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Autoevaluación Sexto Cuatrimestre Derecho Economico Internacional


Enviado por   •  22 de Mayo de 2013  •  18.264 Palabras (74 Páginas)  •  6.810 Visitas

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6° CUATRIMESTRE

DERECHO ECONOMICO INTERNACIONAL

AUTOEVALUACION.

TEMA I. REGULACION DEL COMERCIO A NIVEL INTERNACIONAL Y EN MEXICO

1. DEFINA EL CONCEPTO DE BALANZA DE PAGOS

CONCEPTO:

La balanza de pagos es un instrumento fundamental de política económica de un país, el cual registra estadística y contablemente la entrada y salida de recursos monetarios (divisas) de un país respecto al resto del mundo, durante un tiempo determinado (por lo general un año), tanto el sector público como el privado, y por cualquier concepto. Este registro se subdivide en cuatro rubros: balanza de cuenta corriente o cuenta corriente; balanza de capitales o cuenta de capitales; cuenta de errores y omisiones; y cuenta de caja.

2. EL MERCANTILISMO ¿EN QUE SIGLOS TIENE LUGAR?

La contabilidad del comercio exterior se desarrolla con la corriente del pensamiento económico conocida como mercantilismo, que tiene lugar en los siglos XVI, XVII y mediados del XVIII en los principales países de Europa.

El mercantilismo es la “Teoría del enriquecimiento de las naciones mediante la acumulación de metales preciosos”, el oro y la plata; en ese orden de ideas, la riqueza de una persona al igual que la de una nación se mide por la cantidad de oro y plata que logran acumular. La nación será más rica en la medida en que tenga más oro y plata; en consecuencia su adquisición y conservación será la finalidad de toda actividad económica.

3. ¿CUÁL ES EL OBJETO DE LOS PRIMEROS SISTEMAS PARA REGLAMENTAR EL COMERCIO EXTERIOR?

Consiste en lograr balanzas particulares favorables. Las importaciones que hacia Inglaterra de cada país tenían que equilibrarse con sus exportaciones al mismo, y hasta se hicieron intentos por equilibrar el comercio de cada comercio ingles. Esta idea de un “balance de contratos”… perduró hasta el siglo XVII. Como resultado de la teoría mercantilista, se prestó mayor atención a las estadísticas de comercio, pero la política siguió interesándose todavía en las balanzas particulares”.

4. ¿CON QUE PERIODICIDAD SE EMITE LA BALANZA DE PAGOS?

Por lo general la balanza de pagos se emite con una periodicidad anual, sin embargo, puede abarcar un lapso menor ya sea semestral e incluso mensual, lo cual dependerá básicamente de los recursos técnicos y las necesidades de cada país. De igual manera, también se puede hacer referencia a la balanza de pagos del sector público o a la balanza de pagos del sector privado, dependiendo del sujeto que realiza las transacciones, o bien a la balanza de pagos en general, que incluye ambos sectores.

5. ¿QUE ES LO QUE REGISTRA LA BALANZA DE CUENTA DE CAPITALES?

Registra la entrada y salida de divisas por concepto de financiamientos o créditos que recibe y otorga un país respecto al resto del mundo, los cuales se canalizan a través de la inversión extranjera indirecta.

6. ¿A QUE SE CONCIDERA INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA?

Cuando el inversionista transfiere recursos monetarios desde un país extranjero y sume el riesgo comercial de los mismos, de manera tal que si el negocio tiene éxito puede obtener grandes ganancias y si fracasa perder todo su capital.

7. ¿COMO SE CANALIZA LA ENTRADA DE LOS RECURSOS MONETARIOS?

Se canaliza a través de la creación de fábricas o ampliación de las ya establecidas, la adquisición de activos, etc. La salida de recursos se efectúa mediante la transferencia de utilidades de las empres o fábricas extranjeras instaladas en el país o de la inversión extranjera destinada a la instalación de fábricas o industrias en otros países.

8. ¿QUE ES LA BALANZA DE ERRORES Y OMISIONES?

Es una cuenta de ajuste estadístico, en donde se registra la entrada y salida de divisas por conceptos no contabilizados en otros rubros. Hay actividades que por ser ilícitas o simplemente irregulares es muy difícil llevar un control o registro exacto de las mismas, tal es el caso del contrabando, el tráfico de drogas o el lavado de dinero.

9. ¿QUE REGISTRA LA CUENTA DE CAJA?

Registra el aumento o la disminución en las reservas internacionales del Banco Central. Por ejemplo, en este rubro se incluye la salida de divisas por la participación de México en los diversos organismos económicos internacionales, tales como el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF).

10. ¿CUÁLES SON LOS RUBROS QUE INTEGRAN LA BALANZA DE PAGOS?

a) Balanza de i) Balanza comercial

Cuenta corriente

ii) Balanza de servicios

i) Inversión extranjera directa

b) Balanza de

Capitales ii) Inversión extranjera indirecta

BALANZA DE PAGOS

c) Renglón de errores y omisiones

d) Cuenta de caja

AUTOEVALUACIÓN.

TEMA 2. REGULACION DEL COMERCIO A NIVEL INTERNACIONAL

1. ¿QUE SIGNIFICAN LAS SIGLAS ONU?

Organización de las Naciones Unidas

2. ¿CUANDO NACE LA ONU?

Las naciones del mundo preocupadas por los efectos devastadores del segundo conflicto bélico a nivel mundial y para evitar la repetición de las causas que le dieron origen, celebraron la llamada Conferencia d San francisco del 25 de abril al 26 de junio de 1945 donde surge la Carta de la Organización de las Naciones Unidas que crea la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en sustitución de la “Sociedad de las Naciones”.

3. ¿CUÁL ES EL OBJETO DE LA ONU?

1. “Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir los actos de agresión u otros quebrantamientos de la paz, y lograr por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz.

2. Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos y tomar otras medidas adecuadas para fortalecer la paz universal;

3. Realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos, y a las libertades fundamentales de todos sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión; y

4. Servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones por alcanzar estos propósitos comunes”.

4. ¿CUALES SON LOS PRINCIPALES ORGANISMOS ESPECIALIZADOS?

Entre los principales “organismos especializados” de la ONU creados hasta la fecha se encuentran: la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO); la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO); la Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI); el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (IRF); el Fondo Monetario Internacional (FM); y la Organización Mundial de la Salud (OMS):

5. MENCIONE LAS CINCO INSTITUCIONES DEL GRUPO BANCO MUNDIAL.

Banco Mundial (BIRF) Corporación Financiera Internacional (CFI) Asociación Internacional de Fomento (AIF) Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados (CIADI) y la Agencia Multilateral de Garantía a la Inversión (MIGA).”

6. ¿CUÁL ES EL FIN DEL GRUPO BANCO MUNDIAL?

El fin común la lucha contra la pobreza y el mejoramiento del nivel de vida de las personas alrededor del mundo, no obstante cada una de ellas tiene funciones diferentes para alcanzar dicho objetivo.

7. ¿POR QUÉ ES DE GRAN IMPORTANCIA LA FUNCIÓN DEL GRUPO BANCO MUNDIAL?

La función del grupo banco mundial es de gran importancia, pues los países menos desarrollados para alcanzar mayores niveles de comercio internacional requieren incrementar su inversión productiva en general (pública o privada y nacional o extranjera). Es claro que solamente mediante la inversión productiva los países en desarrollo pueden crear fuentes de trabajo y producir mercancías competitivas destinadas no sólo a su mercado sino también al extranjero, que les permita incrementar sus ingresos y mejorar el nivel de vida de sus habitantes.

8. ¿QUÉ SIGNIFICAN LAS SIGLAS BIRF?

Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento

9. ¿CUÁNDO SE CREO EL BIRF?

En la conferencia Monetaria y Financiera de las Naciones Unidas celebrada en Bretton Woods en el año 1944.

10. ¿AL NACER EL BIRF QUE FUE LO QUE FINANCIO?

Financio la reconstrucción y el desarrollo de los países europeos devastados por la Segunda Guerra Mundial a través del llamado “plan Marshall”, y tiene los siguientes fines conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de su acuerdo constitutivo.

1) “Contribuir a la obre de reconstrucción y fomento en los territorios de los miembros, facilitando la inversión del capital para fines productivos, incluida la rehabilitación dé las economías destruidas o dislocadas por la guerra, la transformación de los medios de producción a fin de satisfacer las necesidades en tiempos de paz y el fomento del desarrollo de los medios y recursos de producción en los países menos desarrollados.

2) Fomentar la inversión extranjera privada mediante garantías o participaciones en préstamos y otras inversiones que hicieren inversionistas privadas, y, cuando no hubiera capital privado disponible en condiciones razonables, suplementar las inversiones privadas suministrando, en condiciones adecuadas, financiamientos para fines productivos, ya sea de su propio capital, de los fondos por el obtenidos o de los demás recursos.

3) Promover el crecimiento equilibrado y de largo alcance del comercio internacional y el equilibrio de las balanzas de pagos, alentando inversiones internacionales para el desarrollo de los recursos productivos de sus miembros, que permitan incrementar la productividad, elevar el nivel de vida y mejorar las condiciones de trabajo en sus territorios.

4) Coordinar préstamos o garantías de préstamos internacionales tramitados por otros conductos, con el propósito de atender en primer término, los proyectos más útiles y urgentes.

5) Dirigir sus operaciones con atención a los efectos que las inversiones internacionales puedan tener en la economía de los miembros y, en la posguerra, contribuir a una exitosa transición de la economía de guerra a la economía de paz”.

11. ¿CUÁLES SON LAS PRINCIPALES INSTITUCIONES DEL GRUPO BANCO MUNDIAL?

SON EL BIRF Y LA AIF.

12. ¿DE QUE SE ENCARGA EL BIRF?

Canaliza sus financiamientos a los países miembros en desarrollo, a través de su “programas para el desarrollo económico”. El BIRF realiza préstamos a tasas de interés bajas y a largo plazo, para proyectos de desarrollo e inversión en países en desarrollo con intereses per cápita relativamente altos. México solamente tiene acceso a préstamos de esta institución.

13. ¿QUÉ SIGNIFICAN LAS SIGLAS AIF?

Asociación Internacional de Fomento

14. ¿CUÁNDO NACE LA AIF?

Es un órgano especializado de la ONU, fundado el 24 de septiembre de 1960.

15. ¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA AIF?

“Promover el desarrollo económico, incrementar la productividad y de este modo elevar el nivel de vida de las regiones menos desarrolladas del mundo, comprendidas dentro de los territorios de los miembros de la asociación, especialmente mediante la aportación de recursos financieros necesarios para atender a sus más destacadas necesidades de desarrollo, en condiciones más flexibles y menos gravosas para la balanza de pagos que las que suelen aplicarse en los prestamos usuales, a fin de contribuir de este modo a impulsar los objetivos de expansión económica del banco internacional de reconstrucción y fomento y a secundar sus actividades”.

16. ¿QUÉ SIGNIFICAN LAS SIGLAS CIADI?

Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y nacionales de otros Estados (CIADI).

17. DENTRO DE LA JURISDICCIÓN DEL CIADI ¿QUÉ CONFLICTOS ABARCA?

La jurisdicción del CIADI abarca los conflictos de naturaleza jurídica surgidos directamente de una inversión entre un Estado contratante (o cualquiera subdivisión política u organismo público de un Estado contratante acreditado ante el Centro por dicho Estado) y un “nacional” (personas jurídicas o naturales) de otro Estado contratante, cuando las partes hayan consentido por escrito en someter al CIADI la solución de la controversia sobre dicha inversión. De lo anterior se desprende que su jurisdicción se condiciona a los siguientes requisitos: consentimiento, sujeto y objeto.

18. ¿QUÉ ES LA MIGA?

La Agencia Multilateral de Garantía a la Inversión (MIGA), es un organismo internacional autónomo, creado bajo los auspicios del BIRF el 12 de abril de 1988, cuyo objetivo es fomentar los flujos de inversión con fines productivos entre los países miembros, particularmente los destinados a países en desarrollo, mediante un mecanismo que comprende dos aspectos aseguramiento de inversiones y soluciones de controversias. Actualmente han firmado el convenio constitutivo de MIGA más de 100 países, entre los que destacan los Estados Unidos y Canadá.

19. ¿QUÉ SIGNIFICAN LAS SIGLAS FMI?

Fondo Monetario Internacional

20. ¿QUÉ ES EL FMI?

EL FMI es una institución de cooperación que ha reunido voluntariamente a 182 países con el propósito de mantener un sistema estable para la compra y venta de sus monedas (divisas), a efecto de que se puedan realizar pagos en moneda extranjera entre los países, de manera fácil y sin demora, lo cual permite una mayor estabilidad monetaria y seguridad en el intercambio comercial. Además, realiza préstamos a sus miembros con problemas en el cumplimiento de sus obligaciones financieras frente a otros miembros, a condición de que adopten las reformas económicas necesarias para eliminar los problemas de su economía.

21. ¿QUÉ SIGNIFICAN LAS SIGLAS OIC?

Organismo Internacional del Comercio

22. ¿CUÁL ES EL OBJETO DE LA OIC?

Su principal finalidad era la de crear empleos y lograr mayor desarrollo económico y social, así como niveles de vida más elevados, mediante las siguientes acciones: aumentar el ingreso y la demanda efectiva, fomentar el desarrollo industrial y la economía mundial, facilitar el acceso a mercados, fomentar el arreglo de los conflictos comerciales y reducir las medidas arancelarias y no arancelarias.

23. ¿QUÉ ES EL GATT?

Acuerdo general sobre Aranceles Aduaneros y Comercio

El GATT es un tratado multilateral que regula el comercio internacional, estableciendo derechos y obligaciones reciprocas entre sus miembros suscrito originalmente por 23 países que negociaron 45 mil productos (concesiones arancelarias que abarcaron una quinta parte del comercio mundial), equivalente a 10 mil millones de dólares) y convinieron un protocolo para su aplicación provisional. Al no ser ratificada la “carta de la Habana” por el Senado de los Estados Unidos, el GATT prorrogó su existencia hasta el año de 1994, cuando se crea la Organización Mundial del Comercio (OMC). MEXICO no suscribió el GATT por las mismas razones que tampoco suscribió la “carta de la habana”, anteriormente señaladas.

24. ¿CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL GATT?

El GATT contiene los principios fundamentales que hasta la fecha rigen el comercio a nivel mundial, entre los que destacan: un comercio sin discriminación y arancel aduanero, única protección a la industria nacional, los cuales tienen excepciones, tal como se muestre en la siguiente tabla:

25. ¿CUÁLES SON LOS MIEMBROS QUE INTEGRAN LA ZONA DE LIBRE COMERCIO Y UNIÓN ADUANERA?

