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Análisis De Un País De América Latina


Enviado por   •  11 de Diciembre de 2013  •  3.768 Palabras (16 Páginas)  •  368 Visitas

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Evidencia de aprendizaje. Análisis de un país de América Latina

El país que elegido es Chile ya que posee una de las económicas más dinámicas del mundo.

Introducción:

Chile es un país de América, ubicado en el extremo sudoeste de América del Sur. Su nombre oficial es República de Chile y su capital es la ciudad de Santiago. Chile es considerado un país de ingreso alto y en vías de desarrollo. Sus más de 16 millones de habitantes promedian índices de calidad de vida, crecimiento económico, desarrollo humano, globalización y PIB per cápita que se encuentran entre los más altos de América Latina.

Chile se describe normalmente constituido por tres zonas. La primera de ellas, conocida como Chile continental, comprende una larga y estrecha franja de tierra en la costa occidental del Cono Sur que se extiende a lo largo de 4270 km, mayormente desde la ribera sudoriental del océano Pacífico hasta la cordillera de los Andes, entre los paralelos 17°29'57" S y 56°32' S. Alcanza un ancho máximo de 445 km en los 52°21' S, a la altura del estrecho de Magallanes, y un ancho mínimo de 90 km en los 31°37' S, entre Punta Amolanas y Paso de la Casa de Piedra. Limita al norte con Perú, al noreste con Bolivia, al este con Argentina, totalizando 6339 km de fronteras terrestres, y al sur con el paso Drake. La segunda, denominada Chile insular, corresponde a un conjunto de islas de origen volcánico en el océano Pacífico Sur: el archipiélago de Juan Fernández y las islas Desventuradas, pertenecientes a Sudamérica, la isla Salas y Gómez y la isla de Pascua, geográficamente ubicadas en la Polinesia. La tercera, llamada Territorio Chileno Antártico, es una zona de la Antártica o Antártida de 1 250 257,6 km² entre los meridianos 53° W y 90° W sobre la cual Chile reclama soberanía, prolongando su límite meridional hasta el Polo Sur. Esta reclamación está congelada según lo estipulado por el Tratado Antártico, del que Chile es signatario, sin que su firma constituya una renuncia. Debido a su presencia en América, Oceanía y la Antártica, Chile se define a sí mismo como un país tricontinental.

Bandera Escudo

Actualmente la economía chilena ostenta índices remarcables en cuanto a competitividad, libertad económica, desarrollo financiero, crecimiento económico y se consagra como una de las económicas más dinámicas del mundo. Además, tiene la calificación de la deuda externa más favorable del continente.

Sustentabilidad económica, social y ambiental:

La sustentabilidad en Chile recae en el Consejo de Desarrollo Sustentable de Chile, la cual es la instancia de participación ciudadana institucional más amplia y representativa que existe en el país, que data del año 1998 por DS N° 90 en cumplimiento de los acuerdos suscritos por el estado de Chile en la Conferencia de Naciones Unidas, denominada Cumbre de la Tierra, Río de Janeiro, 1992. Su principal activo está en su capacidad de generar opiniones, informes y propuestas construidos sobre la base de acuerdos de altos niveles de consensos institucionales, sociales, políticos y ambientales, lo que permite ser un referente fundamental para consolidar un modelo de Desarrollo Sostenible para el país, fundado en una sólida institucionalización a partir del aporte de la ciudadanía organizada con el objetivo de alcanzar altos grados de legitimación social de las políticas públicas.

En Chile, el círculo virtuoso del desarrollo sustentable es visto como una excepción que se da en algunas empresas exportadoras multinacionales y en algunas de las grandes empresas exportadoras locales. Sin embargo, la globalización y exportación de productos chilenos a mercados más exigentes está obligando a las industrias a introducir aspectos sociales y ambientales en sus políticas, así como a incorporar tecnologías para ser más eficientes y competitivas en el mercado internacional. Junto con esto, existe una creciente demanda interna de la población por mejorar su calidad de vida y por consumir productos y servicios que sean respetuosos del medio ambiente, al mismo tiempo que crece la producción. Esta demanda está dirigida principalmente al sector privado a través del mercado y al Estado mediante las políticas públicas, donde aun se aprecian diferencias de interpretación del concepto de desarrollo sustentable, principalmente entre aquellos que aseguran que “primero el crecimiento económico, después el medio ambiente” y los que opinan que el crecimiento como objetivo incuestionable de la política de desarrollo económico es una condición necesaria pero no suficiente para mejorar la calidad de vida y el bienestar de las personas.

Políticas e instituciones ambientales:

En Chile, la preocupación por el tema ambiental no es reciente. Desde el punto de vista jurídico, a principios del siglo pasado ya se dictaron normas que, de una u otra forma, tuvieron por objeto regular aspectos específicos de la actividad humana, en cuanto ésta tiene incidencia ambiental. Ya en 1916 se dictó la Ley sobre la Neutralización de los Residuos Provenientes de Establecimientos Industriales (Ley 3.133, artículo 10, Diario Oficial 07/09/1916) y D.S. Nº 351/92 del Ministerio de Obras Públicas. Aprueba Reglamento para la Neutralización y Depuración de los Residuos Líquidos Industriales a que se Refiere la Ley Nº 3.133, D.S. Nº 351/92, del Ministerio de Obras Públicas. Posteriormente la Ley 19.821 de 2002 : deroga la Ley 3.133 y Modifica a Ley 18.902, en materia de Residuos Industriales Líquidos (Diario Oficial, 24 de Agosto de 2002).

Las regulaciones ambientales en Chile se encuentran contenidas en los siguientes tipos de instrumentos normativos:

• Constitución Política: Ley fundamental de un Estado que define el régimen básico de los derechos y libertades de los ciudadanos y los poderes e instituciones de la organización política.

• Ley: Es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite.

• Decreto: Es la orden escrita que dicta el Presidente de la República o un Ministro por orden del Presidente de la República, sobre asuntos propios de su competencia (Ley 19.880).

• Resolución: Son los actos de análoga naturaleza que dictan las autoridades administrativas

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