Huaura para la investigación Vacíos Legales que imposibilitan la sanción de los delitos informáticos en el Nuevo Código Penal Peruano 2015
Fecha. 20-04-2016
Análisis e interpretación
El 60% de los encuestados ejerce la función pública de en el Distritito Judicial de Huaura. El 40% ejerce la función de fiscal
Los fiscales tienen la responsabilidad, como parte representante del Estado de tipificar debidamente el delito que se comete, y de esa manera poder sustentar la acusación fiscal que el juez admita para seguir el proceso que lleve a sancionar estos delitos.
Los jueces, tienen la responsabilidad de dictar las sanciones convenientes para los delitos que se cometen contra lo público y privado, y para poder sustentar sus sentencias deben los delitos estar debidamente tipificados y determinados los límites delas condenas que se impondrán a los infractores de acuerdo a la gravedad del mismo.
Tabla Nº 2
Tiempo de ejercicio del cargo
Fuente: encuesta realizada a los jueces y/o fiscales del Distrito Judicial de Huaura para la investigación Vacíos Legales que imposibilitan la sanción de los delitos informáticos en el Nuevo Código Penal Peruano 2015
Fecha. 20-04-2016
Análisis e interpretación
El 40 % de los encuestados ejercen la función de juez y/o fiscal en el Distrito Judicial de Huaura entre 2-4 años, el 30% entre 0-2 años, el 20o/o entre 4-6 años y el 10% más de 6 años.
El tiempo de permanencia de los jueces y/o fiscales, lo determinan las autoridades superiores del Poder Judicial, de acuerdo a sus normativas internas ajustadas a las leyes generales del país.
Tabla Nº 3
Existencia de suficientes alcances en el NCPP para sancionar los delitos informáticos
Fuente: encuesta realizada a los jueces y/o fiscales del Distrito Judicial de Huaura para la investigación Vacíos Legales que imposibilitan la sanción de los delitos informáticos en el Nuevo Código Penal Peruano 2015
Fecha. 20-04-2016
Análisis e interpretación
El 100 % de los encuestados indican que no existen suficientes alcances en el Nuevo Código Procesal Penal para sancionar los delitos informáticos.
Nuestro Nuevo código Penal no considera los delitos que en la actualidad se realizan utilizando los medios informáticos, eso es debido a que el avance de la tecnología de la comunicación es vertiginoso, automáticamente cada año se producen grandes avances científicos en ese campo, y con ello la posibilidad que se utilice en forma más sofisticada, y en consecuencia los delitos considerados en Nuestro código Procesal Penal, no cubre toda la gama de delitos que se cometen en la actualidad.
Tabla Nº 4
Existencia en las leyes complementarias del NCPP de suficientes alcances para sancionar los delitos informáticos.
Fuente: encuesta realizada a los jueces y/o fiscales del Distrito Judicial de Huaura para la investigación Vacíos Legales que imposibilitan la sanción de los delitos informáticos en el Nuevo Código Penal Peruano 2015
Fecha. 20-04-2016
Análisis e interpretación
El 100% de los encuestados indica que no existen en las leyes complementarias del Nuevo Código procesal penal los alcances suficientes para sancionar los delitos informáticos.
En este aspecto se debe tener en cuenta que las leyes complementarias se desprenden del cuerpo general que contiene la ley principal, que en este caso es el Nuevo código procesal penal, y en ellas, al igual que en el NCPP se han tipificado los delitos informáticos en forma general, y la mayoría de los delitos que en la actualidad se cometen a través de los medios informáticos, no son considerados en las leyes complementarias o no se desprende de ellas sanciones específicas para ellas, pues en última instancia, a la luz de la interpretación de las leyes, son considerados como delitos de poca importancia.
Tabla Nº 5
Tipificación adecuada de tos delitos informáticos en el NCPP
Fuente: encuesta realizada a los jueces y/o fiscales del Distrito Judicial de Huaura para la investigación Vacíos Legales que imposibilitan la sanción de los delitos informáticos en el Nuevo Código Penal Peruano 2015
Fecha. 20-04-2016
Análisis e interpretación
El 100% de los encuestados indican que no están tipificados adecuadamente los delitos informáticos en el Nuevo Código Procesal Penal.
