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Administración Publica


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2013  •  1.076 Palabras (5 Páginas)  •  283 Visitas

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LOS ESTADOS SON ENTIDADES AUTONOMAS, CON PERSONALIDAD JURUDICA PLENA, OBLIGADAS A MANTENER LA INDEPENDENCIA, SOBERANIA E INTEGRIDAD NACIONAL Y A CUMPLIR LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA, ESTA AUTONOMIA POLITICA, ADMINISTRATIVA, JURÍDICA.

Descentralización, Administración Descentralizada: Se origina esta descentralización por la Constitución que según la cual Venezuela es un País Federal descentralizado que significa que la estructura política del País de sus poderes se organizan en base a las potestades públicas que donde hay reparto de competencias (porque existen órdenes gubernamentales distintas y que sus competencias están dadas por la misma Constitución).

Descentralización Administrativa: Es una forma de organización administrativa en donde la totalidad de las tareas administrativas que deben llevarse a cabo en un Territorio Nacional, son ejercida por órdenes gubernativas que coexisten pacifica y armónicamente.

Características:

1) Autonomía para gestionar sus asuntos.

2) La asignación constitucional de competencias específicas dentro de las cuales tiene libre gestión.

3) Elección de sus autoridades.

Bondades de la Descentralización Administrativa.

1) Prontitud en la repuesta a las solicitudes.

2) La Administración conoce su situación real.

3) Contacto directo con la dinámica de trabajo para garantizar la eficiencia y celeridad.

4) Evaluación de los gobernantes mediante el voto.

La Descentralización Administrativa puede ser de 2 formas.

Descentralización Territorial y Descentralización Funcional

Descentralización Primaria y Primigenia:

Esta es la primera Descentralización y a través de ella se puede atribuir más funciones.

Art. 164 C.R.B.V.

Reparto de Competencia: Es la forma como en un Estado Federal distribuyen las tareas.

Hay distintas formas de hacer ese reparto:

1) Señalar de materia expresa todo le compete a los Estados.

2) Agotar el señalamiento de las atribuciones del Poder Nacional y lo no señalado dejarlo a los Estados.

3) Señalar todas las materias que corresponden a los Estados y lo no señalado dejaría al criterio del Poder Nacional.

En Venezuela nos acogemos al segundo criterio para el reparto de competencias.

Art. 164, Ord. 11 C.R.B.V.

Art. 156 C.R.B.V.

Los Estados administrarán los bienes siempre y cuando dicha administración no esté adjudicada al Poder Nacional, por ejemplo Art. 156, Ord. 16 C.R.B.V.

Art. 167 C.R.B.V. ( se establece los ingresos de los Estados.

Art. 167, Ord. 4 ( la fuente de ingreso más importante, el situado constitucional.

El Servicio de la Policía es lo que se llama en la Administración Pública competencia concurrente porque concurren tanto la Nación, como los Estados y los Municipios en pro de la Seguridad Ciudadana.

Art. 165 C.R.B.V. ( habla de competencias concurrentes establecidas para los tres niveles (Nación – Estado – Municipio), por ejemplo: en materia de Educación, de Salud, Etc.

Lo importante de esto es que es un acuerdo - convenio, pero para que se de ese convenio la Nación transfiere la competencia a través de una Ley de Base creada por medio de la Asamblea Nacional y el Estado acepta a través de una Ley de Desarrollo creada por medio del Consejo Legislativo Estadal.

Art. 159 C.R.B.V. ( Autonomía de los Estados.

Los Estados son iguales en lo político porque siempre se va a tener la misma estructura y organización de poderes.

Los Estado tiene personalidad jurídica plena porque son capaces de tener derechos y contraer obligaciones, son

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