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Agua Potable


Enviado por   •  6 de Mayo de 2014  •  1.435 Palabras (6 Páginas)  •  199 Visitas

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Exigencias según RIDAA para los Sistema de Elevación de Aguas:

a. En las edificaciones en que, por su condición topográfica o de diseño, la presión informada por el prestatario en el correspondiente Certificado de Factibilidad, no garantice un adecuado y permanente abastecimiento de agua potable desde la red pública, deberá proyectarse y construirse un sistema de elevación de agua.

b. Los equipos de bombeo se surtirán desde un depósito especial o estanque de acumulación, no pudiendo hacerlo desde la red pública bajo ninguna circunstancia.

c. Toda sala de bombas deberá situarse en sitios construidos en forma aislada a la estructura del edificio, con el fin de evitar la transmisión de vibraciones.

d. Las salas de bombas deberán tener una altura mínimo de 2 metros, contar con elementos de iluminación y a lo menos y enchufe de 220 volt con tapa.

e. Los equipos de elevación deberán cumplir con los siguientes requisitos:

 Toda instalación de equipos de bombeo deberá considerar a lo menos un equipo de reserva de capacidad igual al mayor de los equipos básicos.

 Los equipos de bombeo deberán suministrar un caudal equivalente al de diseño, a la presión mínima requerida por el sistema.

 Las uniones de la bomba a las tuberías de succión e impulsión deberán ser del tipo normalizado que permitan fácil conexión y desconexión.

 Cada motobomba deberá contar con válvulas de corta, tanto en la succión como en la impulsión.

 En la tubería de impulsión general, previo a la salida de la sala de bombas, deberá instalarse una válvula de corta antes de ella, una válvula que permita el desague de la impulsión.

 Las tuberías de impulsión no podrán estar directamente adheridas a la estructura del edificio, debiendo ser fijadas con elementos metálicos que incluyan aislantes de vibraciones, especialmente en los tramos finales o en los cambios de dirección.

 Toda aspiración que trabaje con carga negativa deberá contar con una válvula de retención en su extremo inferior, o con un sistema que permita su cebado.

 Cada equipo de bombeo será alimentado con energía directamente del tablero de control, con circuitos protegidos contra sobrecargas y corto circuitos.

 Para la operación del sistema, se dispondrán de controles automáticos para garantizar el funcionamiento alternativo de las unidades de bombeo, incluyendo el equipo de reserva.

 Deberá disponerse de controles que detengan las bombas al estar el nivel de agua a 0.10 metros sobre el nivel del chupador.

 Para que el suministro se realice a una presión estable, la presión de detención del sistema tendrá una variación máxima con relación a la presión de partida 12 m.c.a.

 La presión máxima del sistema deberá ser tal que no exceda la máxima aceptable para cualquier artefacto.

 En los planos deberá indicarse claramente las presiones de partida y detención de cada una de las bombas.

 Las características, tipo, detalles y disposición total de la instalación y sus obras complementarias, deberán quedar claramente establecidos en los planos.

 El contratista deberá entregar al propietario un manual con instrucciones de operación, control y seguridad del sistema de elevación de aguas.

T I T U L O VI

 Sistemas de Elevación de Aguas

 Artículo 80º: En las edificaciones en que, por su condición topográfica o de diseño, la presión informada por

 el prestador en el correspondiente Certificado de Factibilidad no garantice un adecuado y permanente

 abastecimiento de agua potable desde la red pública a todos los pisos, deberá proyectarse y construirse un

 sistema de elevación de agua. Excepcionalmente, en aquellos casos en que exista presión suficiente en la

 red de distribución, el peticionario podrá diferir la construcción de dicho sistema de elevación, el que en todo

 caso deberá quedar diseñado en el proyecto correspondiente para su construcción cuando sea necesario.

 Artículo 81º: Los equipos de bombeo se surtirán desde un depósito especial o estanque de acumulación sin

 presión, no pudiendo hacerlo directamente desde la red pública, ni permitiéndose el uso de una tubería de

 derivación (by pass).

 Artículo 82º: Toda sala de bombas deberá situarse en sitios construidos en forma aislada a la estructura del

 edificio, con el fin de evitar la transmisión de vibraciones o ruidos a los usuarios y a una distancia tal, que

 los generados no sean molestos, acogiéndose a la norma oficial para estos efectos. En especial no deberá

 estar inmediata a cajas de escalas, ascensores, ventanas o shaft.

 La altura de la sala de bombas deberá ser a lo menos de dos metros, medidos desde el nivel de piso

 terminado hasta el cielo, y el espacio libre alrededor de las bombas y equipos adyacentes garantizará una

 fácil remoción o reparación de ellos, con un mínimo de 0,25 metros.

 Todos sus paramentos internos serán lisos a impermeables. Su piso tendrá una pendiente mínima de un

 1% hacia canaletas recolectoras de desagües o filtraciones, las que descargarán a pozos absorbentes o a

 pozos acumuladores provistos con bomba sentina, ambos diseñados de acuerdo con las descargas

 máximas que recibirán.

 El acceso

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