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Auditor Predecesor Y Antecesor


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2014  •  1.076 Palabras (5 Páginas)  •  2.944 Visitas

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Auditor Predecesor y Sucesor.

El término "auditor predecesor" se refiere a un auditor que ha renunciado a un trabajo de auditoría o al que se le ha notificado que sus servicios han terminado.

El término "auditor sucesor" se refiere a un auditor que ha aceptado un trabajo de auditoría o un auditor que ha sido invitado a hacer una propuesta para un trabajo de auditoría. Esta declaración es aplicable siempre que un auditor independiente ha sido contratado o está por ser contratado para hacer el examen de los estados financieros de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas.

Comunicación entre el auditor predecesor y el sucesor.

Un auditor puede ser llamado a suceder o reemplazar a un colega en la realización de un examen de estados financieros, la comunicación con el auditor a quien se pretende suceder o reemplazar, constituye una conducta ética y fortalece las relaciones profesionales.

Partiendo de lo anterior hay que destacar que el auditor sucesor, generalmente deberá iniciar las comunicaciones. La comunicación podrá ser oral o escrita, pero el auditor predecesor y el sucesor deberán guardar, con la confidencialidad que el caso requiera, la información que crucen entre sí. Esta obligación es necesaria aun cuando el auditor sucesor acepte o no el trabajo.

En la comunicación entre el auditor predecesor y el sucesor es un procedimiento necesario el efectuar preguntas por el auditor sucesor, en vista de que éstas podrán proporcionar al mismo, la información que lo ayude en la decisión de aceptar o no el trabajo. El auditor sucesor deberá tener en mente que además de otras cosas, el auditor predecesor y el cliente pueden haber tenido desacuerdos acerca de principios de contabilidad, procedimientos de auditoría o asuntos relacionados importantes.

El auditor sucesor deberá explicar a su cliente en perspectiva la necesidad de hacer preguntas al auditor predecesor y deberá obtener el permiso para hacerlo. Excepto por lo establecido en el código de ética profesional, a un auditor le está prohibido revelar información confidencial obtenida en el curso de una auditoria, a menos que el cliente lo permita. Por lo tanto, el auditor sucesor deberá pedir a su cliente en perspectiva que autorice al auditor predecesor a que responda en su totalidad las preguntas del sucesor. Si el cliente en perspectiva rehúsa responder o limita las respuestas del auditor predecesor, el auditor sucesor deberá preguntar las causas y considerar las aplicaciones que éste aspecto pueda tener en la aceptación de su trabajo.

El auditor sucesor deberá hacer preguntas específicas y razonables al auditor predecesor acerca de asuntos que aquél crea lo ayudarán en la aceptación o no del trabajo. Sus preguntas deberán incluir aspectos específicos acerca, además de otras cosas, de hechos que puedan recaer sobre la integridad de la gerencia, sobre desacuerdos con principios de contabilidad, procedimientos de auditoría u otros asuntos importantes, y sobre su entendimiento de las razones para el cambio de auditores.

El auditor predecesor deberá responder pronta y totalmente sobre hechos conocidos por él, a las preguntas razonablemente efectuadas por su sucesor. Sin embargo, si él decide, debido a circunstancias no usuales tales como litigios, no dar respuestas completas a las preguntas, deberá indicar que sus respuestas son limitadas. Si el auditor sucesor recibe una respuesta limitada, deberá

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