Analisis Ecocnomico De Derecho Penal
gustavomengo5 de Diciembre de 2013
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HACIA UNA EFICIENTE JUSTICIA PENAL A TRAVES DE LAS SANCIONES MONETARIAS
México vive actualmente una de las peores crisis en su historia en términos de violencia y seguridad. Los niveles de violencia en el país son extremadamente altos, con cifras alarmantes e inéditas como las de más de 22,700 personas ejecutadas de diciembre de 2006 a enero de 2010, cifras oficiales del gobierno mexicano con lo cual se ha convertido en el país más peligroso en el mundo.
Es claro que los niveles de violencia y la crisis de seguridad actual están directamente relacionadas con el fortalecimiento del crimen organizado, caracterizado en particular por el narcotráfico, lo que ha derivado en una lucha sangrienta ante la diversificación y divisiones al interior de los principales carteles de la droga presentes en el país, lo que ha implicado una lucha sangrienta por el control de plazas claves para las rutas del trafico. Siendo las ciudades fronterizas las que han sido las más afectadas principalmente Ciudad Juárez que con 191 muertos por cada 100,000 habitantes se ha convertido en la ciudad más violenta del mundo, sin embargo la violencia no ha sido exclusiva de los estados del norte, estado del centro del país de igual manera han experimentado una violencia sin precedentes. Como respuesta el actual presidente de México ha desplegado una guerra en contra del crimen organizado, principalmente a través de dos elementos: fortalecimiento de las fuerzas armadas así como reformas en el marco legal.
Reformas legales que en el presente será motivo de análisis en particular aquella que no se ha abordado y que sería básica para atacar el problema de raíz y de forma frontal, refiriéndonos al delito de posesión de enervantes contemplado en el artículo 195-bis del Código Penal Federal, análisis económico que no se ha llevado a cabo por los órganos legislativos encargados de dicha tarea que al no realizar el análisis costo beneficio de lo que implica la imposición de cualquier tipo de pena corporal en delitos menores provoca más resultados negativos que posibles beneficios.
En este contexto y detrás de la crisis de seguridad y violencia en México está claramente el rubro de drogas, el país se encuentra en una situación de alta complejidad respecto a este tema simplemente por estar debajo de Estados Unidos, el país de mayor consumo de drogas ilícitas en el mundo y en una de las rutas de paso privilegiadas de cocaína provenientes principalmente de Colombia. La situación se vuelve más compleja por el hecho de que México es a su vez un país productor de droga, produciendo gran parte de la heroína que se distribuye en Estados Unidos, siendo el principal productor y suministrador extranjero de marihuana en el mercado estadounidense y el segundo productor de marihuana en el mundo.
Aunado a ello y esta es la base del presente trabajo en México se ha incrementado progresivamente el problema de consumo y adicción entre la población, aumentando el consumo de metanfetaminas y el cristal en 6 veces más personas con estas tendencias que hace 5 años.
México tiene una ley de Seguridad Nacional que fue aprobada en el 2005 durante el sexenio de Vicente Fox. Recientemente se tuvo un debate agudo en torno a las reformas a esta ley, propuestas por el actual presidente y por su secretario de Defensa, que pretenden darle un marco legal a la intervención de las fuerzas armadas en el combate al crimen organizado, el Ejecutivo propone regular la participación del Ejercito, la Marina y la Fuerza Aérea en el combate contra el crimen organizado cuando sus ataques afecten a la seguridad nacional, la cual se define como las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano, es decir, regularía su presencia en las calles con la creación del concepto de declaratoria de existencia de una afectación a la seguridad interior cuando se registre “sublevación o el trastorno interior en una entidad federativa; agresiones directas a las instancias o a los integrantes del Consejo; actos que pongan en peligro el orden, la paz o la
seguridad pública de un municipio, entidad federativa o región y cuando la capacidad de las instituciones competentes para ejercer sus funciones sea insuficiente o ineficaz”, dichas reformas no fueron aprobadas al tornarse un debate sin avance respecto de las mismas y ante el peligro de eternizar la presencia militar en el combate al narcotráfico.
La estrategia en México se vincula de igual manera a una estrategia global, como ya se ha señalado, las políticas hacia las drogas y la legislación que regula los delitos vinculados con ellas en México son congruentes con el paradigma prohibicionista y punitivo que ha predominado a nivel mundial desde inicios del siglo XX y que se ve con claridad en las tres convenciones internacionales sobre drogas, todas firmadas y ratificadas por México.
ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DEL SISTEMA DE CONTROL
A diferencia de lo que puede existir en otros países, México no cuenta actualmente con una unidad, secretaría o instancia dedicada a conducir la estrategia de combate a las drogas en el país, la estrategia se encuentra dividida en dos grandes partes la de seguridad y defensa distribuida en varias secretarías y la de salud la cual recae precisamente en la otrora llamada Secretaría de Salud, otro problema que presenta el país es que el mismo radica sobre un sistema federal, dividido en 32 entidades federativas.
En términos de la estrategia de seguridad y defensa, ésta se lleva a cabo por cuatro instancias principales Secretaría de Seguridad Pública, de Defensa Nacional, de Marina y la Procuraduría General de la Republica, las cuatro dependientes del Poder Ejecutivo Federal distribución que no ha dejado de ser problemática y criticada. A nivel de estrategia de seguridad, sobresale que en los esfuerzos para coordinar las políticas de seguridad y defensa, no exista en la actualidad, en el gobierno mexicano, una unidad administrativa que desarrolle una visión de conjunto de los factores internos y externos, en estrategias, instituciones y leyes de la totalidad de las estructuras del gobierno.
La distribución de competencias y tareas entre la Secretaría de Seguridad Pública y la Procuraduría General de la República también tiene sus complejidades, reflejado en parte en las fuerzas policiales del país, lo anterior toda vez que existen dos policías en el país: la policía preventiva, encargada de mantener el orden público y prevenir el crimen a través de una presencia pública visible la cual depende de la Secretaría de Seguridad Pública y la policía ministerial, responsable de investigar subordinada al Ministerio Público ambos dependientes de la Procuraduría General de la República esta división existe tanto en nivel federal como en el estatal, mientras que en el nivel municipal solo cuenta con la policía preventiva.
En términos de números México cuenta con un poco más de 423,000 policías de todos tipos, con 2,020 corporaciones policiacas, el 90% de estos efectivos pertenecen a corporaciones preventivas, lo que resulta en tan solo 42,000 policías ministeriales para investigar un aproximado de 1.7 millones de delitos denunciados en el país.
En este contexto y para poder comprender la relación entre la legislación de drogas y la situación carcelaria es importante comprender a grandes rasgos cómo funciona el sistema que implementa y hace cumplir dicha legislación, al momento de recibirse una denuncia el Ministerio Público inicia una averiguación previa, derivando en una investigación por parte de la policía ministerial y en el momento que consideran contar con elementos suficientes se solicita una orden de aprehensión al órgano judicial competente; diferente es el caso en el supuesto de existir flagrancia ya que en este caso se puede detener al infractor sin mediar orden de aprehensión.
Una vez detenida la persona, se pone a disposición del Ministerio Público quien cuenta con un plazo de 48 horas para determinar si libera o consigna al infractor, en el caso de ser consignada, inicia el periodo de pre instrucción donde el juez en un término de 72 horas determinara la situación jurídica del presunto, finalizado dicho termino el Juez le dicta el auto de libertad o el de formal prisión, en caso de dictarse este último la persona se encuentra en calidad de procesado y dicho proceso lo tendrá que pasar al interior de una prisión.
Este es el proceso judicial al que debe someterse a aquellas personas que son consignadas por el delito de posesión drogas con finalidad de venta, figura jurídica o delito que como ya señalamos líneas arriba se encuentra obsoleta, desde un punto de vista económico, tanto en su sanción como en la cantidades prevista, y en las lagunas que se crean al dejar espacios para poder considerar a una persona toxicómano al que posea cierta cantidad que pueda presumirse para su consumo personal, lo grave del tema es por los dos lados, la sociedad no recibe lo que solicita y el presunto responsable tampoco.
Si la sociedad exige castigo para aquellos que violen las normas y presenten un peligro para su seguridad y para esto están dispuestos a contribuir en base a impuestos con el pago de salarios, mantenimiento de centros carcelarios y posterior manutención de los internos en dichos centros de readaptación, gastos que si se analizan a detalle representan una cantidad enorme de recursos humanos y materiales invertidos y que finalmente no llevan a un resultado eficiente al ser puesto en libertad el presunto culpable en un término no mayor de 5 días desde el momento de su detención y todavía aun peor sin lograr una readaptación ni posible reinserción de la persona en plazos tan cortos
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