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Administracion Publica

3 de Abril de 2014

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¿Qué son empresas industriales y comerciales del Estado?

La Superintendencia de Industria y Comercio, especificó que las empresas industriales y comerciales del Estado, son entidades descentralizadas que forman parte de la rama ejecutiva y sólo pueden ser creadas por la ley o con autorización de ésta, con fundamento en los principios que orientan la actividad administrativa. La Constitución Política atribuye al legislador la potestad de configuración de la estructura de la administración nacional y, en especial, el establecimiento del régimen jurídico de las entidades descentralizadas. En ejercicio de esta facultad mediante la Ley 489 de 1998, se dispuso que las empresas industriales y comerciales del Estado tienen las siguientes características:

a) personería jurídica,

b) autonomía administrativa y financiera, y

c) capital independiente, constituido totalmente con bienes o fondos públicos comunes, los productos de ellos, o el rendimiento de tasas que perciban por las funciones o servicios, y contribuciones de destinación especial en los casos autorizados por la Constitución. Igualmente se estableció que estas empresas están sometidas a las reglas señaladas en la Constitución Política, en la citada ley, en las leyes que las crean y determinen su estructura orgánica y a sus estatutos internos, y que como integrantes de la Rama Ejecutiva del Poder Público, salvo disposición legal en contrario, gozan de los privilegios y prerrogativas que la Constitución Política y las leyes confieren a la Nación y a las entidades territoriales, según el caso.

¿Qué son sociedades de economías mixtas?

“Son de economía mixta las sociedades comerciales que se constituyen con aportes estatales y de capital privado. Las sociedades de economía mixta se sujetan a las reglas del derecho privado y a la jurisdicción ordinaria, salvo disposición legal en contrario” (Art. 461 del Código de Comercio).

Constitución: “Legalmente las sociedades de economía mixta se rigen por la reglas de derecho privado, son sociedades de comercio sujetas al derecho mercantil, con las limitaciones expresas que la Constitución y la ley establezcan. Pueden constituirse bajo cualesquiera de las formas de sociedad previstas en el Código de Comercio, colectivas, en comandita simples o por acciones, de responsabilidad limitada o anónimas, ya que la ley colombiana no señala ninguna en especial.

Esta última forma, que algunas legislaciones extranjeras encuentran como única aceptable es la que mejor permite desarrollar el objetivo social.

Dos actos jurídicos requiere la constitución de una sociedad de economía mixta: la ley que la crea o autoriza y el contrato de sociedad.

No basta la creación legal o la autorización que se haga para que la sociedad quede constituida; es preciso el posterior acuerdo con los particulares y la solemnización del contrato, en términos del Código de Comercio, para dar nacimiento a la nueva persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados.”

¿Qué son entidades de régimen o carácter especial?

Son todas aquellas que "de manera permanente tienen a su cago el ejercicio de las actividades y funciones administrativas o la prestación de servicios públicos del Estado", como lo expresa el art. 39 de la Ley 489 de 1998, y que no corresponda a las otras ramas del poder público, a la organización electoral o a los órganos autónomos e independientes de control, que la Constitución Política identifica en el capítulo 1 del título v, que trata de la "Estructura del Estado". Ej. Banco de la República, La Comisión Nacional de Televisión, La Comisión Nacional del Servicio Civil, Las CAR los entes universitarios autónomos y las Empresas Sociales del Estado - ESE (art. 83 Ley 489 de 1998).

¿Cuáles son las entidades territoriales?

Se entiende como una entidad territorial las personas jurídicas, de derecho público, que componen la división político-administrativa del Estado, gozando de autonomía en la gestión de sus intereses. Son entidades territoriales los departamentos, municipios, distritos y los territorios indígenas y eventualmente, las regiones y provincias.

¿Qué es la Contraloría general de la República?

La Contraloría General de la República (CGR) es el máximo órgano de control fiscal del Estado. Como tal, tiene la misión de procurar el buen uso de los recursos y bienes públicos y contribuir a la modernización del Estado, mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades públicas.