Como se ha considerado en el análisis anterior, el NCPP solo generaliza estos delitos y muchos de ellos no pueden ser incluidos dentro de esa generalización, puesto que al ser elaborado los delitos actuales no podían haber sido considerados, ya que no se conocía la magnitud de los mismos.
Tabla Nº 6
lnclusión de los nuevos delitos informáticos en la tipificación
del NCPP.
Fuente: encuesta realizada a los jueces y/o fiscales del Distrito Judicial de Huaura para la investigación Vacíos Legales que imposibilitan la sanción de los delitos informáticos en el Nuevo Código Penal Peruano 2015
Fecha. 20-04-2016
Análisis e interpretación
De los encuestados el 90% indica que no se pueden incluir los nuevos delitos informáticos dentro de la tipificación que se realiza en el Nuevo Código Procesal Penal, el 10% indica que si.
Dentro de los procesos penales, se pueden realizar muchas interpretaciones de las leyes por parte de los fiscales y de los jueces, pero en los casos que no están debidamente tipificados los procesos no proceden, porque los jueces no sabrían que penas aplicar a los delitos que se han cometido, y esa parece ser la apreciación de la mayoría de los encuestados.
Tabla Nº 7
Precisión y claridad de la ley No 30096 en la tipificación de los delitos informáticos
Fuente: encuesta realizada a los jueces y/o fiscales del Distrito Judicial de Huaura para la investigación Vacíos Legales que imposibilitan la sanción de los delitos informáticos en el Nuevo Código Penal Peruano 2015
Fecha. 20-04-2016
Análisis e interpretación
De acuerdo al 100% de los encuestados La ley No 30096 sobre delitos informáticos no es clara y precisa en su tipificación.
Estas respuestas concuerdan con las dadas en el cuadro Nº 04, puesto que esta es una de las leyes complementarias que se pueden considerar que no responden a los requerimientos de los delitos que se han generado a través del avance de los medios informáticos, es por ello que actualmente el NCPP está en revisión en el Congreso para ser adecuado a la realidad actual.
Tabla Nº 8
Existencia de Vacíos legales en la Ley No 30096.
Fuente: encuesta realizada a los jueces y/o fiscales del Distrito Judicial de Huaura para la investigación Vacíos Legales que imposibilitan la sanción de los delitos informáticos en el Nuevo Código Penal Peruano 2015
Fecha. 20-04-2016
Análisis e interpretación
El 100% de los encuestados considera que existen vacíos legales en la ley No 30096.
Al no haber una tipificación de acuerdo a la realidad de la delincuencia informática actual, es lógico que existan vacíos legales que impiden a los fiscales poder tipificar adecuadamente el delito cometido, y en consecuencia justificar su pedido de sanción
Tabla Nº 9
Consideración de los nuevos delitos informáticos en la Ley No 30096
Fuente: encuesta realizada a los jueces y/o fiscales del Distrito Judicial de Huaura para la investigación Vacíos Legales que imposibilitan la sanción de los delitos informáticos en el Nuevo Código Penal Peruano 2015
Fecha. 20-04-2016
Análisis e interpretación
El 100% de los encuestados indica que la ley No 30096 sobre delitos informáticos no considera las nuevas modalidades de delitos que se cometen en la actualidad.
La mayoría de los especialistas en Derecho, indican claramente que lamentablemente las leyes no van de la mano del avance del delito, o de las nuevas modalidades que los delincuentes crean precisamente para evadir las leyes, y que en el Congreso no se actualizan las leyes en forma constante, tal es aSí que existen leyes que incluso ya no se pueden aplicar, porque esas modalidades de delito ya no la aplican los delincuentes, sobre todo los cibernéticos, y es por ello que la justicia no esta a la par para luchar contra el delito, además de los procesos minuciosos que se exige para realizar la investigación fiscal, y seguir el juicio para dictar sentencia por parte del juez.
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