Auditoria
pexoxaisa24 de Abril de 2013
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UNIVERSIDAD PRIVADA DEL NORTE
FACULTAD DE ESTUDIOS DE LA EMPRESA
Carrera de Contabilidad y Finanzas
Incidencia de la función del contador público, en apoyo a las decisiones de los juzgadores en aspectos económicos financieros de la Corte Superior de Justicia de La Libertad
CAPITULO II: MARCO TEÓRICO
Tesis
presentada para optar el título profesional de:
CONTADOR PÚBLICO
Autores:
Carmen Rosa Pelaez Rojas
Fernando Junior Matienzo Castillo
Asesora:
Mg. C.P.C. Gloria Becerra Orrego
TRUJILLO – PERÚ 2008
Table des matières
Dedicatoria
Dedicatoria
AGRADECIMIENTO
RESUMEN
ABSTRACT
CAPITULO I: INTRODUCCIÓN
CAPITULO II: MARCO TEÓRICO
2.1 Concepto de Proceso
2.2 Concepto de Perito
2.2.1 El Peritaje
2.3 Finalidad del Peritaje
2.4 La Prueba
2.5 Prueba Pericial
2.6 Prueba Pericial Contable
2.7 Perito Contable Judicial
2.8 Nombramiento del Perito
2.9 Características del peritaje contable judicial
2.10 El Código Procesal Civil y el peritaje Contable
2.10.1 Aceptación y Juramentación
2.10.2 Clases de Peritos Contables
2.10.3 Peritos de Oficio
2.10.4 Peritos de Parte
2.10.5 Peritos Dirimentes
2.10.6 Condiciones para ser Perito Judicial
2.11Clases de peritos judiciales
2.12 El Informe Pericial y sus Partes
2.12.1 El informe Especial
2.12.2 Dictamen Pericial
2.12.3 Partes del Informe Pericial
2.13 Normas y Técnicas Aplicables al Peritaje Contable Judicial
2.13.1 Normas Periciales
2.14 Procedimientos Periciales
2.15 El perito como auxiliar de justicia
2.16 Ética Profesional
CAPITULO III: METODOLOGÍA
CAPITULO IV: RESULTADOS
CAPITULO V: DISCUSIÓN
CONCLUSIONES
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
ANEXO
CAPITULO II: MARCO TEÓRICO
2.1 Concepto de Proceso
El concepto Proceso en casos legales vinculados con la Administración de Justicia significa avanzar o dinamizar la actuación de formalidades, requisitos, intervención de jueces, abogados, partes, auxiliares de justicia, etc., para dar cumplimiento y aplicar las normas que anteladamente existen a fin de regular lo que corrientemente se denomina “proceso”. Proceso viene hacer, por tanto, el conjunto de actos regulados por el derecho que tiene por fin predominante servir para la composición de un litigio o la formalización de aquellas situaciones que requiere de todos los componentes del proceso para que tengan validez. Este concepto incluye tanto la aplicación para la mayor parte de casos contenciosos como también no contenciososftn1.
El término “proceso” se ha impuesto universalmente, por comprender todos los actos encaminados para obtener la justicia, y con la denominación de Derecho Procesal, la que se ocupa de su estudio.
En la evolución del proceso ha tenido gran influencia de un lado el Derecho Romano y de otro la codificación en el mundo, aparte de la doctrina procesal para darnos cuenta de lo que debe ser un proceso en el mundo en que vivimos.
2.2 Concepto de Perito
Los Contadores Públicos en función de Peritos Contables Judiciales están en la obligación de cumplir con ciertas normas y procedimientos que se deben aplicar en el ejercicio de la Pericia y éstos están basados en los conocimientos adquiridos en la universidad y en la experiencia profesional adquirida con anterioridad y durante el ejercicio de la especialidad pericial.
Aparte de lo anteriormente expuesto, los Peritos deben estar imbuidos y en pleno conocimiento, para su aplicación posterior, de las normas, técnicas y procedimientos de contabilidad, auditoria y tributación que pueden ser aplicables a la Pericia Judicial. Adicionalmente, resulta necesario tener conocimiento de la lógica y de las disposiciones legales, instancias judiciales, y sobre la prueba, los peritos y peritajes.
Como es sabida la Pericia Judicial está calificada en nuestro ordenamiento legal como un medio de prueba muy importante en los procesos judiciales.