La asociación latinoamericana de integración (ALADI) y el tratado de libre comercio de América del norte (TLCAN); La unión europea, Mercosur.

26. BAJO EL PRINCIPIO FUNDAMENTAL ARANCEL, ÚNICA PROTECCIÓN A LA INDUSTRIA NACIONAL SOLAMENTE SE PUEDEN PROTEGER ¿Qué INDUSTRIAS? Y ¿CUÁLES SON LAS EXCEPCIONES?

Conforme a este principio fundamental, solamente se pueden proteger las industrias nacionales mediante arancel aduanero y no con otras medidas comerciales, sin embargo existen cuando menos las siguientes excepciones:

-Las salvaguardias

-Las excepciones propiamente dichas

-Las exenciones

-El acuerdo multifibras

-El sector agropecuario

-Las reservas del país adherente

27. ¿QUE ES LA CONFERENCIA MINISTERIAL?

ES LA MAXIMA AUTORIDAD DE LA OMC, ESTÁ COMPUESTA POR REPRESENTANTES DE TODOS LOS MIEMBROS, SE REÚNE AL MENOS UNA VEZ CADA DOS AÑOS.

28. ¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES DE LA CONFERENCIA MINISTERIAL?

a) Adopta decisiones sobré todos los asuntos comprendidos en el ámbito de cualquiera de los Acuerdos Comerciales Multilaterales, a solicitud de cualquiera de los miembros. Entre otros asuntos tiene competencia para tomar decisiones sobre enmiendas y adhesión de nuevos miembros. En la conferencia de Doha se resolvió la adhesión de China a la OMC, a partir del 11 de diciembre de 2001.

b) Establece tres comités: el Comité de Comercio y desarrollo, el Comité de Restricciones por Balanza de Pagos y el Comité de Asuntos Presupuestarios de todos los Miembros y desempeñan las funciones que les confiere el propio Acuerdo, los Acuerdos Comerciales Multilaterales y las funciones adicionales que les designe el propio Consejo general.

AUTOEVALUACIÓN.

TEMA 3. REGULACIÓN DEL COMERCIO EN LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

1. SEGÚN EL ARTÍCULO 73 FRACCIÓN IX DE LA CPEUM.- EL CONGRESO TIENE FACULTAD DE:

“ARTICULO73.- el Congreso tiene facultad: Para impedir que en el comercio de estado a estado se establezcan restricciones”.

2. DIGA QUE ES LO QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 117 FRACIONES IV,V,VI,VII.

“ARTÍCULO 117.- Los estados no pueden en ningún caso:

IV. Gravar el tránsito de personas o cosas que atraviesen su territorio;

V. Prohibir ni gravar, directa ni indirectamente, la entrada a su territorio, ni la salida de él, a ninguna mercancía nacional o extranjera;

VI. Gravar la circulación, ni el consumo de efectos nacionales o extranjeros, con impuestos o derechos cuya exacción se efectué por aduanas locales, requiera de inspección o registro de bultos o exija documentación que acompañe la mercancía;

VII. Expedir ni mantener en vigor leyes o disposiciones fiscales que importen diferencias de impuestos o requisitos por razón d procedencia de mercancías nacionales o extranjeras ya sea que estas diferencias se establezcan respecto de la producción similar de la localidad, o ya entre producciones semejantes de distinta procedencia”

3. ¿QUÉ ES LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 118 FRACCION I DE LA CPEUM?

“ARTICULO 118.- TAMPOCO PUEDEN SIN EL CONSENTIMIENTO DEL CONGRESO DE LA UNION:

1. ESTABLECER DERECHOS DE TONELAJE, NI OTRO ALGUNO DE PUERTOS, NI IMPONER CONTRIBUCIONES O DERECHOS SOBRE IMPORTACIONES O EXPORTACIONES;”

4. EXPLIQUE BREVEMENTE EL ARTÍCULO 49 DE LA CPEUM

“ARTICULO 49.- El Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

No podrán reunirse dos o más poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el legislativo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo en un individuo, salvo el caso de facultades extraordinarias al Ejecutivo d la Unión, conforme a lo dispuesto en el artículo 29. En ningún otro caso, salvo lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131, se otorgarán facultades extraordinarias para legislar”.

5. EXPLIQUE DE MANERA AMPLIA LO QUE DA A ENTENDER LAS FRACCIONS X Y XXIX DEL ARTÍCULO 73 DE LA CPEUM CON RELACIÓN A LA REGULACIÓN DEL COMERCIO.

X Para legislar en toda la República sobre comercio.

Conforme a lo previsto en los artículos 73, fracción X y 131, párrafo primero de la

CPEUM, el Congreso de la Unión tiene facultad de legislar en toda la república sobre comercio (interior y exterior), a efecto de regular o prohibir por motivos de seguridad o de policía, la circulación en el interior de la República de toda clase de efectos, cualquiera que sea su procedencia. En cuanto al comercio exterior, el Congreso tiene la facultad de imponer las denominadas medidas “no arancelarias”, tales como cupos, licencias de importación, permisos, certificados de origen y normas oficiales mexicanas, entre otras.

XXIX otorga al congreso de la unión una facultad amplia para establecer no solo aranceles, sino en general contribuciones al comercio exterior, facultad que se reitera en el artículo 131 primer párrafo de la propia constitución. Mediante esta disposición se confiere dos facultades exclusivas a la federación consistente en:

* Determinar impuestos al comercio exterior, esto es a la importación o al tránsito de mercancías y

* Reglamentar o prohibir el comercio interior por motivos de seguridad o policía.

De igual manera se prohíbe explícitamente a la Federación para:

* Establecer en el Distrito Federal impuestos por circulación y consumo de mercancías cuyo cobro se realice por aduanas locales o impuestos por deferencias de tributos, en razón de la procedencia u origen de mercancías, en los términos referidos en las fracciones VI y VII del artículo 117, por tratarse de medidas alcabalatorias que constituyen un obstáculo a la libertad de comercio.

6. EXPLIQUE DE MANERA AMPLIA EL ARTÍCULO 133 DE LA CPEUM.

La mayoría de las disposiciones que regulan actualmente el comercio de México con el resto el mundo están contenidas en tratados internacionales, razón por la cual resulta indispensable entrar a su estudio, a fin de conocer su ámbito de validez y jerarquía dentro del sistema jurídico mexicano. Con dicho propósito, se analizan los tratados desde el aspecto, tanto del derecho internacional como del derecho mexicano. En el ámbito del derecho internacional se estudia la relación existente entre el derecho interno y el derecho internacional, conforme a las principales teorías. Además, se precisa la ubicación de los tratados dentro del contexto de las fuentes del derecho internacional y los principios que los rigen, previstos en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969 (Convención de Viena). Posteriormente, se analiza la jerarquía de los tratados conforme al artículo 133 de la CPEUM, y se hace un estudio comparativo entre los tratados internacionales en México y los Congressional Executive Agreements en los Estados Unidos de América. Finalmente se exponen algunos problemas prácticos que se presentan al momento de la aplicación de los tratados en México.

7. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR TRATADO?

Dentro de las principales fuentes del derecho internacional se encuentran los tratados, en donde están contenidas las reglas que rigen las relaciones entre Estados a nivel mundial. En el ámbito internacional, los tratados están regulados en la Convención de Viena, la cual establece en su artículo 2:

“se entiende por “tratado” un acuerdo internacional celebrado por escrito entre estado y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos, cualquiera que sea su denominación particular”

Del texto anterior se desprende que los tratados internacionales presentan diferentes denominaciones que se utilizan como sinónimos, tales como: Convención, Acuerdo internacional, Pacto, Declaración. Convenio y Conferencia, entre otros términos que refieren a tratado.

8. ¿QUÉ QUIERE DECIR EL PRINCIPIO DE SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL?

En todas las constituciones mexicanas se ha consignado el principio de supremacía constitucional, conforme a la cual “La Constitución es la ley suprema, es la norma cúspide de todo orden jurídico, es el alma y la savia que nutre y vivifica el derecho, es la base de todas las instituciones y el ideario de un pueblo”.

Conforme a este principio, tanto la Constitución como las leyes del Congreso y los tratados que emanen de ella y estén de acuerdo con la misma, tienen el carácter de ley suprema.

9. ¿QUÉ FACULTADES TIENE EL EJECUTIVO FEDERAL DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 131 DE LA CPEUM.

“Artículo 131. Es facultad privativa de la federación gravar las mercancías que se importen o exporten, o que pasen de tránsito por el territorio nacional, así como reglamentar en todo tiempo y aún prohibir, por motivos de seguridad o de policía, la circulación en el interior de la republica de toda clase de efectos, cualquiera que sea su procedencia, pero sin que la misma Federación pueda establecer, ni dictar en el Distrito Federal, los impuestos y leyes que expresen las fracciones VI y VII del artículo 117.

El ejecutivo podrá ser facultado por el Congreso de la Unión para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación, expedidas por el propio congreso, y para crea otras, así como restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos, artículos y efectos, cuando lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional, o de realizar cualquier otro propósito en beneficio del país. El propio Ejecutivo, al enviar al congreso el Presupuesto fiscal de cada año, someterá a su aprobación el uso que hubiese hecho de la facultad concebida”.

El segundo párrafo adicionado mediante publicación en el DOF del 28 de marzo de 1951, permite al Congreso de la Unión delegar en el Ejecutivo atribuciones legislativas, a efecto de modificar o establecer medidas arancelarias y no arancelarias, siempre que se cumplan los requisitos previstos en dicho precepto.

10. MENCIONE LAS MEDIDAS DE REGULACIÓN Y RESTRICCIÓN NO ARANCELARIAS A LA IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN CIRCULACIÓN Y TRANSITO DE MERCANCIAS.

Son medidas cuantitativas, regulaciones sanitarias, regulaciones fitosanitarias, regulaciones de empaque, regulaciones de etiquetado, regulaciones de toxicidad, regulaciones del país de origen, regulaciones ecológicas, normas técnicas, medidas antidumping, medidas antisubsidios, medidas de salvaguardia implementadas mediante cupos, otras.

AUTOEVALUACIÓN.

TEMA 4. PRÁCTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL

1. ¿A QUE SE LE CONSIDERA PRÁCTICA DESLEAL DE COMERCIO INTERNACIONAL?

Se consideran practicas desleales de comercio internacional la importación de mercancías en condiciones de discriminación de precios (precios dumping) u objeto de subvenciones en el país de origen que causen un daño importante, una amenaza de daño importante un retraso importante en la creación de una rama de la producción nacional de mercancías idénticas o similares a las que se están importando.

2. ¿QUÉ ES EL DUMPING?

La exportación de mercancías a un precio inferior al de venta en el mercado interno o de exportación a un tercer país, o incluso por debajo del costo, es una práctica que realizan las empresas en el ámbito internacional, independientemente del país de que se trate, esto es economía de libre mercado o economía de no mercado, desarrollado o en desarrollo.

El termino dumping proviene de la expresión inglesa “to dump”, que significa arrojar, tirar, descargar o vaciar de golpe. La etimología de la voz “dumping” se asocia con las prácticas comerciales consistentes en inundar un mercado con determinados productos, vendidos a precios sustancialmente inferiores a los corrientes.

Doctrinalmente el dumping se define como una forma de comportamiento de los precios, en la cual un productor o exportador extranjero de una mercancía discrimina entre dos mercados, ya sea entre un mercado domestico o interno y un tercer mercado de exportación, o entre dos mercados regionales en el mismo país, estableciendo precios diferentes en cada uno. El dumping internacional consiste en que el productor o exportador vende un mercado externo a un precio más bajo que el de la mercancía vendida en su mercado interno.

3. MENCIONE Y EXPLIQUE LOS TIPOS DE DUMPING.

a) Dumping depredatorio

Tiene como finalidad la eliminación de los competidores del exportador en el país importador, mediante la venta de mercancías en condiciones de discriminación de precios, y en muchas ocasiones por debajo de costos, durante un tiempo estratégicamente planeado. Este tipo de dumping no es muy frecuente y se puede presentar cuando existe una industria débil en el país importador, frente a una industria exportadora significativamente más fuerte en el país de origen de la mercancía, y ante la ausencia de competidores externos de importancia.

DUMPING NO DEPRADATORIO.

El exportador vende mercancías al exterior a precios discriminados por cuestiones coyunturales en la economía de su país. No ay una intención de causar un daño a la producción nacional de mercancía idéntica o similar en el país importador.

DUMPING PERMANENTE.

Se presenta cuando las exportaciones en condiciones de dumping al territorio de un país se realizan en forma continua y se prolongan en el tiempo.

DUMPING OCASIONAL O ESPORADICO.

Es aquel que tiene lugar en periodos relativamente cortos y por alteraciones no estructurales en la economía del país exportador o en los mercados internacionales, por lo que resulta difícil detectarlo.se origina por desplazamientos en la demanda del país exportador, que provoca niveles de capacidad excedente, el cual para obtener una maximización de sus utilidades realiza ventas de exportación a precios discriminados.

DUMPING ABIERTO.

Se presenta cuando la simple comparación del precio de exportación con el valor normal, refleja claramente la existencia de la discriminación de precios.

DUMPING ENCUBIERTO.

Es aquel que esta disimulado u oculto por actos voluntarios de los exportadores o importadores, o de ambos, de manera tal que con la simple comparación del precio de exportación con el valor normal no se puede detectar la existencia de la discriminación de precios.

4. ¿CUÁLES SON LOS INSTRUMENTOS JURÍDICOS QUE REGULAN LOS ASPECTOS SUSTANTIVOS DE LA PRACTICA DESLEAL DEL DUMPING?

Los instrumentos jurídicos que regulan los aspectos sustantivos de la práctica desleal de dumping son: la ley de comercio exterior (LCE), el reglamento de la ley de comercio exterior (RLCE); el acuerdo general de aranceles aduaneros y comercio de 1947 (Artículo VI), conocido como GATT de 1947; el acuerdo relativo a la aplicación del Artículo VI del acuerdo general sobre aranceles aduaneros y de comercio, conocido como acuerdo antidumping (AA); y otros tratados internacionales que contengan disposiciones sobre la materia.

