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Actividades Lectura: El proceso de formación de nuestra legislación penal


Enviado por   •  23 de Noviembre de 2015  •  Ensayos  •  1.078 Palabras (5 Páginas)  •  299 Visitas

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Lectura: El proceso de formación de nuestra legislación penal

Figueroa N., M.C. (2000). El proceso de formación de nuestra legislación penal. Anuario de Derecho penal y Ciencias Penales, 53, 327-342.

Accede al documento desde el aula virtual o a través de la siguiente dirección web:

http://portal.uclm.es/descargas/idp_docs/doctrinas/carmenfigueroa.pdf

Descripción:

Tras leer el artículo, debes responder a una serie de cuestiones. Por un lado, señala cuáles son los Códigos Penales españoles, las características de cada uno de ellos y cuál fue el contexto ideológico e histórico en el que fueron promulgados. Por otro lado, indica quiénes fueron los principales inspiradores, los principales redactores, los principales comentaristas, los principales ponentes, etc., de cada uno de los Códigos Penales.

Competencias generales

  • CG1. Capacidad de búsqueda, análisis y sistematización de la información.
  • CG2. Capacidad de aprendizaje autónomo y de adaptación a nuevas situaciones.
  • CG5. Capacidad para la crítica y la autocrítica.

Competencias específicas

  • CE8. Capacidad para identificar las estrategias de las políticas públicas que inciden en el ámbito de la criminología, y de conocer y aplicar las garantías de los derechos fundamentales y libertades públicas en el control y represión del delito y la desviación.
  • CE9. Ser capaz de identificar los principios en los que se sustentan los sistemas de justicia penal y juvenil, de ejecución de penas y medidas de seguridad, así como de la resolución alternativa de conflictos.
  • Extensión máxima: 5 páginas, fuente Georgia 11 e interlineado 1,5.

Antes de empezar a explicar la composición de los diferentes Códigos, pongámonos en el contexto histórico:

Los primeros Códigos Penales  franceses datan de los años 1791 y 1810. El primero es un texto revolucionario, el segundo es del Imperio. En ellos se recoge la idea de que el juez es ‘’la boca que pronuncia las palabras de la Ley’’ (Rousseau).

Estos textos recogen las características primordiales de la Ilustración: El liberalismo y humanitarismo que dulcifica y suprime algunas condenas.

D. Manuel de Roda (1708-1782), ministro ilustrado, realiza los primeros Proyectos de reforma penal. Se apoya en las ideas de la Toscana y el bávaro e intenta llevarlas a la práctica en nuestro Código Penal.

En 1776, junto el Consejo de Castilla, recopila las características penales del Antiguo Régimen, del que se vale D. Manuel de Lardizabal, seguidor de Beccaria y también ilustrado, (1744-1820) para elaborar su conocido ‘’Discurso’’ en 1782. Se exponen en él las ideas para el cambio centrándose principalmente en el aspecto correccional del castigo (antecedente de las ideas de Séneca) y en las casas de corrección en el ámbito penitenciario.

Este Discurso no origina ningún Código Penal pero el legislador de Cádiz y los Comisionados se valen de él para redactar el Código Penal de 1822.

Código Penal de 1822:

Promulgado el 9 de Julio de ése año y retrasando su vigencia hasta el 1 de Enero de 1823 tiene como máximo inspirador a D. José María de Calatrava y se basa en las ideas ilustradas de Bentham y Beccaria.

En la tarea legislativa aparecen nombres de ilustrados moderados como Martínez Marina y Florez Estrada.

Hay autores que afirman que no llegó a entrar en vigor pero otros, en cambio, sostienen que su aplicación fue ‘’breve, imperfecta y desigual’’ (Antón Oneca).

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