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Enviado por   •  3 de Mayo de 2013  •  2.208 Palabras (9 Páginas)  •  198 Visitas

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1. Identifique las normas internacionales de información financiera que especifican el tratamiento contable para los intangibles y prepagados

El tratamiento contable de los activos intangibles, incluye la definición de activo intangible (recordemos que el glosario y la NIC 16 introducen la definición de activo). Además la NIC señala cómo debe hacerse el reconocimiento de un activo intangible, la determinación del valor contable, la determinación y el tratamiento en caso de pérdidas por deterioro que están explicadas en la NIC 36 y termina con los requerimientos sobre revelaciones.

Objetivo

El objetivo de este estándar es determinar el tratamiento contable de los activos intangibles que además, no estén contemplados específicamente en otra Norma.

Este estándar pide que las entidades reconozcan un activo intangible si, y sólo si, se cumplen determinados razones -(Definición de activo y los criterios de reconocimiento). La Norma también establece cómo determinar el importe en libros de los activos intangibles, y exige la revelación de información específica sobre estos activos.

“Un activo intangible es un activo identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física”.

Reconocimiento y medición

El reconocimiento de una partida como activo intangible exige, que la entidad, demuestre que el elemento en cuestión cumple: (a) cumpla la definición de activo; y (b) cumple con el criterio de reconocimiento. El requerimiento se aplicará a los costos soportados inicialmente, para adquirir o generar internamente un activo intangible, y para aquéllos en los que se haya incurrido posteriormente para añadir, sustituir partes del mismo o realizar su mantenimiento.

Un activo satisface el criterio de identificabilidad incluido en la definición de activo intangible cuando:

(a) es separable, esto es, es susceptible de ser separado o escindido de la entidad y vendido, cedido, dado en operación, arrendado o intercambiado, ya sea individualmente o junto con el contrato, activo o pasivo con los que guarde relación; o

(b) surge de derechos contractuales o de otros derechos legales, con independencia de que esos derechos sean transferibles o separables de la entidad o de otros derechos u obligaciones.

Un activo intangible se reconocerá si, y sólo si:

(a) es probable que los beneficios económicos futuros que se han atribuido al mismo fluyan a la entidad; y

(b) el costo del activo puede ser medido de forma fiable.

El criterio de reconocimiento basado en la probabilidad siempre se considera satisfecho en el caso de los activos intangibles que son adquiridos independientemente o en una combinación de negocios.

Un activo intangible se medirá inicialmente por su costo.

El costo de un activo intangible adquirido de forma independiente comprende:

(a) el precio de adquisición, incluidos los aranceles de importación y los impuestos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, después de deducir los descuentos comerciales y las rebajas; y

(b) cualquier costo directamente atribuible a la preparación del activo para su uso previsto.

Según lo establecido en la NIIF 3 Combinaciones de Negocios, si se adquiere un activo intangible en una combinación de negocios, el costo del mismo será su valor razonable en la fecha de adquisición.

Las únicas circunstancias en las que podría no ser posible medir de forma fiable el valor razonable de un activo intangible adquirido en una combinación de negocios se darán cuando el activo intangible surja de derechos legales o contractuales y además:

(a) no sea separable; o

(b) sea separable, pero no exista un historial o evidencia de transacciones de intercambio para el mismo activo u otros similares, y la estimación del valor razonable dependa de variables que no se pueden medir.

Otros activos intangibles generados internamente

La plusvalía (el sobreprecio) generada internamente no se reconocerá como un activo. No se reconocerán activos intangibles surgidos de la investigación (o de la fase de investigación en proyectos internos). Los desembolsos por investigación (o en la fase de investigación, en el caso de proyectos internos), se reconocerán como gastos del periodo en el que se incurran.

Un activo intangible surgido del desarrollo (o de la fase de desarrollo en un proyecto interno), se reconocerá como tal si, y sólo si, la entidad puede demostrar todos los extremos siguientes:

(a) Técnicamente, es posible completar la producción del activo intangible de forma que pueda estar disponible para su utilización o su venta.

(b) Su intención de completar el activo intangible en cuestión, para usarlo o venderlo.

(c) Su capacidad para utilizar o vender el activo intangible.

(d) La forma en que el activo intangible vaya a generar probables beneficios económicos en el futuro. Entre otras cosas, la entidad debe demostrar la existencia de un mercado para la producción que genere el activo intangible o para el activo en sí, o bien, en el caso de que vaya a ser utilizado internamente, la utilidad del mismo para la entidad.

(e) La disponibilidad de los adecuados recursos técnicos, financieros o de otro tipo, para completar el desarrollo y para utilizar o vender el activo intangible.

(f) Su capacidad para medir, de forma fiable, el desembolso atribuible al activo intangible durante su desarrollo.

2. De una definición de gastos prepagados y activos intangibles y proporciones 3 ejemplos de cada uno

Un activo intangible es un activo identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física. La definición de un activo intangible exige que el mismo sea perfectamente identificable, con el fin de poderlo distinguir claramente del fondo de comercio. El fondo de comercio surgido en una combinación de negocios, representa un pago realizado por la entidad adquirente anticipando beneficios económicos futuros por activos que no ha sido capaz de identificar de forma individual ni, por tanto, de reconocer por separado. Estos beneficios económicos futuros pueden tener su origen en la sinergia que se produce entre los activos identificables adquiridos o bien proceder de activos que, por separado, no cumplan

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