En los casos en que exista una diferencia de criterios entre el AA, la LCE y el RLCE, para determinar la existencia de la práctica desleal del dumping, es preciso tener presente que en las investigaciones sobre importaciones de mercancías originarias de países miembros de la Organización Mundial del comercio (OMC), en la práctica se aplica lo señalado en el artículo VI del GATT de 1947 y en el AA, y solamente se invocan la LCE y el RLCE en lo que no sean contrarios a los mencionados tratados comerciales internacionales. en tanto que en los casos de mercancías originarias de países no miembros de la OMC, solamente se aplica la LCE y el RLCE:

En México, la autoridad competente para llevar a cabo las investigaciones por dumping y subvenciones es la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía (UPCI):

5. ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA CALCULAR EL VALOR NORMAL?

Para calcular el valor normal, a través del precio de venta de mercancía idéntica o similar en el mercado interno, es necesario cumplir los siguientes requisitos:

* Que en el país de origen haya ventas de mercancías idénticas o similares a las exportadas.

* Que las ventas en el mercado interno de mercancías idénticas o similares sean representativas o suficientes por volumen; y

* Que las ventas representativas por volumen estén determinadas en el curso de operaciones comerciales normales.

El valor normal se podrá calcular a través de cualquiera de los dos métodos siguientes:

* Precio de exportación de mercancía idéntica o similar del país de origen a un tercer país o

* Valor reconstruido de mercancía idéntica o similar a la que se está exportando, en el país de origen.

Los tres métodos para determinar el valor normal de una mercancía.

La LCE y el AA conceden un total discrecionalidad a la autoridad investigadora para determinar el valor normal, esto significa que cuando no exista precio interno o el precio interno no reúna los requisitos establecidos en las leyes o tratados, el valor normal se podrá calcular de manera optativa mediante el precio de exportación a un tercer país o a través del mecanismo de valor reconstruido.

METODOS PARA LA DETERMINACIÓN DE UN VALOR

PRECIO INTERNO EN EL PAÍS DE ORIGEN |

OPTATIVAMENTE

VALOR RECONTRUIDO EN EL PAÍS DE ORIGEN |

PRECIO DE EXPORTACIÓN DEL PAÍS DE ORIGEN A UN TERCER PAÍS |

6. ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL VALOR NORMAL MEDIANTE PRECIO DE EXPORTACIÓN A TERCER PAÍS?

Conforme a lo previsto en los artículos 31 de la LCE del AA, cuando no se realicen ventas de mercancías idénticas o similar en el país de origen o las ventas efectuadas no cumplan con el requisito de representatividad o suficiencia por volumen, o no estén determinadas en el curso de operaciones comerciales normales, el valor normal se “deberá” calcular con base al precio de exportación más alto de una mercancía idéntica o similar del país de origen a un tercer país, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:

* Que las ventas del país de origen a un tercer país sean representativas por volumen y

* Que las ventas representativas por volumen estén determinadas en el curso de operaciones comerciales normales.

Conforme al artículo 51 del RLCE el precio de exportación a tercer país utilizado para la determinación del valor normal, debe ser el precio efectivamente pagado o por pagar por el comprador incluyendo los descuentos sobre el precio de lista, las bonificaciones y los reembolsos.

7. ¿CÓMO SE OBTIENE EL VALOR RECONSTRUIDO EN EL PAÍS DE ORIGEN?

Conforme a lo previsto en el artículos 31 de la CLE y del AA, el valor reconstruido en el país de origen se obtiene de la suma del costo de producción en el país de origen, los gastos generales y el monto de una utilidad (beneficio) razonable. Estos tres elementos deben corresponder a operaciones comerciales normales. Algunos especialistas consideran que como los productos solicitantes están obligados a presentar la información razonablemente disponible, podrían calcular los costos del país de origen sobre la base de los costos de la industria doméstica en el país de importación, efectuando los ajustes que procedan por las diferencias existenciales en la industria del país de importación y del de exportación.

8. ¿CÓMO SE CALCULA LA UTILIDAD?

Conforme a lo previsto en el artículo 2.2.2, inciso iii) del AA, las cantidades por concepto de beneficio (utilidad) se calcularán en base a datos reales del productor o exportador, en el curso de operaciones comerciales normales o, de no ser posible, en cualquier otro método razonable siempre que la cantidad por concepto de beneficios establecida de ese modo no exceda del beneficio obtenido normalmente por otros exportadores o productores en las ventas de productos de la misma categoría general, en el mercado interno del país de origen.

9. ¿CÓMO SE DETERMINA EL VALOR NORMAL EN ECONOMIA CENTRALMENTE PLANIFICADA O DE NO MERCADO?

El art. 31, 33 de la LCE y 48 DEL RLCE.

El AA no señala una metologia para determinar el valor normal en el caso de mercancías originarias de un país “sin economía de mercado”, de “economía de no mercado” o de “economía centralmente planificada”. La legislación de cada país utiliza algunos de los conceptos señalados y establece, tanto los parámetros para su identificación como la metodología aplicable para el cálculo del valor normal.

10. ¿CÓMO SE DETERMINA EL VALOR NORMAL EN PAÍS DE PROCEDENCIA?

Conforme a lo previsto en la LCE y el AA, cuando una mercancía se exporte a México desde un tercer país (intermediario o de exportación), excepcionalmente, el valor normal de dicha mercancía se podrá determinar con base en el precio de venta de mercancía idéntica o similar en el país de exportación o procedencia y no en el país de origen como normalmente se hace, siempre y cuando:

* Se realicen ventas de las mercancías objeto de investigación en el mercado interno del país intermediario.

* Se produzca mercancía idéntica o similar a la que es objeto de investigación, en el país intermediario.

* Exista un precio comparable en el país intermediario. Esto significa que las ventas de la mercancía idéntica o similar producida en el país intermediario, deben ser representativas por volumen y estar determinadas en el curso de operaciones comerciales normales.

En otras palabras, si la mercancía sólo transita en el país intermediario, no se produce o no existe un precio comparable en dicho país, el valor normal se calculará conforme al precio interno del país de origen.

11. DIGA USTED QUE ENTIENDE POR VALOR NORMAL DE EMPRESAS COMERCIALIZADORAS

Aun cuando no existe disposición expresa, en diferentes artículos del AA se hace referencia a productoras y “exportadoras”, siendo estas últimas las comercializadoras, por lo que se les debe calcular un valor normal, determinar un margen individual de discriminación de precio e imponer una cuota compensatoria especifica.

México en la mayoría de las ocasiones ha considerado improcedente la determinación de un valor normal a las empresas comercializadoras, al considerarlas como un departamento de ventas de las productoras, consecuentemente, les ha impuesto la cuota compensatoria aplicable a su proveedora. Solamente en los casos de placa en rollo de Canadá y de carne de bovino de los Estados Unidos, la autoridad investigadora ha calculado un valor normal individual a empresas comercializadoras.

12. ¿CUÁLES SON LAS REGLAS PARA LA DETERMINACIÓN DE PRECIO DE EXPORTACIÓN A TERCER PAIS?

Las reglas para la determinación del valor normal mediante los métodos de precio de venta de mercancía idéntica o similar en el país de origen o de precio de exportación de mercancía idéntica o similar del país de origen a un tercer país, en el caso de empresas comercializadoras, son las mismas que se aplican para las empresas productoras.

13. DIGA USTED LA DEFINICIÓN DE PRECIO DE EXPORTACÓN.

En la LCE, en el RLCE y en el AA no hay una definición de “precio de exportación”, sin embargo del artículo 51 del RLCE se desprende que para efecto de las investigaciones en materia de prácticas desleales se entiende por precio de exportación, “el precio efectivamente pagado, neto de reembolso y bonificaciones otorgados en cada transacción”.

14. ¿CÓMO SE DETERMINA EL PRECIO DE EXPORTACIÓN RECONSTRUIDO?

El precio de exportación se podrá determinar con el método de precio de exportación reconstruido, el cual se calcula en base al precio de la primera reventa a un comprador independiente en México o sobre una base razonable que la autoridad determine.

15. ¿QUÉ ES EL PRECIO DE EXPORTACIÓN RECONSTRUIDO?

Conforme a lo previsto en los artículos 35 de la CLE, 50 del RLCE, del AA, cuando el exportador y el importador estén vinculados, o exista una asociación o arreglo compensatorio entre el exportador y el importador o un tercero.

16. ¿QUE PERIODO COMPRENDE EL PERIODO INVESTIGADO?

Conforme a lo previsto en el artículo 76 del RLCE, el período investigado normalmente comprende de seis meses a un año anteriores al inicio de una investigación, durante el cual se realiza la comparación entre el valor normal y el precio de exportación para la determinación de la existencia de discriminación de precios.

17. ¿QUE SE COMPARA EN EL PERIODO INVESTIGADO?

El valor normal y el precio de exportación

18. ¿COMO SE AJUSTA EL PRECIO DEL VALOR NORMAL?

La determinación del valor normal mediante el método de precios (al mercado interno o de exportación), se debe realizar con base en los precios efectivamente pagados o por pagar por el comprador, incluyendo los descuentos sobre precios de lista, las bonificaciones y los reembolsos, conforme a lo previsto en el artículo 51 del RLCE.

En otras palabras, el precio del valor normal se debe ajustar por concepto de descuentos sobre precios de lista, bonificaciones y reembolsos, restando al precio del valor normal las cantidades relativas a dichos conceptos, para obtener e cualquier caso, el precio efectivamente pagado.

19. DIGA USTED ¿CUÁL ES LA METODOLOGIA PARA EL CÁLCULO DE LOS AJUSTES?

La metodología propuesta debe corresponder al menor nivel de agregación posible, conforme a la contabilidad de la propia empresa:

PRIMERO. Nivel Empresa o Nivel Corporativo. Los gastos se registran para toda la empresa, incluyendo todas las líneas de producto o divisiones de producción de la empresa;

SEGUNDO. Nivel División de Producción. Los gastos se registran por cada división o línea de producción de la empresa; y

TERCERO. Nivel Código de Producto. Es el menor nivel de agregación y permite identificar los gastos para cada código de producto.

20. ¿QUÉ ES LO QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 54 DEL RLCE?

Establece Ajustes al valor normal y al precio de exportación. Las diferencias entre el valor norma y el precio de exportación, respecto a términos y condiciones de venta son motivo de ajuste siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

a) Que se relacionen directamente con los mercados bajo investigación.

b) Que los gastos ajustables sean incidentales a las ventas. Esto significa que los gastos objeto de ajuste se efectúen con motivo de la venta del producto investigado, que no sean gastos de carácter general.

21. EXPLIQUE BREVEMENTE EL AJUSTE POR GASTOS DE EMBALAJE.

Cuando el gasto de embalaje está incluido en el precio de venta es ajustable, siempre que sea un gasto incidental a la venta. Esto significa que el gasto de embalaje lo erogue la empresa vendedora para que la mercancía de que se trate, cuente con los requerimientos necesarios para salvaguardar su integridad durante su traslado al lugar pactado con el comprador, ya sea dentro del país de origen o fuera de él.

22. ¿QUE ENTIENDE POR AJUSTE POR CARGOS DE TRANSPORTE?

Cuando el valor normal o el precio de exportación incluyen gastos de flete, seguro, maniobras fuera de planta, derechos portuarios o aduanales, y no se cobran por separado en la misma factura, procede realizar el ajuste del gasto de que se trate, en virtud de que el vendedor asume un gasto que corresponde al comprador.

23. ¿EN QUE CONSISTE EL AJUSTE POR GASTOS DE CRÉDITO?

Es común que las empresas otorguen créditos o financiamientos implícitos a sus clientes al realizar sus ventas, tanto al mercado interno como de exportación.

Este financiamiento implícito lo otorgan las empresas por el tiempo que transcurre entre la fecha de facturación de la mercancía y la fecha de pago de la misma, y varía en función del mercad y del cliente a quien se vende la mercancía.

Para efecto del ajuste, el gasto del crédito no debe formar parte del precio o estar integrado a este, es por eso que se debe restar, tanto al precio interno (valor normal) como el precio de exportación, con el propósito de situar ambos precios al mismo nivel, esto es, sin crédito.

24. ¿EN QUE MOMENTO SE CONSIDERA QUE EXISTE UN AJUSTE POR COMISIÓN?

Se considera que existe un gasto por comisión cuando una empresa concede u otorga una remuneración a sus agentes de ventas, promotores de ventas o comisionistas por las ventas realizadas.

Por lo general, el monto de esa remuneración o comisión consiste en un porcentaje del valor de las ventas que el comisionista consigue para la empresa vendedora.

Este ajuste procede cuando el gasto por comisión está incluido dentro del precio de la factura, ya sea que se trate de ventas al mercado interno o de ventas al mercado de exportación, o de ambas, según la política de ventas de la empresa.

25. EXPLIQUE LA FORMULA A-B=C

A = Precio unitario sin ajustar

B = Monto de comisión por unidad

C = Precio unitario ajustado

26. DIGA USTED ¿QUE ENTIENDE POR AJUSTE DE PAGOS POR SERVICIOS POSTERIORES A LAS VENTAS?

Es frecuente que en cierto tipo de productos, tales como aparatos electrodomésticos (refrigeradores, lavadoras, licuadoras), computadoras y equipo especializado en general, los vendedores incluyan en el precio de venta de la mercancía una garantía por un tiempo determinado, posterior a la fecha de venta (seis meses o un año); dicha garantía comprende reparaciones, mantenimiento y asistencia técnica, lo cual implica gastos al vendedor que deben ser a cargo del comprador.

27. ¿CUÁL ES EL PROPÓSITO DEL AJUSTE AL VALOR NORMAL?

Estos ajustes tienen como propósito igualar el valor normal al precio de exportación, en cuanto a diferencias físicas, en cantidades y en cargas impositivas de los productos. Un ajuste al valor normal implica que el precio de exportación no sufra ninguna alteración o ajuste, pues precisamente en base al precio de exportación, supuestamente en condiciones de discriminación de precios, se va determinar la relación causal del daño, amenaza de daño o retraso a la producción nacional.

28. EXPLIQUE DE MANERA GENERAL EL ARTÍCULO 56 DEL RLCE.

Conforme al artículo 56 del RLCE, generalmente se consideran físicamente diferentes las mercancías clasificadas en códigos de productos distintos, con base en el sistema contable de la empresa.

29. EXPLIQUE Y EJEMPLIFIQUE EL AJSUTE POR DIFERENCIAS EN CANTIDADES.

Este ajuste se aplica dependiendo de las políticas de descuento de cada empresa. Los precios varían en función del volumen, esto es a mayor volumen menor precio y a menor volumen mayor precio.

TABLA PAG 181

30. ¿COMO SE AJUSTAN LAS CARGAS IMPOSITIVAS?

