Aspectos Legales De La Reproducción Asistida
Enviado por jhoramfis • 13 de Marzo de 2014 • 3.498 Palabras (14 Páginas) • 565 Visitas
Aspectos legales de la reproducción asistida en República Dominicana (página 2)
Enviado por Domingo Pe�a Nina
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Partes: 1, 2, 3
4.3.- Legislación en países europeos.
En los distintos países europeos existen diferentes tipos de regulación legal en materia de reproducción asistida; algunos se rigen por recomendaciones de tipo médico-ético emitidas por instituciones de profesionales médicos, otros por decretos y normativas. Por último, existen países que tienen una legislación específica vigente sobre las técnicas de reproducción asistida y/o experimentación embrionaria, como es el caso de Suecia, Dinamarca, Noruega, España, Inglaterra, Alemania yFrancia. El enunciado de las leyes correspondientes es el siguiente:
A) EUROPA.
1. FRANCIA:
• Código de Seguridad Social.
• Ley relativa al respeto del cuerpo humano.
• Ley relativa a la donación y utilización de elementos y productos del cuerpo humano, a la asistencia médica, a la procreación y al diagnóstico prenatal (1994).
2. GRECIA
Ley 1329 de 15/febrero/1983
-Se regula la paternidad en caso de consentimiento del esposo de la inseminación artificial de la cónyuge.
3. PAISES BAJOS
-Código civil
-La acción de desconocimiento de la paternidad se rechaza mediante consentimiento del marido a la concepción artificial.
4. PORTUGAL
Decreto Ley Nº 496/77 de 25 de noviembre/1977
-El marido que consiente la inseminación artificial no puede negar la paternidad.
-Código Penal de 23/agosto/1982
-Art.214: quienes practiquen I.A a una mujer sin su consentimiento, serán castigados con prisión de 1 a 5 años.
-La acción penal sólo se inicia por denuncia personal.
-Ley sobre educación sexual y planificación familiar Nº3/84 de 24/marzo/1984
-El Estado mediante centros especializados avalará los tratamientos de esterilidad y desarrollará los estudios y prácticas de la I.A.
5. SUECIA
• Ley Nº 1139 sobre la inseminación artificial de 20/diciembre/1984
• Ley sobre la fecundación in vitro (1988).
-Si la I.A. realizada en la madre, lo es con consentimiento de su esposo o concubino bajo condiciones maritales, el concebido será reputado como su hijo.
-Ley sobre Inseminación Nº1140 de 20/diciembre de 1984.
-Se define a la inseminación como la introducción del semen a la mujer por medios artificiales.
-La inseminación sólo se realizará bajo la condición de que la mujer esté casada o en relación de concubinato, debiendo en este último caso obtener el consentimiento escrito del hombre.
-La inseminación con esperma de hombre diferente al esposo o concubino sólo se realizará en hospital estatal bajo la supervisión de especialista en ginecología y obstetricia.
6. REINO UNIDO
"Surrogacy arrangements.act.1985" de 16/julio/1985
7. BULGARIA
• Código de familia de 18/mayo/1985.
• La maternidad se determina con el nacimiento. Similar criterio se aplica al concebido con material genético de otra mujer.
• El desconocimiento de la paternidad no se admite en el caso de I.A. si mediara consentimiento escrito del esposo.
8-EX-CHECOSLOVAQUIA
• Ley de Familia-Ley nº 132 de 10/noviembre/1982.
• La paternidad no puede negarse si el niño nace entre los 180 y 300 días posteriores a la IA, si mediara consentimiento del esposo.
9. HUNGRÍA
• Ley de 1974
• Se aplican los criterios expuestos para Bulgaria y Checoslovaquia
10. EX-YUGOSLAVIA
• Ley de 27 de abril de 1978
• El derecho humano a la libre decisión sobre el nacimiento de un niño puede limitarse en caso de propósitos sanitarios.
• Normas Penales
• Se establece una multa de 2.000 a 10.000 dinares a las organizaciones médicas si:
• practican esterilizaciones, abortos o I.A., no autorizados;
• revelan secretos sobre la identidad del donante de semen, la mujer inseminada o su esposo.
11. DINAMARCA
Ley sobre el establecimiento de un Consejo Ético y la regulación de algunos experimentos biomédicos (1987).
12. NORUEGA
• Ley sobre fertilización artificial (1987)
• Ley sobre las aplicaciones biotecnológicas en Medicina (1994).
13. ESPAÑA
• Ley sobre técnicas de reproducción asistida.
• Ley sobre la donación y utilización de embriones y fetos humanos o de sus células, tejidos u órganos (1988).
14. ALEMANIA
Ley sobre protección del embrión humano (1990).
15. INGLATERRA
Ley sobre fertilización humana y embriología (1991).
B. NORTE AMERICA
1. CANADÁ
• Código Civil de Québec.
• No se admite el desconocimiento de la paternidad
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