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Administrativo


Enviado por   •  29 de Abril de 2015  •  586 Palabras (3 Páginas)  •  114 Visitas

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(i) Varias intervenciones afirman que dado que la regulación del funcionamiento de las CAR es competencia expresa del Congreso, no le es posible al Gobierno legislar sobre esa materia en un Decreto como el aquí examinado. Pagina 27

Jurídicamente, se tiene que la estructura, funciones y jurisdicción de las CAR se encuentran consagradas en normas de rango legal. El tema de la estructura administrativa y funciones, específicamente, se encuentra en los artículos 24 a 32 de la Ley, lo mismo que las funciones de los grandes centros urbanos. De hecho, el funcionamiento de las CAR corresponde, por mandato constitucional, al Congreso, luego las medidas de fortalecimiento institucional para afrontar la crisis requerían necesariamente la expedición de un Decreto Legislativo.

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Después de reiterar que ante la urgencia de coordinar la respuesta de las CAR, es necesario adoptar las medidas de coordinación de manera inmediata a través de un Decreto Legislativo,

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Se ha presentado lo que esta Corporación ha denominado “una inconstitucionalidad por consecuencia,” que significa que la declaración de inexequibilidad del Decreto que declaró el estado de excepción produce, como efecto necesario, la inconstitucionalidad de los Decretos Legislativos que lo desarrollan. La Corte Constitucional ha señalado que esta figura consiste “en que la declaración de inexequibilidad del decreto declaratorio del estado de excepción produce, como efecto obligado, la inexequibilidad de los decretos legislativos que lo desarrollan. Se trata del decaimiento de los decretos posteriores a raíz de la desaparición sobreviniente de la norma que permitía al Jefe del Estado asumir y ejercer las atribuciones extraordinarias previstas en la Constitución. Cuando tal situación se presenta, la Corte Constitucional no puede entrar en el análisis de forma y fondo de cada uno de los decretos legislativos expedidos, pues todos carecen de causa jurídica y son inconstitucionales” .

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De manera enfática el constituyente de 1991, tanto en el texto mismo de la Carta como en los debates que llevaron a ella, indicó que se debía superar el uso habitual de los estados de excepción en el que se había caído bajo la vigencia de la Constitución de 1886, puesto que ello representaba una muestra exacerbada del presidencialismo que desarticulaba la separación de poderes y negaba la importancia que debía tener el Congreso de la República como máxima expresión del foro democrático de la Nación.

Sentenci c 216 de 211

En materia de estados de excepción, si bien la Carta Política le confiere al Presidente de la República poderes extraordinarios, no revisten un grado absoluto al encontrarse

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