Cuando la carga impositiva cobrada en las ventas internas sea diferente a la carga impositiva cobrada en las ventas de exportación; los precios de las ventas internas se homologaran a los precios de las ventas de exportación a efecto de ajustar la diferencia que exista entre ambas cargas impositivas, conforme a lo previsto en el artículo 57 del RLCE.

31. ¿QUE ES LA INFLACIÓN?

La inflación es el aumento general y continuado en el tiempo de los precios. Las causas que la provocan son variadas, aunque destacan el crecimiento del dinero en circulación, que favorece una mayor demanda, o del coste de los factores de la producción (materias prima, energía, salario, etc). Si se produce una baja continuada de los precios se denominan deflación.

32. MENCIONE LOS EFECTOS DE LA INFLACIÒN

La inflación puede afectar la comparación de precios, principalmente cuando una economía tiene un alto índice inflacionario, por lo que procede ajustar el valor normal y el precio de exportación, para eliminar los efectos de la inflación.

“Los efectos de la inflación sobre la información que sirva de base para la determinación del margen de discriminación de precios se ajustaran conforme a las técnicas estadísticas y contables generalmente aceptadas.

Para efectos de la conversión de divisas, el tipo de cambio aplicable deberá corresponder a la fecha en la cual cada transacción se llevo a cabo”.

Los efectos de la inflación en los precios promedio ponderados comparables (valor normal y precio de exportación) se pueden corregir haciendo la conversión de precios a una moneda que presente niveles de inflación muy bajos, por ejemplo el dólar americano, utilizado un tipo de cambio de la fecha de transacción o de venta, la cual puede corresponder a la fecha de factura.

33. DE LA COMPARACIÒN ENTRE EL VALOR NORMAL Y EL PRECIO DE EXPORTCIÒN DURANTE EL PERIODO INVESTIGADO…¿COMO SE DETERMINA ESTE?

El primer dato que se verifica es la existencia o no de un margen de discriminación de precios y, en su caso, el monto de la cuota compensatoria, la cual no puede ser superior al margen de discriminación de de precios encontrado.

El margen de discriminación de precios se puede calcular de manera individual para cada uno de los exportadores que presenten información sobre su valor normal y precio de exportación, o bien, Con base en una muestra cuando participan en la investigación un gran número de partes.

34. MENCIONE Y EXPLIQUE QUE SON LOS INTERCOMMS.

Los términos más utilizados en los contratos de compra venta internacional de mercancías, incluyendo los señalados en los artículos 54 de la LCE y 2.4 del AA, están expresados en los denominados intermms, que son un conjunto de reglas de acepción voluntaria por las partes, expresadas por siglas o abreviaturas reconocidas a nivel internacional.

El aumento significativo en las relaciones comerciales internacionales a raíz de la globalización, ha desembocado en una creciente complejidad en las operaciones de compra venta internacional de mercancías entre países de diferentes idiomas, costumbres y leyes en materia comercial.

35. CUÁL ES EL PROPÓSITO DE LOS INTERCOMMS?

Brindar una mayor seguridad jurídica a los agentes involucrados, respecto a sus derechos y obligaciones en los contratos de compraventa de mercancías, y para facilitar el intercambio comercial internacional , la Cámara de Comercio Internacional (CCI) creó un conjunto de reglas internacionales para la interpretación de los términos más utilizados en el comercio internacional; estas reglas son conocidas como “Incoterms de 1936” (International Commerce Terms), los cuales han sido modificados en 1963, 1967,1976,1980,1990 y en el 2000, con el propósito de adaptarlos a las necesidades del dinamismos del tráfico comercial internacional, mejorar su redacción, y asegurar que su significado refleje con precisión y claridad la práctica del comercio internacional, para incrementar su eficacia.

TEMA V

1. MENCIONE Y EXPLIQUE QUE ES LA PRÁCTICA DESLEAL DE SUBVENCION A LA INDUSTRIA Y A LA AGRICULTURA

(2) Tanto el dumping como la subvención o subsidio son practica desleales de comercio internacional el gobierno extranjero es uno de los agentes principales de la práctica desleal. El termino subsidio comprende todo tipo de apoyos fiscales, crediticios, financieros técnicos o de cualquier índole de exportadores nacionales a fin de colocarnos en condiciones competitivas en los mercados externos. Frecuentemente cuando un sistema no opera adecuadamente, tanto países desarrollados como menos desarrollados tienen que proveer ciertos bienes y servicios a los miembro de su sociedad, ya sea a precio sustancialmente menos a las del mercado o gratuitamente. Los gobiernos consideran

que los programas de subsidio son la única opción viable para su desarrollo económico y para cubrir las necesidades básicas de la población, tales como alimentos, vestido y atención medica esta distorsión en el comercio permite que los impresos beneficiarios vendan sus mercancías a precio mas bajos a los del mercado internacional así adquieran deslealmente una ventaja competitiva sobre sus competidores a nivel mundial.

2. CUAL ES EL MARCO JURIDICO DE LA PRACTICA DESLEAL DE SUBVENCION O SUBSIDIO.

Los instrumentos que regulan la práctica desleal son: la ley de comercio exterior (RLD); reglamento de la ley de comercio exterior (RLCE); el acuerdo general de aranceles aduaneros y comercio de 1947 (art. VI) conocido como GATT de 1947; el acuerdo relativo a la aplicación del artículo v1 del acuerdo general sobre aranceles aduaneros y de comercio, conocido como acuerdo antiduping (AA); y otros tratados internacionales que contengan disposiciones sobre la materia. En MEXICO, la autoridad competente para llevar a caso las investigaciones por dumping y subvenciones en la unidad de practicas comerciales internacionales de la secretaria de comercio (UPCI).

3. EXPLIQUE BREVEMENTE LA CLAUSULA DE PAZ.

Se estableció un régimen temporal de excepción, conforme al cual, durante un periodo de nueve anos que inicia en 1995 y concluye el 31 de diciembre de 2003 (PERIODO DE APLICACIÓN), la subvenciones otorgadas a los productos agrícolas enumerados en el anexo. La cláusula de paz ha beneficiado principalmente a los países ricos, un gobierno solo otorga subvenciones si tiene los recursos suficientes para ello. el beneficio que obtienen los países en desarrollo por el régimen de excepción “cláusula de paz” es inferior a la de los países desarrollados, y que las cantidades que los países en desarrollo otorgan por subvencion a sus agricultores son mínimas en comparación a los montos destinados por los países desarrollados. Estados unidos, la unión europea y Japón destinaron a subvenciones montos superiores a los 300 mil millones de dólares.

4. DE LA DEFINICION DE SUBVENCION EN EL SENTIDO AMPLIO DE ESTA.

La normatividad en materia de subvención es discriminatoria, por el ASA solo permitió mantener las subvenciones a niveles reducidos, a aquellos países que inicialmente subvencionaban las exportaciones, en perjuicio de aquellos que no concedían subsidios. Definición en sentido amplio, subsidio es cualquier contribución financiera que otorga un gobierno a una empresa o rama de producción nacional, o cualquier forma de sostenimiento de los ingresos a los precios que concede un gobierno a una empresa o rama de producción nacional, y que con ello proporciona un beneficio.

5. QUE ES LA CONTRIBUCION FINANCIERA.

Es toda la ayuda económica que brinda uno o mas gobiernos, a una empresa o rama de producción nacional, en forma directa a través de sus organismos públicos o mixtos, sus entidades o cualquier organismo regional, público o mixto constituidos por uno o más países, o en forma directa a través de un mecanismo de financiación de una entidad privada, mediante, transferencia directa de fondos (donación) (préstamos y aportaciones de capital). (Bonificaciones fiscales) prestación de servicios o disposición de bienes que no son de infraestructura general. Compra de bienes o servicios.

6. DEFINA Y EXPLIQUE EL BENEFICIO Y ¿Cómo SE CALCULA ESTE?

El beneficio. Se considera que la subvención de un gobierno concede un beneficio a una empresa o rama de producción nacional, cuando esta recibe un bien o servicio (recursos públicos) del gobierno, que no corresponde a condiciones del mercado. El calculo del beneficio se calcula o se mide en función de la ventaja económica que se otorga al receptor y no por el costo que representa para el gobierno la ayuda financiera, conforme al método que para tal efecto este represente en la legislación nacional, el cual deberá estar acorde con las siguientes directrices.

7. Explique BREVEMENTE LA ESPECIFIDAD.

Una subvención (ayuda financiera forma de sostenimiento de ingresos o de precios) es especificad cuando la otorga un gobierno a una rama de producción nacional conforme a los siguientes criterios: cuando de hecho o de derecho se limitan el acceso a la subvención o determinadas empresas. La limitación del derecho se establece en una ley reglamento o documento de otorgar la subvención no se aplican las condiciones y criterios objetivos especificados en la ley reglamento. Cuando las condiciones y criterios para otorgarla no garantizan imparcialidad se favorece a determinadas empresas respecto a otras.

8. QUE ENTIENDE POR PERIODO INVESTIGADO.

Normalmente comprende de 6 meses a un ano anteriores al inicio de una investigación durante ese tiempo se determina la existencia de exportaciones a precios subvencionados. En la solicitud de inicio a la autoridad investigadora un periodo investigado y aportar las pruebas que razonablemente estén a su alcance sobre la existencia de la subvención en el país de origen y el precio de exportación, ambas dentro de dicho periodo. Es preciso considerar la diferencia existente entre el “periodo investigado” y el denominado “periodo analizado”.el segundo se refiere a un lapso de 3 a 5 años anteriores a la representación de la solicitud, en la cual se evalúa el incremento en el volumen de importaciones a precios subsidiados, u efecto en los precios de productos idénticos o similares en el mercado interno y la repercusión nacionales de tales productos. El periodo analizado incluye el periodo investigado sin embargo se reitera que la base de análisis de uno a otro es destino.

9. MENCIONE Y EXPLIQUE QUE ES EL CALCULO DEL MARGEN DE SUBVENCION Y COMO SE OBTIENE.

El margen de subvención se refiere a la diferencia relativa entre el precio de exportación subsidiado, el precio de exportación no afectado por suicidios no existe por lo que se tiene que inferiré esta inferencia se obtiene mediante el siguiente procedimiento: se mide el costo adicional que cada que exportador hubiera tenido que pagar si no hubiera sido subsidiado y este ahorro en costo se mide en términos del precio de exportación. El porcentaje resultante se aplica como margen de subvención. En este contexto, por costo de producción se entiende la suma del costo de materiales y componentes directos, costos de mano de obra directa y gastos indirectos de fabricación.

10. EXPLIQUE BREVEMENTE QUE ENTIENDE POR INVESTIGACIONES CONJUNTAS POR DUMPIG.

Conforme a lo previsto en el AA y el ASMC, un país solamente puede imponer una cuota compensatoria como resultado de una investigación en la que se demuestre la existencia de importaciones en condiciones de discriminación precios o de subvenciones que causen un daño importante o un retrazo importante a la producción nacional de mercancía idéntica o similar a la importada.

11. EXPLIQUE DETALLADAMENTE LA CLASIFICACION DE LAS SUBVENCIONES.

Las subvenciones se identifican por “comportamientos “ a los que se les han asignado los colores de las luces del semáforo. Actualmente, conforme al ASMC existen dos compartimientos: (rojo prohibidos)y (ámbar recurribles). Anteriormente se incluye el verde (permisibles), (o no recurribles), sin embargo estas subvenciones tuvieron una vigencia de 5 anos no prorrogados, contados a partir de la entrada en vigor de los acuerdos de la OMC, por lo que concluyeron el 31 de diciembre de 1999 conforme a lo previsto en el artículo 31 del ASMC. Estas subvenciones estaban destinadas a cualquiera de las siguientes actividades: investigación; asistencia a regiones desfavorecidas y adaptación de instalaciones a nuevas exigencias ambientales.

12. A QUE SE REFIERE CUANDO HABLAMOS DE SUBVENCIONES PROHIBIDAS.

Subvenciones prohibidas. En general, las subvenciones se identifican por compartimientos. A reserva de lo previsto en el asa conforme al artículo 3 del ASMC, se considera que una subvención es prohibida cuando la ayuda financiera o la forma de sostenimiento de ingresos o de precios de un (os) gobierno (s), además de otorgar un beneficio y ser especifica: las subvenciones a la exportación y al contenido nacional están prohibidas porque se establecen para distorsionar el comercio y, en consecuencia, es muy probable que tengan efectos desfavorables en otros países. Sin embargo, los miembros en desarrollo pueden mantener sus subvenciones prohibidas, en los términos establecidos en el propio ASMC.

13. EXPLIQUE BREVEMENTE QUE ENTIENDE POR SUBVENCIONES DEL COMPARTIMIENTO RECURIBLES.

Con excepción de la subvenciones a productos agropecuarios a los que se les aplican al ASA .una subvención es recurrible cuando la ayuda financiera o la forma de sostenimiento de ingresos o de precios de un o de unos gobiernos, además de ser especifica produce alguno de los tres efectos desfavorables para los intereses de otros miembros que a continuación se señalan: DANO A LA RAMA DE PRODUCCION NACIONAL.

LA ANULACION O MENOSCABO DE LAS VENTAJAS RESULTANTES PARA OTROS MIEMBROS.

PREJUICIO GRAVE A LOS INTERESESDE OTROS MIEMBROS.

14. QUE ENTIENDE POR ADOPCION DE MEDIDAS DE AUXILIO.

Conforme a lo previsto en la nota al pie de pagina numero 35 del ASMC, cuando el efecto desfavorable de una subvención consista en un daño importante, una anulación o menos cabo, el miembro afectado podrá invocar paralelamente las disposiciones del procedimiento ante el OSD-GE(parte 111)y de investigación administrativa(parte v).no obstante, solamente podrá adoptar una forma de auxilio(contra medidas o cuotas compensatorias), respecto a los efectos que tenga la subvención en el mercado del país afectado. La nota 35 es confusa pues el procedimiento de investigación prevista en la parte v. (medidas compensatorias) tiene como propósito determinar la existencia del efecto desfavorable del daño importante de la amenaza del daño importante o del retraso importante en la rama de producción nacional del país importador conforme a lo previsto en el artículo 11.2 del ASMC, y de la anulación o menoscabo a los intereses de otros miembros.

15. CUAL ES LA CLASIFICASION EN BASE AL GRADO DE DESARROLLO DE LOS PAISES? SEGÚN LAS SUBVENCIONES OTORGADAS POR PAÍSES EN DESARROLLO.

