Asignación Eficiente de los Recursos Públicos el caso de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad
MarlonsqeDocumentos de Investigación16 de Octubre de 2016
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Universidad Autónoma de Centroamérica
Instituto de Enseñanza de Posgrado e Investigación (IEPI)
Maestría Profesional Derecho Público
Marlon Quintanilla Esquivel
“Asignación Eficiente de los Recursos Públicos el caso de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad”
Resumen
El mundo de hoy evoluciona aceleradamente, la velocidad con que la tecnología y la ciencia se desarrollan influencia nuestra forma de vida, la sociedad en que vivimos tiene un nuevo ritmo, la eficiencia, tema medular en la Economía, resulta ser hoy un elemento de suma importancia para los ciudadanos. Sin embargo el Estado y el Derecho no han alcanzado ese nuevo ritmo, evolucionan de una forma distinta y a pesar de esto el ciudadano común exige un cambio, la eficacia simplemente no es suficiente, buscamos eficiencia. ¿Como se decide sobre la asignación de los fondos públicos en las instituciones del Estado? ¿Es esa asignación eficiente? ¿Quien es responsable (“accountable”) por esta decisión? En este trabajo se analizará lo que pasa en la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad y la asignación de fondos públicos para proyectos comunales.
Introducción
¿Cómo se asignan los recursos en las instituciones del Estado Costarricense? ¿Quién Toma esas decisiones? ¿Quién es el responsable de los resultados? Son preguntas que reflejan, lo que podríamos llamar, un nuevo interés de los ciudadanos de cómo se gastan sus recursos, porque al final los recursos públicos provienen de todos los ciudadanos. El mundo de hoy evoluciona aceleradamente, la velocidad con que la tecnología y la ciencia se desarrollan influencia nuestra forma de vida, la sociedad en que vivimos tiene un nuevo ritmo, la eficiencia, tema medular en la Economía, resulta ser hoy un elemento de suma importancia para los ciudadanos. Sin embargo el Estado y el Derecho no han alcanzado ese nuevo ritmo, evolucionan de una forma distinta y a pesar de esto el ciudadano común exige un cambio, la eficacia simplemente no es suficiente, buscamos eficiencia.
En lo últimos tiempos se ha hecho evidente que los ciudadanos, individualmente, no la colectividad anónima, están interesados en como funcionan las cosas dentro del aparataje estatal, se ha llegado a la conclusión, aunque así ha sido desde siempre, que el manejo de esos recursos escasos que llamamos públicos nos afecta a todos, pero lo hace de forma individual a cada uno. Bajo esta luz, es que los ciudadanos esperan que esos bienes públicos sean usados de la forma más eficiente posible, no solo para poder ver reflejados sus efectos en la satisfacción de sus necesidades, pero también para que no se vea afectado su peculio cuando se revela que el Estado tiene un déficit y que por lo tanto es de esperar, se aplique la solución recurrente, que aumenten los impuestos, entonces surgen las preguntas con que iniciamos. El Estado debe funcionar de la manera más eficiente posible, o al menos debe intentarlo, la idea no es solo gaste eficazmente, ciertamente lo hace, el Estado, ciertamente coloca todo el dinero que recolecta mediante los impuestos. La incógnita entonces permanece, ¿será que estamos obteniendo el mayor provecho posible de los recursos públicos? ¿Es el Estado eficiente en el gasto de los fondos que recolecta?
En ese orden de ideas nuestro caso de estudio es el de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad (DINADECO). Esta institución tiene unas características particulares que la hacen especialmente interesante, como objeto de estudio, en primer lugar durante el cuatrienio correspondiente a los años 2010-2014 DINADECO asignó para proyectos comunales el monto de ¢16.021.531.148,00 (dieciséis mil veintiún millones quinientos treinta y un mil ciento cuarenta y ocho colones) una cantidad nada despreciable de dinero. Además es una institución que, debido a su especial conformación, no tiene un tipo de proyecto definido, por el contrario nos encontraríamos ante una de las instituciones con mayor flexibilidad del Estado ya podrá financiar todo tipo de proyectos desde compra de instrumentos musicales, hasta un puente, o desde un campo ferial hasta la compra de cámaras de vigilancia. Otra particularidad es que DINADECO no es quien realiza los proyectos, sino que son las comunidades a través de la figura de las Asociaciones de Desarrollo Comunal las que formulan los proyectos y le corresponde a la institución evaluar dichos proyectos, asignar los recursos, asegurarse de su correcta utilización y por último asegurarse de se realice la liquidación de esos recursos conforme a la ley.
