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Analisis Art 39 Loap


Enviado por   •  2 de Agosto de 2014  •  692 Palabras (3 Páginas)  •  361 Visitas

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Análisis de la Jurisprudencia de la Sala Constitucional del Magistrado Ponente José M. Delgado Ocando (Expediente 00-2897 Sentencia 112 de fecha 06-02-2001) Vs Articulo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Publica.-

Antes comenzar el analizar la Jurisprudencia con el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Publica, que trata de la Encomienda Convenida, debemos tener en cuenta que es la encomienda de Gestión.

Ahora bien, entendemos que, representa una técnica del Derecho Administrativo, que consiste en la asignación, total o parcialmente, para la realización de actividades de carácter material o técnico por parte de los órganos de adscripción en la Administración Pública Nacional, de los Estados, de los Distritos Metropolitanos y de los Municipios, a sus respectivos entes descentralizados funcionalmente, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos para su desempeño, de conformidad con las formalidades que determinen la Ley Orgánica de la Administración Pública (LOAP) y su reglamento. El órgano encomendante conservará los aspectos jurídicos de tal potestad, dejando al órgano encomendado la realización de las actividades de carácter físico, material o técnico correspondientes.

Análisis de la Jurisprudencia de la Sala Constitucional del Magistrado Ponente José M. Delgado Ocando (Expediente 00-2897 Sentencia 112 de fecha 06-02-2001)

Acción de Amparo Constitucional autónoma, con fundamento en el artículo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 1, 2 y 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, contra doscientos ochenta y seis (286) procedimientos administrativos emanados del Director General Sectorial de Transporte Aéreo del Ministerio de Infraestructura.

En la presente acción de amparo la Sala señalo lo siguiente:

“A este respecto debe tener en cuenta esta Sala, por lo que más adelante se determina, que la delegación es una técnica organizativa mediante la cual un órgano con un ámbito competencial determinado, desvía algunas de sus atribuciones, ya sea a un órgano de inferior jerarquía o bien al funcionario que ostente la titularidad del dicho órgano; en este segundo supuesto, como es de suponer, la cesación en el cargo aparejaría el fin de la autorización. Esta técnica responde principalmente a criterios de eficiencia y especialización en la gestión de las potestades públicas, lo que ha hecho de frecuente utilización por la administración pública venezolana. Particularmente la encontramos en los actos mediante los cuales son designados los funcionarios de mayor jerarquía de los entes públicos, en los cuales se incluyen, por esta vía, una larga lista de atribuciones, las que en caso de sustitución del titular del cargo, vuelven a repetirse en el nuevo nombramiento sin cambio alguno”.

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