Tiene por objeto apreciar, en su justo valor, las pruebas de los hechos en litigios, demandándolos en el fuero Civil y de los hechos presuntos del delito denunciándolos en el fuero Penal, para esclarecerlos y explicarlos en su totalidad y exponerlos, ajustados a la verdad, proponiendo al juzgador conclusiones valederas que le permitan calificar los hechos a fin de emitir un fallo o sentencia que ponga término a la litis o a la acción penal promovida, teniendo en cuenta que la aspiración máxima del perito es que su informe o dictamen pericial sea fundamentado de toda sentencia.
Por tanto, el objeto del tema, es sentar las bases para que el Perito Contable Judicial se ajuste a estas reglas de conducta que se denominan normas y procedimientos que se desarrollan a continuación.
El diccionario de la Real Academia de la Lengua Española define los dos conceptos que serán desarrollados en este tema: Normas y Procedimientos.
De acuerdo con las definiciones obtenidas del referido diccionario, tenemos:
Normas: Reglas que se deben seguir o cumplir a la que se deben ajustar las operaciones.
Procedimientos: Acción de proceder. Métodos de ejecución de algunas cosas. Actuación por trámites judiciales o administrativos.
Se entiende por normas y procedimientos desde el punto de vista pericial lo siguiente:
Normas: Conjunto de condiciones y reglas que debe reunir y cumplir el Perito Contable Judicial tanto en su condición y actitud personal como en la ejecución de su trabajo pericial y en la preparación de su informe.
Procedimiento: Acción de proceder para cuya aplicación se utilizan las técnicas y prácticas periciales.
Técnicas Periciales: Son los métodos que el perito aplica según sean sus objetivos, para obtener y evaluar las pruebas necesarias para fundamentar su informe.
Prácticas Periciales: Se refiere a lo que debe hacerse en un trabajo pericial según sean las situaciones o circunstancias de caso, y no son otra cosa que los modos, formas o pasos que el perito puede ejecutar para desarrollar con eficiencia, efectividad y orden en el trabajo pericial desarrollado.
Para poder tener una apreciación amplia hemos recurrido a los siguientes conceptos de diversos autores.
“El perito es el profesional que reúne las especiales condiciones de capacidad técnica y científica y que está llamado a informar en los litigios de las diferentes jurisdicciones, cuando el Juez de la causa solicita su intervención”ftn2
“El perito es la persona que versada en una ciencia, un arte u oficio, es llevado por el Fiscal para hacer asesorado en el esclarecimiento que requiere de conocimientos técnicos. La pericia, pues, consiste en explicar, ilustrar sobre ciertos conocimientos especiales que lleguen al descubrimiento de la verdad”ftn3.
“Es la persona que poseyendo especiales conocimientos de una ciencia o arte determinados, informa al Juez bajo juramento sobre los aspectos de un litigio que se vinculan con la materia de su especialidad”.4
2.2.1 El Peritaje
Sobre el peritaje, algunos autores sostienen que el peritaje no es un medio de prueba. Otros sostienen que el dictamen pericial no es una prueba sino el reconocimiento de una prueba ya existente.
Estas afirmaciones son contradictorias, porque, si comprueba hechos es un medio de prueba; a menos que se considere al hecho que conduce a conocer otro hecho, pero entonces tampoco serian pruebas el testimonio, la confesión, el documento y la inspección judicial, sino los hechos relatados o percibidos.
En virtud a los argumentos invocados por los diferentes autores se concluyen que debe asignarse al peritaje, la condición de medio de prueba y al perito como individuo que la realiza por encargo del Juez.
Peritaje sinónimo de peritación; trabajo o estudio que hace un perito.
2.3 Finalidad del Peritaje
El peritaje considerado en sí, tiene como finalidad únicamente descubrir, en el problema asignado al perito, la verdad concreta y explicarla científicamente o técnicamente o según las reglas de la experiencia.
2.4 La Prueba
Etimológicamente la palabra prueba procede del adverbio “PROBE” que significa honradamente, por considerarse con honradez quien prueba lo que pretende.
“La prueba es, por tanto una cosa que se utiliza cada día en las variadas contingencias de la vida”
Por el vocablo “Prueba” se atribuyen diversos significados; se dice que la prueba es la acción o efecto de probar razón con la que se demuestra una cosaftn4.
2.5 Prueba Pericial
Para algunos actores la prueba pericial:
“Es la actividad procesal realizada en virtud y encargo judicial por personas distintas a los sujetos del proceso (Juez y Parte), especialmente calificadas por sus conocimientos artísticos o científicos, mediante la cual se proporciona al juez razones o argumentos para la formación de su conocimiento respectos de ciertos hechos cuya percepción
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