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Aplicación Del Calculo En La Ingeniería Industrial

Pomares269 de Mayo de 2013

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INTRODUCCIÓN

La presente cartilla busca dar una visión global de todo lo referente a salud y seguridad en el trabajo.

Se inicia desde la definición de accidente de trabajo y luego pasando a definir una serie de términos utilizados en la jerga del tema descrito.

En otro aparte se describirá lo concerniente a los tipos de peligro que se puede enfrentar un trabajador y las causas y consecuencias que le pueden provocar para tal fin se describirá una matriz de riesgo, la cual debe ser sociabilizada para que todos los trabajadores la conozcan.

Por último se realizará una investigación para conocer las normatividad vigentes con referente a salud y seguridad en el trabajo haciendo énfasis en los normas que tienen que ver con de incapacidades e indemnizaciones por accidente o muerte de un trabajador a causa de un accidente de trabajo.

GLOSARIOS DE TÉRMINOS

ACCIDENTE DE TRABAJO: Es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.

Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.

Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.

ENFERMEDADES PROFESIONALES: Se entiende por enfermedad profesional todo estado patológico que sobrevenga como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos.

La disciplina dedicada a su prevención es la higiene industrial; la medicina del trabajo se especializa en la curación y rehabilitación de los trabajadores afectados, y la ergonomía se encarga del diseño productivo de los ambientes de trabajo para adaptarlos a las capacidades de los seres humanos.

RIESGO: Es la combinación de la frecuencia o probabilidad y de las consecuencias que podrían derivarse de la materialización de un peligro. Tambien Se denomina riesgo a la probabilidad de que un objeto material, sustancia ó fenómeno pueda, potencialmente, desencadenar perturbaciones en la salud o integridad física del trabajador, así como en materiales y equipos

El riesgo es una función de la amenaza y la vulnerabilidad; es expresado con la siguiente fórmula:

RIESGO = PELIGRO + VULNERABILIDAD

PELIGRO: El peligro puede ser una acción o una condición, que ostenta el potencial de producir un daño sobre una determinada persona o cosa. Ese daño puede ser físico y por ende producir alguna lesión física o una posterior enfermedad, según corresponda o bien el daño puede estar destinado a provocar una herida en un ambiente, una propiedad o en ambos.

Generalmente los peligros como bien decíamos en la primer parte de la definición del término son potenciales o latentes, es decir, un peligro está en forma potencial o latente siempre o la mayoría de las veces, aunque claro una vez que el peligro deja de ser peligro y que se convierte en una concreta amenaza, puede desembocar o desatar una auténtica situación de emergencia.

MATRIZ DE PELIGRO: Es una herramienta de control y de gestión que es utilizada para identificar procesos, tipo y nivel de riesgos inherentes de estos.

Es por esto que una matriz de riesgo permite evaluar la efectividad de una adecuada gestión en temas de prevención de riesgos. Otorgando valores que permiten actuar frente a estos riesgos, graficando esta matriz de manera claro expresando la severidad y probabilidad que sean identificados en el análisis previamente realizado.

CONSECUENCIA: Resultado más probable (lesiones en las personas, daños a los equipos, al proceso o a la propiedad) como resultado de la exposición a un factor de riesgo determinado.

LA PROBABILIDAD: Es la mayor o menor posibilidad de que ocurra un determinado suceso. En otras palabras, su noción viene de la necesidad de medir o determinar cuantitativamente la certeza o duda de que un suceso dado ocurra o no. Tambien establece una relación entre el número de sucesos favorables y el número total de sucesos posibles. Y cada uno de los resultados obtenidos al realizar un experimento recibe el nombre de suceso elemental. Se llama espacio muestral el conjunto de todos los sucesos elementales obtenidos, de forma que todo subconjunto del espacio maestral es un suceso.

GRADO DE PELIGROSIDAD: Esta valoración permite establecer una clasificación de los riesgos; el mayor valor posible del rango de grados de Peligrosidad tendrá una mayor prioridad de acción que la empresa debe asumir para reducir o controlar los posibles efectos que ocasionarían en caso de presentarse la situación del riesgo.

