Aspecto Legal De La Contabilidad
steyes12 de Marzo de 2014
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TABLA DE CONTENIDO
Pág.
INTRODUCCION.............................................................................4
1. OBJETIVOS……………………………………………………….………...5
1.1 Objetivos generales………………………………………………………5
1.2 Objetivos específicos……………………………………………………5
2. ORIGEN TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA….………………………….6
3. ORIGEN PROFESIONAL DE LA CONTADURÍA PÚBLICA…............................8
4. ORIGEN LEGAL DE LA CONTADURÍA PÚBLICA............................................10
ANEXOS...................................................................................................................10
LEY 58 DE 1931.......................................................................................................10
LEY 145 DE 1960………………………………………………………………………....13
LEY 43 DE 1990…………………………………………………………………………..21
DECRETO 2373 DE 1956........................................................................................43
DECRETO 2786 DE 1982........................................................................................57
DECRETO 2463 DE 1981........................................................................................58
LEY 25 DE 1981.......................................................................................................58
DECRETO LEY 3381 DE 1981……………………………………………………….…58
DECRETO REGLAMENTARIO 3507 DE 1981…………………………………….…58
DECRETO 414 DE 1982…………………………………………………………………59
DECRETO 2920 DE 1982……………………………………………………………….59
DECRETO 1796 DE 1990………………………………………………………….……61
DECRETO 422 DE 1991…………………………………………………………………64
DECRETO 2649 DE 1993……………………………………………………….………66
DECRETO 2650 DE 1993……………………………………………………….………84
5. CONCLUSIONES....………………………………………………………….91
6. BIBLIOGRAFIA...................................................................................................92
INTRODUCCIÓN
En Colombia después de la Constitución Política de 1960 según el artículo 145 entro a regir los profesionales del área contable, su definición de rango y reglamentación jurídica; ajustada a los artículos vigentes de la ley 43 de 1990, y el decreto 2649 de 1993 que es la que regula los principios para su validez y cumpla con sus objetivos y adicional-mente operada por el código de comercio quien establece o reglamenta la obligación de llevar la contabilidad.
Además de infinidades de decretos, circulares, resoluciones se considera que la contabilidad Pública obedece a un ordenamiento que le confiere responsabilidades y buen uso al profesionalismo del desarrollo de esta actividad ya que es la parte fundamental que certifica la idoneidad de una empresa o sociedad.
1. OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL:
Dar a conocer la información detallada de los aspectos legales de la contaduría en Colombia de manera precisa y adecuada para un fácil entendimiento, y con el fin de enterarnos de sus características, funciones, reglamentos, para tener unos conocimientos claros, ya que será lo principal para un profesional en la área de la contaduría publica
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
• Investigar sobre las normas que un contador debe manejar y saber para que en su vida laboral no tenga problemas legales.
• Aprender a interpretar las leyes que un contador debe saber en el aspecto legal de la contaduría.
2. ORIGEN TÉCNICO DE LA CONTADURÍA PÚBLICA
ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO (ESNALCO)
El decreto No. 0356 de 1951, y posteriormente el decreto del 06 de marzo de 1952, con los cuales se le dio el carácter de Facultad Nacional de Contaduría y Ciencias Económicas a la Escuela Nacional de Comercio. “la Escuela Nacional de Comercio tendrá el carácter de Facultad Nacional de Contaduría y Ciencias Económicas, para efectos de los cursos de la enseñanza universitaria de comercio”.
LEY 58 DE 1931
La Superintendencia de Sociedades fue creada por la Ley 58 de 1931, bajo el nombre de "Superintendencia de Sociedades Anónimas" y como una sección comercial del Gobierno encargada de la ejecución de las leyes y decretos que se relacionan con las sociedades anónimas, y con la función de vigilar todas las sociedades de esta clase y las sucursales de sociedades extranjeras, excepción hecha de las que ya venían siendo vigiladas por la Superintendencia Bancaria. Con lo anterior se introduce el criterio del control subjetivo formal, es decir, los sujetos quedan sometidos a vigilancia según la forma jurídica que asuman.
Aunque se había previsto que iniciara sus funciones a partir del 1º de enero de 1932, la Ley 134 de 1931 suspendió indefinidamente esta decisión, mientras que una comisión designada presentaba un nuevo proyecto al Congreso. Sin embargo, no se elaboró nunca ese proyecto y por virtud de la Ley 128 de 1936 se le dio nuevamente vigencia a la Ley 58 de 1931, la cual se hizo efectiva con la expedición del Decreto 1984 del 10 de octubre de 1939 que estableció la Superintendencia de Sociedades Anónimas como dependencia del Ministerio de Economía Nacional, siendo su primer Superintendente el doctor Manuel José Vargas. Pero sólo con el acto legislativo No. 1 de 1945 , se consagró constitucionalmente la atribución presidencial de inspección de las sociedades comerciales.
Con posterioridad y en virtud de los Decretos 2831 de 1952 y 239 de 1957, se amplía el rango de sociedades a vigilar haciéndose extensivo, en primer lugar, a las demás sociedades comerciales y luego a cualquier otro género de sociedades siempre que a ellas estuviera vinculada como socia una sociedad anónima directamente o por conducto de otra compañía, con participación de capital del 33% o más.
A través del Decreto Ley 444 de 1967 también fueron incluidas como sujetos de vigilancia las sociedades comerciales que tuvieran participación de inversión extranjera en su capital.
Dadas las modificaciones anteriores, el Decreto 3163 de 1968 le cambió el nombre a Superintendencia de Sociedades y ya en el Decreto- Ley 1050 de 1968 se le define como un organismo, adscrito a un ministerio, con autonomía financiera y administrativa que desarrolla funciones asignadas al Presidente de la República como suprema autoridad administrativa…
(Ver Anexos)
3. ORIGEN PROFESIONAL DE LA CONTADURIA PÚBLICA
En Colombia, sólo en la década de los años cincuenta, la contaduría logra el rango de profesión universitaria y en los años sesenta se consolida su presencia en la Universidad.
La contaduría pública en Colombia ha seguido las mismas etapas de desarrollo que otras profesiones, sólo que lo ha hecho en una forma acelerada. Ellas son:
1. Reconocimiento legal del ejercicio profesional.
2. Búsqueda del estatus universitario para la profesión.
3. Reglamentación profesional, etapa en la cual se propende por la existencia del Código de Ética que propicie condiciones de ejercicio.
4. Incursión en el mundo de la investigación con el fin de lograr el avance de los conocimientos en la ciencia que fundamenta la práctica profesional.
En estas etapas jugaron un papel fundamental las asociaciones gremiales de contadores, quienes procedieron como “grupos de interés” para lograr la convergencia de normas legales que reconocieran y reglamentaran el ejercicio de la profesión.
Es importante tener en cuenta que la importancia de la contaduría pública en la actividad económica se evidenció con la promulgación de la Ley 43 de 1990. Esta ley estuvo precedida de más de quince años donde hubo luchas permanentes, proyectos de ley fallidos y enfrentamientos de los diversos actores de la profesión.
Con esta Ley se proclama el Código de Ética, el cual le ha permitido a la Junta Central de Contadores ejercer su papel de tribunal disciplinario de la profesión, porque con este Código se hace posible que el ejercicio individual no ético de los contadores públicos sea sancionado y así se pueda sanear nuestra profesión.
Con la Ley 43 de 1990 se creó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública como organismo permanente encargado de la orientación técnico-científica de la profesión y de la investigación de los principios de contabilidad y normas de auditoría de aceptación general en el país. Se le asignan funciones como adelantar investigaciones; estudiar
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