La Constitución Política de 1991, en su artículo 267, establece que: "El control fiscal es una función pública que ejercerá la Contraloría General de la República, la cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos o bienes de la Nación".

En la Carta Política, el control fiscal a la gestión pública pasó de ser previo y perceptivo, a posterior y selectivo. No obstante, el nuevo enfoque del control permite la aplicación de un control de advertencia o de prevención, para que el administrador público conozca en tiempo real las inconsistencias detectadas por la Contraloría y, mediante la aplicación de un control de corrección, proceda a subsanarlas, con lo cual lograremos entidades más eficientes y eficaces, cumpliendo con el fin último del control que es el mejoramiento continuo de las entidades públicas.

¿Qué entidades pertenecen al ministerio publico?

El Ministerio Público de la República de Colombia fue concebido y creado como unidad gubernamental bajo el imperativo de la Constitución Política Nacional de 1830 el 29 de abril, y se considera que estos organismos de control conforman el denominado Ministerio Público, lo conforman los siguientes entes: Procuraduría General De La Nación, Defensoría del Pueblo y las personerías municipales.

¿Qué es la Hacienda pública?

Cuando se habla de hacienda pública, el concepto se puede definir desde tres puntos de vista diferentes:

El primero la define como los recursos disponibles por parte del Estado y las entidades públicas para el cumplimiento de sus actividades y proyectos. El segundo como el conjunto de entidades públicas que tienen encomendado gestionar los ingresos que recibe el Estado. El tercero, que corresponde al más común de todos, como la disciplina que se encarga del estudio de los objetivos del sector público y la forma como se pueden lograr éstos con unos recursos limitados.

Analizando un poco más el tercer punto de vista, vemos que, para lograr sus objetivos, las entidades públicas deben realizar tres actividades fundamentales: obtención de ingresos y otros recursos, ejecución y control de los gastos e inversiones y, finalmente, elaboración y posterior control del presupuesto necesario para realizar las actividades propuestas.

En general, el estudio que lleva a cabo la disciplina de la hacienda pública busca lograr tres objetivos fundamentales: la redistribución para dar un mayor bienestar a la población por medio de una distribución mas equitativa de los recursos, la estabilidad y, por último, el desarrollo de la economía, objetivos que, si se cumplen, permiten el buen desempeño presente y futuro del país.

¿Qué es plan operativo de inversiones?

Es una herramienta de planificación anual que contiene el conjunto de proyectos que se ejecutarán en una vigencia determinada. Cada proyecto, dentro del POAI, relaciona las metas, productos, actividades e impactos esperados.

Adicionalmente, define para cada proyecto, los recursos teniendo en cuenta el origen de las fuentes de financiación. Este plan, guarda concordancia con el Plan Plurianual de Inversiones

¿Qué es el situado fiscal?

El situado fiscal establecido en el artículo 356 de la Constitución Política, es el porcentaje de los ingresos corrientes de la Nación que será cedido a los departamentos, el Distrito Capital y los distritos especiales de Cartagena y Santa Marta, para la atención de los servicios públicos de educación y salud de la población y de conformidad con lo dispuesto en los artículo 49, 67 y 365 de la Constitución Política. El situado fiscal será administrado bajo responsabilidad de los departamentos y distritos de conformidad con la Constitución Política.

¿Que son los impuestos?

Los impuestos son los pagos o prestaciones que se pagan al Estado de acuerdo a la ley, con el objetivo de satisfacer las necesidades comunes de todos los ciudadanos, como infraestructura, salud, educación, seguridad, etc.

Los tipos de impuestos que existen son los siguientes:

• Directos: Son todos aquellos impuestos que gravan o afectan directamente lo que se recibe como ingreso.

• Indirectos: Son todos aquellos impuestos que gravan o afectan a lo que se consume o se gasta, como el IVA.

¿Qué es un derecho de petición?

El derecho de petición es un derecho que la Constitución nacional en su artículo 23 ha concedido a los ciudadanos para que estos puedan presentar peticiones a las autoridades, para que se les suministre información sobre situaciones de interés general y/o particular.

Textualmente el artículo 23 de la constitución nacional contempla:

“Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales”.

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