Los miembros tienen la obligación de notificar a los demás miembros a mas tardar del 30 de junio de cada ano a través de comité sobre subvenciones y medidas compensatorias. La notificación debe contener información relativa a la importancia y naturaleza de la subvención, su forma cuantía, duración efecto, finalidad y circunstancia que la hacen necesaria. De igual manera los miembros deberán notificar al CSMC sobre todas las medidas preliminares y definitivas adoptadas.

16. EXPLIQUE BREVEMENTE LAS SUBVENCIONES EL COMPARTIMIENTO EN CADA UNO DE SUS COLORES .

las subvenciones se identifican por “compartimientos” a los que se le han asignado los colores de las luces del semáforo. Actualmente, conforme al ASMC, existen dos compartimientos: rojo (prohibido) Y ámbar (recurrible). Anterior mente se incluía el verde (permitido o no recurrible), sin embargo, estas subvenciones tuvieron una vigencia de cinco anos no prorrogado contando a partir de la entrada en vigor de los acuerdos de la OMC, por lo que concluyeron el 31 de diciembre de 1999.

17. EPLIQUE EL ACUERDO SOBRE LA AGRICULTURA.

En la terminología de la OMC. La subvenciones o subsidios a los “productos agropecuarios” regulados en el ASA, se identifican por compartimientos de colores, ámbar, “verde” azul y los denominados de trato especial y diferenciados” para paises en desarrollo. El ASA no tiene compartimiento rojo, por lo que las subvenciones a la exportación no están prohibidas, sin embargo tienen la categoría de recurribles.

18. QUE ES LO QUE SE PRETENDIA CON EL PROTOCOLOGO DE ADHESION DE CHINA A LA OMC.

Las subvenciones otorgadas por el gobierno chino a sus productos están reguladas por el ASMC Y EL AA en su caso. Tiene la obligación de notificar a la OMC todas las subvenciones que concedan su territorio, esto es, cualquier contribución financiera que otorgue, directa o indirectamente, a una (s) empresa (s) o rama (s) de producción nacional, o cualquier forma de sostenimiento de los ingresos o de los precios que otorga una (s) empresa (s) o rama (s) de producción nacional, y que con ello les conceda un beneficio. (Además, a partir) de su ingreso a la OMC. CHINA se comprometió a eliminar todas las subvenciones prohibidas esto es: china se considera como país con economía o centralmente planificada en el pro tocólogo de adhesión se estableció un trato diferenciado en cuanto a la aplicación del principio de especificad y respecto a la metodología para calcular el “beneficio” a la producción nacional.

TEMA VI

1. MENCIONE Y EXPLIQUE LAS TRES MODALIDADES, CONFORME A LO PREVISTO EN EL AA Y EN EL ASMC EL TÉRMINO DAÑO EN SENTIDO GENÉRICO.

Conforme a lo previsto en el ASMC el termino dañó (en sentido genérico).comprende las tres siguientes modalidades: un daño importante causado a una rama de producción nacional (daño importante) una amenaza de daño importante a una rama de producción nacional ( amenaza de daño importante )o un retraso de importante en la creación de una rama de la producción nacional ( retraso importante en la creación de una rama de la producción nacional) (retraso importante) de mercancía idénticas o similares aquellas que se estén importando o pretendan importarse en sentido de discriminación de precios o de subvenciones. Al respecto, el AA y el ASMC señalan: A este requisito se le conoce como prueba de daño importante, prueba de amenaza de dañó o prueba de retraso importante, según el cazo.

2. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR RAMA DE PRODUCCIÓN NACIONAL?

Es preciso distinguir el significado de una rama de producción nacional. Para un inicio de investigación y para cubrir el requisito de “representatividad” de la prueba de daño importante o retraso importante. El 25 % de la producción nacional total de la mercancía idéntica o similar, conforme a lo previsto en los artículos 50 de la LCE,5 4 del AA y 11. 4 del ASMC; a este requisito se le conoce como “principio de representatividad para inicio de “investigación” conforme el esquema de la siguiente tabla. La expresión rama de producción nacional se entenderá en el sentido de abarcar el conjunto de los productores nacionales de la productos similares o aquellos de entre ellos cuya producción conjunta constituye una producción importante de la producción nacional total de dichos productos en el AA y el ASMC no se señala un porcentaje o parámetro para determinar una producción importante de la producción nacional total, por lo que la autoridad investigadora deberá determinarlo en cada caso dependiendo de diversos factores. Grado de atomización de los productos (si están asociados o desintegrados); número de productores; y producto investigado (si se trata de bienes de capital, bienes agropecuarios, bienes finales, bienes químicos, entre otros).

3. ¿CÓMO SE INTEGRA LA RAMA DE PRODUCCIÓN NACIONAL?

Rama de producción nacional. Producción nacional total de la mercancía o similar. Productos solicitantes de la mercancía la rama de la producción nacional no siempre se determina por producción nacional total, a efecto determinar una parte importante o el 25 por ciento de la misma. La “rama de la producción nacional” no siempre se determina con base a la “producción total nacional total” no siempre se determina con base a la producción nacional total, y que en ocasiones no comprende a todos los productores de la mercancía idéntica o similar, pues cuando algunos productos nacionales estén vinculados a los exportadores o a los importadores o sean ellos mismos importadores de mercancía en condiciones de discriminación de precios o de subvenciones, el término “rama de producción nacional” podrá interpretarse en el sentido de referirse al resto de los productos.

4. EXPLIQUE BREVEMENTE LA RAMA DE PRODUCCIÓN NACIONAL EN EL MERCADO AISLADO.

LA RAMA DE PRODUCCION NACIONAL EN EL MERCADO AISLADO

(DANO GENERAL).

Cuándo las importaciones en condiciones de discriminación de precios o de subsidios solamente, causan un daño importante, una amenaza de daño importante o un retraso importante, a la rama de producción nacional de una región del país importador, se puede realizar una investigación sobre prácticas desleales y, en su caso, imponer una cuota compensatoria. a esta figura se le conoce como mercado o “daño regional”. por lo anterior, excepcionalmente el territorio de un país puede estar dividido en dos o más mercado o regiones, y los productores de cada mercado o región puede considerarse como una rama de la producción distinta para efecto de una investigación por dumping o subvenciones, siempre y cuando se actualicen los siguientes supuestos: que los productores de este mercado vendan la totalidad o la casi totalidad de su producción de la mercancía de que se trate en ese mercado, y que en ese mercado la demanda no esté cubierta en grado substancial por productores de la mercancía de que se trate en otro lugar del territorio, o bien que sea autosuficiente en la producción de la mercancía similar.

5. DE EL CONCEPTO DE MERCANCÍA IDÉNTICA O SIMILAR Y SUS DOS APLICACIONES. Y ASÍ MISMO EXPLIQUE SU PERIODO ANALIZADO.

El concepto mercancía idéntica o similar tiene dos aplicaciones: en ausencia de mercancía “idénticas” o “similar” a las importaciones no es posible argumentar que la producción nacional enfrenta un daño importante una amenaza de daño importante o un retraso importante como consecuencia de dichas importaciones, en virtud de que se trataría de mercancías o productos que ostentan “aspectos” o “características” que las hacen diferentes. De esta manera, se considera que un producto idéntico es aquel igual u otro en todos sus aspectos; en tanto que el producto similar es el que tiene características muy parecidas a otros, conforme a lo previsto en el ASMC que a la letra dice AA. Acuerdo sobre la aplicación del artículo v1 del acuerdo general sobre aranceles aduaneros y comercio, conocido como acuerdo antidoping. ASMC acuerdo sobre subvenciones y medidas compensatorias.

6. ¿CUÁLES SON LOS ELEMENTOS A CONSIDERAR EN LA EVALUACIÓN DE LOS EFECTOS DEL DUMPING O DE LA SUBVENCIÓN SOBRE UNA RAMA DE PRODUCCIO NACIONAL Y ¿PORQUE?

Antes de evaluar los efectos de la discriminación de precios o de la subvención sobre una rama de producción nacional, se debe considerar el ciclo económico y las condiciones de la industria, y si se van a acumular las importaciones en condiciones de discriminación de precios o de subvenciones originarias de dos o mas paises

7. DIGA USTED EL CONSEPTO DE DAÑO.

Concepto de daño. Es la pérdida o menoscabo patrimonial o la privación de cualquier ganancia licita y normal que sufra, pueda sufrir la producción nacional de las mercancías de que se trate, o el obstáculo al establecimiento de nuevas industrias. Amenaza de daño es el peligro inminente y clara mente previsto de daño a la producción nacional…la reforma de la LCE del 13 de marzo de 2003, elimina las definiciones de dono y amenaza de daño, las cuales aun para cuando eran imprecisas, brindaban una idea del significado de dichos conceptos, por lo que en todo caso, se deberán haber perfeccionado y no eliminado. También es claro que la existencia de un daño o una amenaza de daño se tiene que demostrar considerando los factores a que se refiera los artículos 41 y 42 de la LCE. Ley de comercio exterior.

8. DIGA USTED QUE ENTIENDE POR PRUEVA DE DAÑO IMPORTANTE. Prueba de daño importante. Articulo 3.1 al 3.6 del AA 15.1 al 15.6 del ASMC; 41 Y 43 DE LA LCE Y 63 al 67 del RLCE.= reglamento de la ley de comercio exterior. El crecimiento en el volumen de las importaciones a precios discriminados o subvencionados; el efecto de estas importaciones en los precios nacionales de productos similares; y su repercusión en la producción nacional de mercancías similares, conforme a lo previsto en los artículos 3. 1 del AA y 15. 1 del ASMC.

9. QUE ENTIENDE USTED POR AUMENTO DEL VOLUMEN DE IMPORTACIONES.

Articulo 3. 2,5. 8 del AA; 4.1 fracción 1 del RLCE. Conforme al artículo 5.8 del AA es requisito de inicio de investigación que el volumen de importaciones reales o principales en condiciones de discriminación de precios originales de un país no solo insignificante. Si en lo individual representa menos del 3 por ciento del volumen de las importaciones de la mercancía idéntica o similar en el país importador, excepto cuando las importaciones de los países que lo individual representan menos del 3 por ciento, en conjunto representan más del 7 por ciento. Cuando la autoridad investigadora se percate que las importaciones de un país o conjunto de países son insignificantes, debe rechazar la solicitud de inicio o dar por concluida la investigación, en su caso. Es conveniente enfatizar que las importaciones del producto objeto de investigación, respecto a las cuales la autoridad no encontró márgenes de discriminación.

10. ¿CUAL ES EL OBJETO DEL VOLUMEN DE IMPORTACIONES?

En el análisis del comportamiento del volumen de las importaciones a precio discriminados o subvencionados, se debe considerar si ha habido un aumento significativo de las mismas, en términos absolutos o en relación con la producción o el consumo del país importador, conforme a lo establecido en el AA y el ASMC.

11. LA AUTORIDAD INVESTIGADORA, AL EFECTUAR EL EXAMEN DEL EFECTO DE LAS EXPORTACIONES EN CONDICIONES DE DISCRIMINACION DE PRECIOS ¿Qué ES LO QUE DEBE TENER EN CUENTA?

SI LOS PRECIOS DE LAS IMPORTACIONES INGRESARON A UN PRECIO INFERIOR DEL PRODUCTO IDENTICO O SIMILAR DE PRODUCCION NACIONAL, SI EL EFECTO DE LOS PRECIOS DE LAS IMPORTACIONES HICIERON DISCRIMINACION EL PRECIO DE LAS MERCANCIAS IDENTICAS O SIMILARES DE PRODUCCION NACIONAL, Y SI EL EFECTO DE LAS IMPORTACIONES FUE IMPEDIR QUE LOS PRECIOS NACIONALES AUMENTARON EN LA MEDIDA QUE DEBIERAN.

LA AUTORIDAD INVESTIGADORA DEBE EVALUAR EL EFECTO DE LAS IMPORTACIONES EN CONDICIONES DE DISCRIMINACION

DE PRECIOS O DE SUBVENCIONES EN LOS PRECIOS DE MERCANCIAS NACIONALES IDENTICAS O SIMILARES, DE LA SIGUIENTE MANERA.

a). se analizara el comportamiento y la tendencia de los precios, si estos son inferiores al resto de las importaciones.

B). si existe una relación significativa entre la disminución de los precios de las importaciones y el crecimiento de los volúmenes importados;

c). Si las importaciones investigadas tienen un precio de venta considerablemente inferior al precio de venta comparable del producto nacional similar;

d). Si el efecto de las importaciones investigadas es deprimir los precios internos o impedir en la misma medida el alza razonable que en otro caso se hubiera producido, y

e). Si el nivel de precios a los que concurren las importaciones investigadas al mercado nacional es el factor determinante para explicar el comportamiento y la participación de las mismas en el mercado nacional.

12. LA REPERCUSIÓN DE LAS IMPORTACIONES SOBRE LA RAMA DE PRODUCCIÓN NACIONAL, LA AUTORIDAD INVESTIGADORA ¿QUÉ DEBE ANALIZAR? ¿PARA QUE EFECTO?. La autoridad investigadora debe analizar la forma en que el volumen y los precios de las importaciones en condiciones de discriminaciones de precios de subvenciones condiciones de discriminación de precios o de subvenciones ofertan a la rama de la producción nacional de mercancías identicas o similares. Para tal efecto debe evaluar todos los efectos e índices económicos pertinentes que influyen en el estado de la rama de la producción nacional de que se trate, incluidos la disminución real y

potencial de

A) LAS VENTAS,

B) LOS BENEFICIOS

C) EL VOLUMEN DE PRODUCCION

D) LA PARTICIPACION EN EL MERCADO

E) LA PRODUCTIVIDAD

F) EL RENDIMIENTO DE LAS INVERCIONES O LA UTILIZACION DE LA CAPACIDAD INSTALADA.

G) LOS FACTORES QUE AFECTAN A LOS PRECIOS INTERNOS

H) LA MACNITUD DEL MARGEN DE DUMPING O SUBVENCIONES, EN SU CAZO.

LOS EFECTOS NEGATIVOS REALES O POTENCIALES DE LOS SIQUIENTES FACTORES.

I) EL FLUJO DE CAJA (CASH FLOW)

J) LAS EXISTENCIAS

K) EL EMPLEO Y SALARIO

L) EL CRECIMIENTO

M) LA CAPACIDAD PARA REUNIR CAPITAL O LA INVERCION, Y

N) EN EL CASO DE LA AGRICULTURA, SI HA HABIDO UN AUMENTO DEL COSTO DE LOS PROGRAMAS DE AYUDA DEL GOBIERNO.