Grado de peligrosidad = Consecuencia x Probabilidad x Frecuencia

GP = C X Pr X Fr

Esta valoración permite establecer una clasificación de los factores de riesgo ocupacionales por el grado de peligrosidad. El mayor valor posible del rango de grado de peligrosidad, se obtendrá como producto de los valores máximos y el menor valor se obtendrá como producto de los valores mínimos.

Incapacidad temporal: Se entiende por incapacidad temporal la incapacidad que impide al trabajador desempeñarse laboralmente por un tiempo determinado. En este periodo de incapacidad del trabajador recibirá un subsidio equivalente al ciento por ciento de su salario base de cotización hasta por 180 días de prorrogables y hasta por 180 días adicionales. Se debe iniciar proceso para calificar el estado de invalides del trabajador

Incapacidad permanente parcial: es aquella en la que, sin alcanzar el grado de incapacidad permanente total (que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su profesión), el trabajador sufre una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para su profesión habitual, sin que esté impedido para la realización de las tareas fundamentales de dicha profesión. También se entiende por incapacidad permanente parcial la disminución parcial pero definitiva que sufre un trabajador en alguna o algunas de sus facultades para realizar su trabajo habitual. La disminución definitiva debe ser igual o superior a 5% pero inferior al 50% de su capacidad laboral. El trabajador en estas circunstancias recibe una indemnización equivalente a una suma no inferior a dos salarios base de cotización pero no superior a veinticuatro veces su salario base de cotización

INVALIDEZ: Se define como Invalidez al menoscabo permanente en la capacidad de trabajo de una persona, a consecuencia de una enfermedad o accidente o del debilitamiento de sus fuerzas; o también definida como incapacidad permanente.

Desde el punto de vista del quehacer de las COMPIN, en este ámbito, les corresponde evaluar y dictaminar el grado de invalidez de una persona, a partir del cual puede optar a un beneficio pecuniario (pensión, asignación familiar, condonaciones de deudas, u otros); de carácter contributivo (si la persona cuenta con cotizaciones previsionales) o no contributivos, (si la persona no cuenta con cotizaciones previsionales previas

PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES: La finalidad de la pensión de sobrevivientes, es suplir la ausencia repentina del apoyo económico del pensionado o del afiliado al grupo familiar y, por ende, evitar que su deceso se traduzca en un cambio sustancial de las condiciones mínimas de subsistencia de las personas beneficiarias de dicha prestación. Cualquier decisión administrativa, legislativa o judicial que desconozca esa realidad, e implique por consiguiente la reducción de las personas a un estado de miseria, abandono, indigencia o desprotección, debe ser reiterada del ordenamiento jurídico por desconocer la protección especial que la Constitución le otorgó al mínimo vital y a la dignidad humana como derechos inalienables de la persona, y a los principios constitucionales de solidaridad y protección integral de la familia, como soportes esenciales del Estado Social de Derecho.

AUSENTISMO LABORAL: se define como la ausencia de una persona de su puesto de trabajo en las horas que le corresponden trabajar de acuerdo a la legislación laboral. Las principales causas de absentismo laboral son los permisos legales retribuidos, las enfermedades, los accidentes de trabajo y las faltas por causas injustificadas.

Los sociólogos afirman que el absentismo laboral no justificado es un fenómeno vinculado a la actitud de la persona y de la sociedad en general frente al trabajo. De todas maneras, las condiciones de trabajo son una causa directa del absentismo laboral.

LEGISLACIÒN LABORAL

Definida como el conjunto de normas que regulan una Nación, emitidas por la voluntad soberana de ésta en la forma prevista en su Constitución Nacional, ya sea a través de la rama legislativa, a través de sus cámaras, o excepcionalmente de la rama ejecutiva o judicial. El carácter general de la legislación es mandar, prohibir, permitir o castigar

LEY 9 DE 1979

La ley 9 de 1979 reglamenta las actividades y competencias de Salud Pública para asegurar el bienestar de la población.

Sin duda

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