Volvamos a la pregunta que nos hacíamos anteriormente, será que estamos obteniendo el mayor provecho posible de los recursos públicos, en el caso de DINADECO, para efectos de este ensayo la respuesta es que no, no se esta siendo tan eficiente como se podría ser. Veremos que en el caso de DINADECO no hay un sistema de evaluación para los proyectos, la normativa podría ser más moderna. En virtud de lo anterior se propondrá un sistema que le permitiría al tomador de decisiones tomar una decisión más racional. Luego se analizara el tema de la rendición de cuentas, pero desde el concepto anglosajón de la “accountability”, es decir quien es el responsable del resultado, quien no solo “rinde cuentas”, pero que además es responsable, o debe serlo, por el resultado obtenido.
2. Asignación de recursos a los proyectos en DINADECO.
La Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad fue creada mediante la Ley 3859 del 7 de abril del 1967, crea esta institución como un órgano desconcentrado del Ministerio de Gobernación y Policía, es decir que en lo que respecta al “Desarrollo Comunal”[1] y las Asociaciones de Desarrollo Comunal que se organicen bajo esta ley, la institución es completamente independiente, pero en los temas meramente administrativos dependerá del Ministerio de Gobernación y Policía, es decir que es parte del Gobierno central.
Ahora bien, la finalidad de DINADECO es el de ser “instrumento básico de organización de las comunidades del país, para lograr su participación activa y consciente en la realización de los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social” [2] , como se logra eso, bueno los fondos de DINADECO provienen del impuesto sobre la Renta en un monto que corresponde al 2% de lo recolectado por ese impuesto, el monto total de ese dinero se divide en dos fondos uno llamado “Fondo por Girar” que se asigna proporcionalmente a las organizaciones comunales que se encuentren al día y el Segundo llamado “Fondo de Proyectos”, como su nombre lo indica, está destinado para el financiamiento de proyectos, este segundo es que nos interesa, ya que el “fondo por girar” tiene reglas especificas para la asignación proporcional entre las Organizaciones Comunales para fines administrativos.
En el segundo caso, es decir el fondo de proyectos, existen varios pasos para que los proyectos, presentados por las Organizaciones Comunales[3], puedan obtener recursos del Estado a través de DINADECO. En este proceso participan varios departamentos de la institución, sin embargo los más relevantes son el departamento de Financiamiento Comunitario, el Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad y el departamento de Auditoria Comunal.
Los proyectos son presentados ante las oficinas regionales de Dinadeco, donde reciben una revisión superficial, luego son enviados al Departamento de Financiamiento Comunitario donde se somete a una segunda revisión, esta revisión consta de una revisión de los requisitos necesarios para cada tipo proyecto, los requisitos se encuentran publicados en La Gaceta Nº 94 — Lunes 17 de mayo del 2010, se deben de asegurar de que los requisitos estén presentes y cumplan con la legislación de la materia y sin embargo dentro de los requisitos no se requiere, valga la redundancia, la presentación de un plan de impacto social y/o económico del proyecto, es decir, no es requisito explicar como el proyecto afecta la realidad del “desarrollo” de la comunidad que se pretende alcanzar con cada proyecto, así como tampoco se somete a un análisis técnico por parte de los profesionales, en ciencias económicas, del departamento y por lo tanto será prácticamente imposible cuantificar los resultados y determinar si el proyecto alcanzó su finalidad de desarrollo comunal o no. Luego el proyecto es pasado con una recomendación de aprobación al Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad, quien es quien decide en ultima instancia sobre la asignación de los recursos[4], el CNDC esta compuesto por 7 miembros, tres por parte de las Asociaciones de Desarrollo, 2 por parte de la Unión de Gobiernos locales, el(a) ministro(a) de Gobernación y Policía, por último un representante del Poder Ejecutivo[5], quienes, en la mayoría de los casos, no tienen conocimiento técnico en ciencias económicas y además no conocen el proyecto de antemano. Pero además la recomendación sobre la aprobación del proyecto es genérica, se refiere solamente al cumplimiento de los requisitos de tramite para todos los proyectos, ya que no se hace una recomendación ni calificación cuantificable de los proyectos. Así las cosas, los miembros del CNDC no un punto de partida sobre el impacto que va a tener determinado proyecto, o bien, cual es el fin de desarrollo comunal que se pretende lograr, no referido a un fin abstracto de desarrollo comunal, que en todo caso es subyacente a todo proyecto, pero una finalidad de desarrollo comunal puede y debe ser mucho más específico, para poder evaluar sus resultados posteriormente. De tal suerte que se requiere que el CNDC que decida sobre que proyectos financiar, ya que los recursos son escasos no es posible financiar todos los proyectos, sin que tenga toda la información necesaria para hacerlo y además vamos a exigir responsabilidad de estos funcionarios públicos por los recursos asignados, en el caso de que no se haya cumplido con el fin comunal.
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