TEMA VII

1. A QUE HACE REFERENCIA LA PRUEBA DE AMENAZA E DANOS IMPORTANTES?

por lo general en los casos de daño importante la producción nacional importante argumenta que aun cuando en el momento presente se ha materializado o reflejado un daño importante a la industria nacional a causa de las importaciones en condiciones de discriminación de precios o d subvenciones, es eminente y Lara mente previsto que en un futuro cercano se materialize el daño importantes producto nacional podría argumentar que aun cuando ni siquiera se han afectado importaciones del producto pero se pretenden importar, ya que es eminente y claramente previsto que en un futuro cercano se importen mercancías en condiciones de discriminación de precios o de subvenciones, las cuales causaran un daño importante a la producción nacional de mercancía idéntica o similar. Se considera que una mercancía pretende importarse cuando se acredite la fehacientemente que se haya acordado su traslado o envió al territorio nacional en este caso la secretaria podrá declarar el inicio de la investigación previo a examen de los instrumentos jurídicos que el efecto se aporten.

2. QUE SE TOMARA EN CUENTA PARA EVALUAR, SI EN EL MERCADO OBJETO DE INVESTIGACION SE REGISTRO UN INCREMENTO SIGNIFICATIVO DE LAS IMPORTACIONES INVESTIGADAS?

en algunas ocasiones se an abusado de la figura…… de daño importante, pues se ha utilizado……………….la modificación de las circunstancias que darían lugar a una situación en la cual el dumpig o las subvenciones causarían un daño deberá ser claramente o previa mente en documento . para determinar el daño importante, las autoridades deberán considerar, entre otros lo seguimientos actuales: a)la naturaleza de las subvenciones y su efecto en el comercio, en su caso: b)una taza significativamente de descremación de precios o subvencionados, en el mercado interno que indique la probabilidad de que aumente circunstancial mente; c)una suficiente capacidad libremente disponible del exportador o en aumento manualmente o circunstancialmente d las exportaciones en condiciones de discriminación de precios o subvencionados al mercado exportador, d)el hecho de que las importaciones se realicen a precios que harán bajar los precios nacionales o contener su subida de manera significativa, y probablemente hagan aumentar de demanda de nuevas importaciones; e)las ………. del producto objetó de investigación.

3. QUE SE TOMA EN CUENTA PARA EVALUAR LA EXISTENCIA DE UNA AMENAZA DE DANO

IMPORTANTE A UNA RAMA DE PRODUCCION NACIONAL?

en la evaluación de amenaza de daño importante se debe considerar se la modificación de la circunstancia que daría lugar a que las importaciones en condiciones de las circunstancias que darían lugar a que las importaciones en condiciones de discriminación de precios a de subvenciones causaría danos importantes a una rama de la producción nacional; beben existir razones suficientes para convencer a la autoridad de que en el futuro inmediato habrá un aumento sustancial de las importaciones del producto objeto de investigación a precios dumpig o subvencionados. Determinación de amenaza de danos importantes sobre la rama de la producción nacional de que se trate, debe incluir un “análisis prospectivo” de las importaciones, que comprender la evaluación de las importaciones a precios nacionales y el efecto de actos en la producción nacional.

4. DIGA USTED QUE ENTIENDE POR EXISTENCIA DEL PRODUCTO INVESTIGADO?

si bien las existencias del producto investigado tiene que ver con los inventarios de la mercancía en condiciones de discriminación de precios o subvención lo relevante a examinar en este indicador no solo es la presencia de inventarios del producto investigado en el mercado objeto de estudio si no que también el volumen de inventarios existentes en los mercados de exportación, lo que de manera conjunta permitirá evaluar, si existe la probabilidad de que se registre o no, un incremento en las importaciones investigados.

5. EN QUE MOMENTO SE APLICA EL CONCEPTO DE RETRAZO DE DANO IMPORTANTE?

retrasó de daño importante en este caso, el solicitante de inicio de una investigación sobre prácticas desleales argumenta que la importación de mercancías de discriminación de precios o de subvenciones provoca un retrazo importante en la creasion de una rama de producción nacional 9 industria).

6. EL CONCEPTO DE DANO IMPORTANTE EN QUE MOMENTO SE ACTUALIZA?

el concepto de retrasó importante se aplica cuando no hay producción nacional de mercancía idéntica o similar y los esfuerzos realizados para su establecimiento han sido materialmente obstaculizados como resultado de las importaciones en condiciones de discriminación de precios o de subvención este supuesto también se actualiza cuando ha habido producción de la mercancía idéntica o similar, a alcanzado un nivel suficiente que permita llevar acabo el análisis de daño importante o amenaza de daño importante a una rama d producción nacional de mercancía idéntica o similar, pero no ha alcanzado un niel suficiente que permita llevar acabo el análisis de daño importante o una rama de producción nacional de mercancía idéntica o similar en el país importadores considera que la industria se ha establecido si los productores norteamericanos han establecido’ sus operaciones, si funcionan regular mente.

7. QUE ES LO QUE EXIJE DEMOSTRAR LA PRUEBA DE CAUSALIDAD?

para demostrar la existencia de una relación causal entre las importaciones objeto de descremación de precios o de subvenciones y un daño importante, una amenaza de daño importante o un retrasó importante a una rama de la producción nacional, la autoridad investigadora tiene que

Realizar un examen con base en todas las pruebas pertinentes de que disponga. la prueba de causalidad también exige demostrar que el incremento del volumen de importaciones en condiciones de discriminación de precios o de subvenciones es la causa del daño importante, la amenaza de daño importante o el retrasó importante, y no otros factores tales como: *el volumen y los precios de las importaciones no vendidas con dumpin o subvenciones; la contracción de la demanda o variaciones de la estructura del consumo; *las prácticas comerciales restrictivas de los productores nacionales y extranjeros y la competencia entre unos y otros;*la evolución e la tecnología y *los resultados de la actividad exportadora y la productividad de la rama de producción nacional. En otras palabras, la autoridad debe examinar cualquier otro factor de que tenga conocimiento.

8. CUAL ES EL OBJETO DE LA CAUSALIDAD

IMPORTACIONES DE el examen de factores distintos a las importaciones investigadas, permitirá ala autoridad investigadora en su determinación disponer de mayores elementos que le permitan cerciorarse de las importaciones objeto de discriminación de precios o de subvenciones son la causa del daño importante, la amenaza de daño importante o el retrasó importante en la rama de producción nacional de que se trátelas importaciones a precios bajos pero no discriminados o subvencionados se beben excluir para determinar el nivel del daño importante, amenaza de daño importante o retrasó importante causado por las exportaciones discriminadas o subvencionadas con el fin de ejemplificar

lo descrito en este apartado, en la siguiente tabla se ilustra los elementos que debe cumplirse para la determinación de la existencia de una práctica desleal, para lo cual se debe demostrar que las discriminación de precios o de subvención causa daño importante, amenaza de daño importante o retrasó importante a una rama de producción nacional.

TEMA VIII

PROCEDIMIENTO COMUN DE INVESTIGACION DUMPING Y SUBVENCION

1.- DIGA UD. QUE SEÑALA PATIÑO MANFFER, CON RESPECTO A LAS INVESTIGACIONES ANTIDUMPING.

El derecho en las investigaciones antidumping las autoridades administrativas que conducen la investigación no están obligadas a decir el derecho o dicho de otra manera no están obligadas a resolver jurisdiccionalmente la investigación que les ha tocado conducir puesto que no es un juicio contencioso lo que presenta a su resolución.

No existen partes en el sentido judicial del término y ninguna de las personas que intervienen en una investigación adquiere derechos litigiosos.

2.- EN CUANTO AL PROCEDIMIENTO ADVO., LA SOLICITUD DE INICIO DE UNA INVESTIGACION ADMINISTRATIVA POR DUMPING, COMO DEBE PRESENTARSE Y QUE SE DEBE FUNDAMENTAR.

Debe ser hecha por la rama de la producción nacional de la mercancía idéntica o similar a la importada en presuntas condiciones desleales. El AA y el ASMC solamente requieren que la solicitud sea hecha por los productores nacionales (rama de producción nacional) que cumpla con el requisito de grado de apoyo por más del 50 por ciento de los productores que se manifiesten en uno u otro sentido.

3.- POR QUIEN DEBE SER HECHA LA SOLICITUD DE INICIO DE UNA INVESTIGACIÓN POR DUMPING.

Por la rama de la producción nacional o en nombre de ella, cuando esté apoyada por productores nacionales cuya producción conjunta represente más del 50 por ciento de la producción total que manifieste su apoyo u oposición a la solicitud.

No obstante no se iniciará ninguna investigación cuando los productores nacionales que apoyen expresamente la solicitud representen menos del 25 por ciento de la producción total del producto similar producido por la rama de producción nacional.

4.- EXPLIQUE DE MANERA GENERAL EL GRADO DE APOYO.

La solicitud debe estar apoyada por más del 50 por ciento de los productores que manifiesten su apoyo u oposición a la misma, y los productores que manifiesten “expresamente” su apoyo deben de representar al menos el 25 por ciento de la producción nacional total, conforme a lo previsto en los artículos 5.4 del AA y 11.4 del ASMC. A este requisito se le conoce como “examen de grado de apoyo” el cual comprende dos aspectos fundamentales.

5.- QUE ES LO QUE DEBE ARGUMENTAR EL PRODUCTOR NACIONAL EN EL VALOR Y VOLUMEN DE IMPORTACIONES DEL PRODUCTO IDENTICO O SIMILAR Y PARA QUE EFECTO.

El productor nacional solicitante debe argumentar que ha habido un aumento del volumen de importaciones en condiciones de discriminación de precios o de subvención, en términos absolutos o en relación con el consumo nacional aparente (CNA) y exhibir los elementos probatorios que lo demuestren.

Para tal efecto, debe presentar una relación mensual de importaciones del producto investigado por

El valor y volumen, correspondientes a los tres años anteriores a la solicitud. (Período analizado).

6.- QUE ES LO QUE DEBE PROPONER A LA AUTORIDAD INVESTIGADORA EL PRODUCTO NACIONAL SOLICITANTE EN LAS PRUEBAS DE VALOR NORMAL O DE SUBVENCIÓN Y DE PRECIO DE EXPORTACIÓN.

El producto nacional solicitante debe proponer a la autoridad investigadora un período investigado (de seis meses a un año) lo más cercano posible al inicio de la investigación y acompañar las pruebas de valor normal, precio del exportación y ajustes que proponga, relativas a dicho período.

En su caso, el solicitante tiene que acompañar las pruebas que hagan presumir a la autoridad la existencia de la subvención otorgada por un gobierno extranjero y la cuantía de la misma.

7.- QUE ES LO QUE DEBE PRESENTAR EL PRODUCTOR NACIONAL SOLICITANTE DE UN INICIO DE INVESTIGACIÓN, EN LA INFORMACION RAZONABLE AL ALCANCE Y A QUE ESTA OBLIGADO.

El productor nacional solicitante de un inicio de investigación debe presentar los argumentos y pruebas que hagan presumir a la autoridad la existencia de la presencia desleal. En consecuencia está obligado a presentar la información (elementos de prueba) que “razonablemente tenga a su alcance” sobre valor normal, precio de exportación, margen de discriminación de precios, volúmenes de importación y existencia, cuantía o naturaleza de la subvención, en su caso.

8.- CUAL ES EL FIN DE LAS CONSULTAS EN LAS INVESTIGACIONES POR SUBVENCIÓN.

En las investigaciones por subvención, después de presentada la solicitud y antes del inicio la autoridad investigadora

Debe invitar al miembro exportador a celebrar consultas para llegar a una solución mutua. Sin embargo algunas soluciones las autoridades cumplen con este requisito de forma, sin que se tenga alguna consecuencia jurídica.

9.- EN LA RESOLUCIÓN DE INICIO, UNA VEZ PRESENTADO LA SOLICITUD DE INICIO QUE EVALUARA LA AUTORIDAD.

Si la información y pruebas presentadas con el cuestionario son completas y cumplen los requisitos establecidos en la legislación de la materia, y procederá en los siguientes términos:

a.- Dentro de un plazo de 25 días hábiles, aceptará la solicitud y declarará el inicio de la investigación, a través de la resolución respectiva.

b).- Dentro de un plazo de 17 días hábiles, requerirá a la solicitante mayores elementos de prueba o datos, los que deberán proporcionarse dentro de un plazo de 20 días hábiles contados a partir de la recepción de la prevención.

c).- Dentro de un plazo de 20 días hábiles, desechará la solicitud cuando no se cumpla con los requisitos necesarios para iniciar, a través de la resolución respectiva.

10.- POR QUE LA AUTORIDAD DEBE ATENDER TODA SOLICITUD DE PRORROGA.

Durante el procedimiento se debe dar amplia oportunidad a las partes para presentar argumentos y pruebas que considere pertinentes para la defensa de sus intereses, por lo que la autoridad debe atender toda solicitud de prórroga para presentar argumentos y pruebas, y responder el cuestionario y los requerimientos de información.

11.- MENCIONE Y EXPLIQUE QUE ENTIENDE POR CLASIFICAIÓN DE LA INFORMACIÓN.

La información presentada por las partes

O la que la autoridad se allegue durante el procedimiento se clasifica en pública, confidencial, comercial reservada y gubernamental confidencial.

Los productores solicitantes, los importadores, los exportadores, los gobiernos y, en general, todas las partes que participen en la investigación deben presentar su información correctamente clasificada en todas sus comparecencias.

12.- MENCIONES Y EXPLIQUE LOS TIPOS DE INFORMACIÓN.

Información Pública, información confidencial.

Se considera pública toda aquella información que no tenga el carácter de confidencial, comercial reservada, gubernamental confidencial, y que no esté prohibida su divulgación, entre otra los resúmenes de información confidencial o comercial reservada y actas de visita de verificación, excepto lo relativo a información confidencial, comercial reservada ó gubernamental.

Información Confidencial. Comprende procesos de producción y costos y componentes de fabricación, costos de distribución, términos y condiciones de venta, excepto los ofrecidos al público.

Información comercial reservada.- aquella información cuya divulgación puede provocar un daño patrimonial o financiero sustancial e irreversible para su propietario. Solamente la autoridad investigadora tiene acceso a la información comercial reservada.

Información Gubernamental.- Es aquella cuya divulgación está prohibida por las leyes y tratados internacionales, incluyendo los datos, estadísticas y documentos relativos a seguridad nacional y actividades estratégicas para el desarrollo científico y tecnológico de México, así

Como las comunicaciones de gobierno a gobierno.

13.- EXPLIQUE BREVEMENTE LA INTEGRACIÓN Y ACCESO EN EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO.

Toda información que presenten las partes y la que autoridad se allegue durante el procedimiento debe integrarse a un expediente administrativo, el cual debe estar a disposición de las partes para sí consulta, a efecto de que estén en la posibilidad de formular su defensa.

El expediente administrativo es de suma importancia no sólo para las partes sino también para la autoridad investigadora quien debe emitir sus resoluciones con base en el mismo. El expediente administrativo se integra de la siguiente manera: versión pública, confidencial y matriz.

14.- QUE ENTIENDE POR REPLICA DEL SOLICITANTE Y CUAL ES SU PLAZO.

En los procedimientos por prácticas desleales, transcurridos los 28 días hábiles del primer período probatorio y de la prórroga, en su caso, los productores nacionales solicitantes y sus coadyuvantes (productores nacionales no solicitantes), cuentan con un plazo de 8 días hábiles para presentar sus contrargumentos o réplicas.

15.- EXPLIQUE DE MANERA GENERAL LOS REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN.

La autoridad tiene la facultad de requerir en cualquier momento a las partes la información y pruebas que considere necesarias para la investigación. De igual manera puede requerir a los agentes aduanales, distribuidores, comerciantes y, en general, a toda persona que considere conveniente la información que tengan en su poder y sea útil a la investigación.

16.- QUE ES LO QUE DEBE HACER LA AUTORIDAD INVESTIGADORA DENTRO

DE LOS 90 DÍAS HÁBILES POSTERIORES A LA PÚBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN.

La autoridad investigadora debe publicar en dicho órgano informativo la resolución preliminar que corresponda, en cualquiera de los siguientes sentidos:

I.- Concluir la investigación sin cuota compensatoria por no tener las pruebas suficientes sobre la existencia de la discriminación de preciso o de la subvención, de un daño importante, una amenaza de daño importante o de un retraso importante y de casualidad,

II.- Continuar el procedimiento sin la imposición de una cuota compensatoria.

III.- Continuar el procedimiento con la imposición de una cuota provisional. Siempre y cuando hayan transcurrido 60 días de la publicación de la resolución de inicio, Se realice una determinación positiva de discriminación de precios y de daño importante, La cuota compensatoria sea necesaria para impedir que se cause daño importante durante la investigación.

17.- QUE SE ESTABLECE EN LAS REUNIONES TÉCNICAS DE INFORMACIÓN Y EN QUE TÉRMINOS QUEDAN.

Las reuniones técnicas de información tienen su origen en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte en donde se establece la obligación a cargo de México de realizar diversas reformas a sus leyes y reglamentos en materia de dumping y subvención, en los siguientes Términos:

Lista de México

México modificará sus leyes y reglamentos en materia de cuotas antidumping y compensatorias, y otras leyes y reglamentos en la medida en que sean aplicables a la operación de las disposiciones jurídicas sobre cuotas antidumping y compensatorias.

18.- EXPLIQUE

DE MANERA GENERAL EL SEGUNDO PERIODO PROBATORIO.

Mediante la publicación de la resolución preliminar la autoridad formula una convocatoria pública abierta a cualquier parte interesada a efecto de que dentro del plazo de 30 días hábiles presente los argumentos y pruebas que considere procedentes para la defensa de sus intereses.

19.- QUE ES EL COMPROMISO DE EXPORTADORES Y GOBIERNOS.

El compromiso de precios es un acuerdo voluntario que celebran los exportadores o los gobiernos extranjeros con la autoridad investigadora, solo cuando se haya emitido una determinación preliminar positiva de la existencia de discriminación de precios o de subvención y de un daño importante, una amenaza de daño importante o un retraso importante, y de su relación causal.

20.- AQUE SE REFIERE LAS VISITAS DE VERIFICACIÓN.

La autoridad tiene la facultad discrecional de realizar visitas de verificación, las cuales tienen como objetivo constatar que la información y pruebas proporcionadas por las empresas productoras nacionales, exportadoras o importadoras durante el procedimiento, son correctas, completas y provienen de sus registros contables, así como de cotejar los documentos que obren en el expediente administrativo o realizarlas compulsas necesarias.

21.- CUAL ES EL OBJETO DE LA AUDIENCIA PUBLICA.

El objeto de la audiencia pública consiste en proveer a la autoridad de mayores elementos de prueba sobre los hechos controvertidos y dilucidar aspectos que no se hayan aclarado durante el procedimiento.

22.- QUE ES LA AUDIENCIA PÚBLICA.

La audiencia pública es la etapa

Procesal en la que se reúnen importadores, exportadores, gobiernos extranjeros, productores nacionales y, en su caso, coadyuvantes para exponer de manera oral sus argumentos y pruebas presentadas durante el procedimiento y formular los interrogatorios de la autoridad a las partes y de las partes entre sí.

23.- DEFINA EL CONCEPTO ALEGATOS.

José Ovalle Favela los define como las argumentaciones que formulan las partes, una vez realizadas las fases expositiva y probatoria, con el fin de tratar de demostrar al juzgador que las pruebas practicadas han confirmado los hechos afirmando y que son aplicables los fundamentos de derecho aducidos por cada una de ellas, por lo cual aquél deberá acoger sus respectivas pretensiones y excepciones al pronunciar la sentencia.

José Becerra Bautista dice que los alegatos "son las argumentaciones jurídicas tendientes a demostrar al tribunal la aplicabilidad de la norma abstracta al caso concreto, con base en las pruebas aportadas por las partes".

Los alegatos de acuerdo con Rosalía Bailón Valdovinos " son las opiniones criterios etcétera que formulan cada una de las partes, con el propósito de llevar convicción al juez e inclinarlo a que dé un fallo favorable a sus intereses.

Los alegatos (del latín allegatio, alegación en justicia), es la última oportunidad que

Tienen las partes para argumentar por escrito sobre el fundamento de sus pretensiones una vez agotada la etapa probatoria y con anterioridad a la resolución final.

24. ¿EN QUE MOMENTO SE DA LA RESOLUCION FINAL.

Artículo 398.- Concluido el término

Probatorio, el Juez mandará poner los autos a la vista de las partes, por un término común de tres días, para que aleguen de buena prueba. El Ministerio Público alegará también cuando el negocio lo requiera.

Transcurridos los términos, al siguiente, las partes presentarán los alegatos.

Artículo 399.- Pasado el término a que se refiere el artículo anterior el juez dictará su sentencia dentro del término legal. 15 días

CPCNL.Artículo 52.- Los autos y decretos deben dictarse dentro de. Cuarenta y ocho horas después de que tenga conocimiento el Juez o Magistrado, y las sentencias dentro de los quince días, salvo los casos en que la Ley fije otros términos.

Sólo cuando hubiere necesidad de que el Juez o Magistrado examinen expedientes que excediere de cien fojas, al resolver en sentencia podrá disfrutar de un término de hasta otros quince días adicionales

TEMA IX

PROCEDIMIENTOS DERIVADOS DE LA APLICACIÓN DE CUOTAS COMPENSATORIAS.

1.- MENCIONE Y EXPLIQUE LA NATURALEZA JURIDICA DE LAS CUOTAS COMPENSATORIAS.

Las cuotas compensatorias son medidas de regulación no arancelaria impuestas por el Secretario de Economía mediante una resolución provisional o definitiva emitida como resultado de una investigación administrativa en la que se determina la existencia de una práctica desleal de dumping o de subvención, conforme a lo previsto en la LCE, en el AA o el ASMC, en su caso.

2.- QUE ES LO QUE PROVOCA LA IMPOSICIÓN DE UNA CUOTA COMPENSATORIA.

La imposición de una cuota compensatoria y su aplicación, frecuentemente provocan problemas de muy diversa índole,

Tales como: disminución del precio de exportación (variación del margen de discriminación de precios o de subvención) elusión del pago de cuotas compensatorias; no existencia de producción nacional de producto idéntico o similar al momento de aplicar la cuota; exportadores que no realizaron exportaciones en el período investigado; y exportadores que no existían al momento de imponer la cuota definitiva.

3.- QUE SON LAS CUOTAS COMPENSATORIAS PROVISIONALES.

Las cuotas compensatorias provisionales son créditos fiscales determinados en la resolución preliminar, al menos 60 días posteriores a la publicación de la resolución de inicio en el DOF, con el propósito de evitar que el daño importante, o el retraso importante continúen, o la amenaza de daño importante se materialice en daño importante, durante el procedimiento.

4.- QUIEN DETERMINA LAS CUOTAS COMPENSATORIAS.

La autoridad investigadora determina cuotas compensatorias.

5.- EXPLIQUE BREVEMENTE LAS CUOTAS COMPENSATORIAS ESPECÍFICAS O RESIDUALES.

La autoridad investigadora determina cuotas compensatorias específicas o individuales a todas aquellas productores extranjeras que habiendo realizado exportaciones del producto objeto de investigación hayan presentado información suficiente sobre su valor normal o el monto del subsidio, en su caso, y el precio de exportación correspondientes al período investigado, a efecto de que se les calcule un margen individual de discriminación de precios o de subvención. Las cuotas compensatorias específicas o individuales se calculan y se aplican por empresa

Exportadora.

6.- EXPLIQUE DE MANERA GENERAL LAS CUOTAS COMPENSATORIAS DETERMINADAS AD VALOREM.

En la práctica las cuotas compensatorias determinan ad valoren o en términos porcentuales resultan más vulnerables que las impuestas de manera específica, pues se pueden evadir más fácilmente mediante subfacturación o eliminar su efecto reparador a través de la disminución real del precio de exportación lo que equivale a exportaciones con un mayor margen de dumping o de subvención, por lo que resultan de mayor eficacia las cuotas compensatorias en cantidad específica, pues de esta manera el importador siempre tendrá que pagar una cantidad determinada, independientemente de que varíe el precio de exportación.

7.- COMO SE CALCULAN LAS CUOTAS COMPENSATORIAS DETERMINADAS AD VALOREM.

Las cuotas compensatorias impuestas en cantidad específica se calculan por unidad de medida, y las determinadas ad valoren se calculan en términos porcentuales sobre el valor en aduana de la mercancía.

8.- MENCIONE Y EXPLIQUE CUALES SON LOS MÉTODOS PARA DETERMINAR LA FORMA DE PAGO DE UNA CUOTA COMPENSATORIA DEFINITIVA IMPUESTA COMO RESULTADO DE UNA INVESTIGACIÓN EN MATERIA DE PRACTICAS DESLEALES.

La autoridad puede determinar la prórroga de la vigencia de la cuota compensatoria definitiva por cinco años adicionales, si la revisión anual incluye un análisis tanto de discriminación de precios como de daño importante, amenaza de daño importante o de retraso importante o, en el caso de un examen vigencia, si la autoridad determina que de eliminarse la cuota definitiva el dumping y

El daño continuaría o se repetirían.

9.- DE QUE MANERA PUEDE SER LA VIGENCIA DE LAS CUOTAS COMPENSATORIAS Y EXPLIQUELAS BREVEMENTE.

La vigencia de las cuotas compensatorias puede ser material o formal, la vigencia material se refiere al tiempo que es necesario para contrarrestar los efectos nocivos de la discriminación de precios o de la subvención, en tanto que la vigencia formal alude al hecho de que las cuotas compensatorias serán obligatorias hasta que la autoridad investigadora competente declare su revocación.

10.- EXPLIQUE DE MANERA GENERAL EL PROCEDIMIENTO COMUN DE REVISIÓN ANUAL DE CUOTAS COMPENSATORIAS, EMPEZANDO DESDE LA SOLICITUD.

La revisión anual de cuotas compensatorias definitivas se rige por las disposiciones sustantivas y de procedimiento aplicables a las investigaciones sustantivas y de procedimiento aplicables a las investigaciones ordinarias, por lo que el solicitante debe presentar, entre otra información: Pruebas del valor normal o de la subvención y del precio de exportación, propuesta de período de revisión, volumen de importaciones, y pruebas relativas a daño importante, amenaza de daño importante o retraso importante, en su caso.

11.- CUAL ES LA RECOMENDACIÓN QUE EMITO EL GRUPO DE EXPERTOS EN EL AÑO DE 1959, SOBRE LAS MEDIDAS DEL ANTIDUMPING.

Las medidas antidumping deben permanecer en vigor sólo durante el tiempo necesario para contrarrestar el dumping causante del daño o amenaza de daño material a la industria doméstica … Cualquier país que imponga medidas antidumping tiene la libertad de revisarlas… es deseable que las

Revise regularmente con base en la información de que disponga... los exportadores del producto en cuestión tiene derecho a solicitar la revisión si cuentan con la evidencia necesaria.

12.-A QUIENES SE LE DENOMINAN NUEVOS ESPORTADORES.

Los productores o exportadores a quienes en la investigación ordinaria no se les calculó un margen individual de discriminación de precios o de subvención y se les impuso una cuota compensatoria definitiva residual, por no haber realizado exportaciones durante el período investigado, tienen el derecho de solicitar el inicio de un procedimiento de “nuevos exportadores” (new commer), a efecto de que se les calcule un margen individual de discriminación de precios o de subvención, con base en el cual se les excluya del pago de la cuota compensatoria o determine una cuota específica diferente a la residual (inferior o superior), conforme a lo previsto en el AA y en el ASMC.

13.- QUE ENTIENDE USTED POR EXTENSIÓN DE BENEFICIOS.

Cualquier parte interesada podrá solicitar que se le hagan extensivos los beneficios de las resoluciones firmes dictadas como resultado de un recurso de revocación, de un juicio de nulidad o de la resolución que emita la Secretaría en cumplimiento de la determinación de un mecanismo alternativo de solución de controversia, siempre y cuando se encuentre en el mismo supuesto jurídico que la parte que obtuvo la resolución favorable y lo solicite dentro de los 30 días posteriores a la fecha en que quede firme la resolución de que se trate, de acuerdo a lo establecido en el artículo 89 “E” de la L.C.E.

14.- EXPLIQUE DE MANERA GENERAL LA ANTIELUSIÓN.

La elusión se presenta como una reacción de los importadores y exportadores a la imposición de una cuota compensatoria (dumping o subvención) o una medida de salvaguardia, por lo que realizan conductas aparentemente legales que tienen como propósito evadir su pago, en menoscabo de su finalidad y eficacia. A nivel multilateral, los miembros de la OMC no han logrado ponerse de acuerdo sobre los supuestos que deben ser considerados como una práctica de elusión, ni los criterios aplicables para determinar su existencia.

15.- QUE ENTIENDE UD. POR COBERTURA DE PRODUCTO Y CUAL ES SU OBJETO.

Este procedimiento está regulado en los artículos 89 A de la LCE y 91 del RLCE, y tiene por objeto que la Secretaría determine si una mercancía está o no sujeta al pago de una cuota compensatoria definitiva.

En la gran mayoría de las ocasiones, los solicitantes han argumentado que al momento de la solicitud del procedimiento de cobertura de producto no existe producción nacional de la mercancía idéntica similar a la importada en condiciones de discriminación de precios o de subvenciones y, en consecuencia, las importaciones de dichas mercancías no deben estar cubiertas por la cuota compensatoria definitiva, por lo que se debe eliminar.

TEMA X

MEDIDAS DE SALVAGUARDIA

1.- CUAL ES LA FINALIDAD DE LAS MEDIDAS DE SALVAGUARDIA.

La finalidad de las medidas de salvaguardia es en limitar temporalmente la importación de mercancías en situaciones de emergencia. El Acuerdo sobre Salvaguardias (AS) autoriza a los países miembros

A restringir temporalmente las importaciones, previa investigación administrativa realizada a solicitud de parte o de oficio por la autoridad competente, en la que se compruebe que el volumen de importaciones ha aumentado en tal cantidad (en términos absolutos o en relación con la producción nacional) que causan o amenazan causar daño grave a la rama de producción nacional de mercancías similares o directamente competidoras.

2.- QUE SON LAS MEDIDAS DE SALVAGUARDIA.

Las medidas de salvaguardia pueden adoptar la forma de un incremento de los aranceles o la imposición de restricciones cuantitativas en la medida necesaria para prevenir el daño grave y facilitar el reajuste. Dicho incremento arancelario es aplicable a las importaciones procedentes de todas las fuentes hasta por encima de los tipos consolidados bajo el principio de la nación más favorecida.

3.- QUE SON LAS MEDIDAS DE SALVAGUARDIA GLOBAL.

Las salvaguardias globales son medidas de carácter temporal que impone el Ejecutivo Federal o el Secretario de Economía a una mercancía, cualquiera que sea su origen, cuando a consecuencia de la evolución imprevista de las circunstancias y por efecto de las obligaciones, incluidas las concesiones arancelarias, contraídas por una parte contratante del GATT, las importaciones de dicha mercancía han aumentado en tal cantidad y en condiciones tales que causan o amenazan causar un daño grave a la rama de producción nacional de mercancías similares o directamente competidoras con el fin de facilitar su ajuste, a cambio de proporcionar una compensación a los países

Exportadores.

4.- CUAL ES EL PROPOSITO DE LAS MEDIDAS DE SALVAGUADIA GLOBAL.

Tiene el propósito de permitir que el país importador supere su desequilibrio, respecto a otros países exportadores, cuando se enfrenta a circunstancias inesperadas e imprevistas, que tienen como consecuencia el aumento de las importaciones en tal cantidad y en condiciones tales que causan o amenazan causar un daño grave a los productores nacionales de productos similares o directamente competidores.

5.- QUE ES DAÑO GRAVE.

Daño grave es el menoscabo general significativo de la situación de la rama de la producción nacional. La determinación de daño grave debe ser representativa de la situación de la producción nacional total. A este requisito se le conoce como principio de representatividad de daño grave.

6.- EN QUE CONSISTE EL DAÑO GRAVE Y CAUSALIDAD.

Solo cuando se ha evaluado la situación general de la rama de la producción nacional a consecuencia del aumento de las importaciones en tal cantidad y en condiciones tales, y a la luz de todos los factores pertinentes que tengan relación con dicha rama de la producción, es que puede determinarse si se ha producido un “menoscabo general significativo” de la situación de esa rama de producción nacional.

7.- QUE DIFERENCIA HAY ENTRE EL PERIODO INVESTIGADO Y EL ANALIZADO.

Por período analizado debe entenderse el tiempo durante el cual la autoridad investigadora evaluará los factores económicos relevantes en el contexto del ciclo económico y de las condiciones de competencia específicas a la industria afectada, el cual

Abarca por lo menos tres años previos a la presentación de la solicitud e incluye el período investigado.

8.- QUE SE ENTIENDE POR PRODUCTO SIMILAR.

No existe una definición de “producto similar” en el AS, por lo que se podría partir del concepto de “producto similar” utilizado para la práctica desleal de dumping. En este sentido se considera que un producto similar es idéntico (igual en todos sus aspectos al producto de que se trate), o de no existir ese producto, aquel que tenga características muy parecidas a las del producto considerado.

9.- QUE ES LO QUE SE DEBE CONSIDERAR, PARA DEMOSTRAR QUE EL PRODUCTO DE FABRICACIÓN NACIONAL ES SIMILAR AL INVESTIGADO.

Se debe considerar la existencia de características comunes entre los productos, en relación con los procesos de fabricación, tanto en los países de origen de la mercancía como en el país importador que aplica la medida de salvaguardia.

Otros elementos a considerar son: las materias primas utilizadas, si son básicamente las mismas en el país importador y en otros países fabricantes del producto investigado o si hay diferencias muy pequeñas; dimensiones de los diferentes productos, semejanza de las especificaciones, y normas que deben cumplir los productos.

10.- POR QUE LAS MEDIDAS DE SALVAGUARDIA NO TIENEN UN LIMITE.

Las medidas de Salvaguardia globales no tienen un límite, pues se imponen en la proporción necesaria para evitar o prevenir el daño grave o amenaza de daño grave y facilitar el reajuste de la rama de la producción nacional afectada. Independientemente de la forma que adopte la

Medida, el miembro que la impone tiene la obligación de asegurarse que es proporcional o suficiente y no excesiva para prevenir o reparar el daño grave o amenaza de daño grave y facilitar el reajuste.

11.- DE QUIEN ES FACULTAD DETERMINAR LAS MEDIDAS DE SALVAGUARDIA.

Tanto el Ejecutivo Federal como el Secretario de Economía tienen la facultad de imponer una medida de salvaguardia, ya sea de carácter provisional o definitivo. En la resolución correspondiente se tiene que especificar entre otros aspectos el tipo de medida que se adopta, su monto y su duración o vigencia.

Hasta la fecha México solamente ha impuesto tres medidas de salvaguardia, dos bilaterales (una provisional y la otra definitiva), sobre importaciones de pierna y muslo de pollo de los Estados Unidos, y una global sobre importaciones de triplay.

12.- POR QUE A NIVEL INTERNACIONAL NO EXISTE UNA REGLA ESPECIFICA SOBRE EN QUE SE DEBEN APLICAR LAS MEDIDAS DE SALVAGUARDIA.

En cuanto a países o regiones que pueden abarcar, pues en los tratados comerciales bilaterales y multilaterales se establecen reglas específicas para los miembros integrantes de una unión aduanera, zona económica, etc. Estas reglas se refieren, entre otros, a los siguientes aspectos:

Quien puede aplicar una medida? Un país integrante de una unión aduanera o zona de libre comercio, en lo individual o en nombre de todos los miembros integrantes de la misma, y

A quien se le puede aplicar la medida? A un solo país miembro de una unión aduanera o zona de libre comercio, o se le tiene que aplicar a todos los miembros de la

Misma.

13.- DEFINA Y EXPLIQUE DE MANERA AMPLIA COMO SE DEBEN DE APLICAR LAS MEDIDAS DE SALVAGUARDIA.

Las medidas de salvaguardia deben aplicarse “sin discriminación a las importaciones de todas las procedencias”, sin embargo excepcionalmente los países miembros podrán aplicar restricciones contingentes solamente a unos cuantos países cuando las importaciones procedentes de esos países hayan “aumentado en un porcentaje desproporcionado en relación con el incremento total de las importaciones del producto considerado en el período representativo”.

TEMA XI

EL SISTEMA INTERNACIONAL DE DERECHO ECONÓMICO CONTEMPORANEO Y MEXICO.

1.- EN QUE AÑO MEXICO SE INTEGRA AL GATT.

En 1986.

2.- A QUE SE COMPROMETIO MEXICO AL INTEGRARSE AL GATT.

A eliminar los precios oficiales de referencia, a continuar la sustitución de los controles directos por aranceles y a reducir el arancel máximo a 50% (que en 1988 ya había descendido a 20%), no obstante los términos del acuerdo le permitía a nuestro gobierno conservar temporalmente licencias de importación en algunos productos agrícolas y otros bienes sujetos a programas de promoción industrial.

3.- DIGA USTED QUE ES EL TLCAN.

Es el Tratado Libre de Comercio de América del Norte. Es un bloque comercial entre EU. Y Canadá y México que entro en vigor en 1994.

4.- MENCIONE 5 OBJETIVOS DEL TLCAN.

1.- Eliminar fronteras para comercializar y el cruce por la frontera del movimiento de servicios entre los territorios de los países miembros.

2.- promover condiciones de competencia en el área del Libre Comercio.

3.- Proporcionar

Protección y aplicación de Derechos intelectuales en cada país.

4.- Crear procedimientos de la implementación y aplicación de este acuerdo, para su administración conjunta así como la resolución de problemas.

5.- Establecer una estructura más trilateral, regional y multilateral de cooperación para extender y aumentar los alcances de este acuerdo.

5.- MENCIONE BREVEMENTE ANTECEDENTES DEL TLCAN.

Ante este acuerdo, el gobierno mexicano comenzó el planteamiento de un programa propio que más tarde introducía las industrias maquiladoras en el Norte de México, las maquiladoras son básicamente fabricas de capital extranjero (principalmente estadounidense) ubicadas casi en su totalidad a lo largo de la frontera mexicana y se caracterizan por la diversidad de su producción, abarcando desde la industria textil hasta la química, pasando por componentes electrónicos maquinarias y repuestos para automotores.

6.- CUALES SON LOS OBJETIVOS DEL TLC CON CENTROAMERICA Y SUDAMERICA.

Objetivo General

• Establecer una Zona de Libre Comercio que permita avanzar en el fortalecimiento de la integración entre México y Centroamérica.

Objetivos Específicos

• Estimular la expansión y diversificación del comercio de bienes y servicios.

• Promover condiciones de libre competencia.

• Eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes originarios y servicios.

• Eliminar las barreras al movimiento de capitales y personas de negocios.

• Aumentar las oportunidades de inversión.

• Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de

Propiedad intelectual.

• Establecer lineamientos, para la ulterior cooperación entre las partes, encaminados a ampliar y mejorar los beneficios del Tratado de Libre Comercio.

• Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento del tratado, su administración conjunta y solución de controversias.

7.-QUE PAISES INTERGAN EL TLC DE MEXICO CON CENTRO Y SUDAMERICA.

Costa Rica, Columbia, Chile, Nicaragua, Bolivia, Uruguay.

8.- QUE ES LA CUENCA DEL PACIFICO.

Es una vasta región que incluye una gran variedad de culturas, religiosas, ideologías, poblaciones, de diferente dimensión y territorios de distinta extensión. .

9.- CUALES SON LOS PRINCIPALES PAISES QUE INTEGRAN LA CUENCA DEL PACIFICO Y DIGA SU IMPORTANCIA.

América: Canadá, E.U., México, Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica, Panamá, Colombia, Ecuador, Perú, y Chile.

Asia y Oceanía, Rusia, China, Japón, Corea del Norte, Corea de Sur, Taiwán, Filipinas, Tailandia, Vitan, Camboya, Brunei, Malasia, Indonesia, Singapur, Hondón, Australia, Nueva Zelanda, Nueva Guinea.

Este amplio espacio reúne sistemas políticos y modelos económicos diferentes a un cuando estos se encuentran predominantemente orientados hacia la economía de libre mercado.

10.- CUAL ES EL OBJETIVO DEL TLC DE MEXICO CON LA UNION EUROPEA.

Establecer un marco para fomentar el desarrollo del intercambio de bienes y servicios, incluyendo una liberación bilateral y preferencial, progresiva y reciproca del comercio de bienes y servicios que tenga en cuenta determinados productos y sectores de servicios y de

Conformidad con las normas pertinentes de la OMC de México y los 15 países miembros de la Unión Europea.

11.- QUE PAISES INTEGRAN EL TLC DE MEXICO CON LA UNION EUROPEA.

Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Holanda, Portugal, Reino Unido y Suecia.

12.- QUE SIGNIFICA LAS SIGLA OCDE.

Organización para la cooperación y el Desarrollo Económico.

13.- CUANDO SE INTEGRO MEXICO A LA OCDE.

En Junio de 1994,

14.- CUALES HAN SIDO LOS BENEFICIOS PARA MEXICO ESTANDO EN LA OCDE.

El ser un país cuya extensión territorial y diversos tipos de biodiversidad, hacen a México una nación adecuada para desarrollar la agricultura población mayoritaria hace de su oficio la agricultura. Por tal motivo México tiene una ventaja absoluta en este sector siempre y cuando lo sepa explotar, ya que la política económica no lo ha permitido y los intereses económico de igual forma.

15.- QUE ES LA OIC.

Organización Internacional del Comercio.

16.- OBJETO DE LA OIC.

Que las inversiones extranjeras no podrían servir de base para una injerencia en los asuntos interiores de los estados miembros, y medios para prevenir el desempleo y el bajo empleo, mejoras de los salarios.

17.- QUE ES TLC.

Tratado de Libre Comercio consiste en un acuerdo comercial regional o bilateral para ampliar el mercado de bienes y servicios entre los países participantes, básicamente consiste en la eliminación o rebaja sustancial de los aranceles para los bienes entre las partes y acuerdos en materia de servicios. Este acuerdo se rige por

Las reglas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) o por mutuo acuerdo entre países participantes.

18.- PARA QUE SIRVE.

Permite que aumente la comercialización de productos nacionales, se genere más empleo, se modernice el aparato productivo mejore el bien estar de la población y se promueva la creación de nuevas empresas por parte de inversionistas nacionales y extranjeros.

19.- OBJETIVOS FUNDAMENTALES DEL TLC.

Eliminar barreras que afecten o mermen el comercio, Promover las condiciones para una competencia justa, Incrementar las oportunidades de inversión, Proporcionar una protección adecuada a los derechos de propiedad intelectual, Fomentar la cooperación entre países amigos, ofrecer una solución a controversias.

20.- A QUIEN BENEFICIA EL TLC.

A todos los países involucrados.

21.- CUALES SON LOS BENEFICIOS ESPERADOS DEL TLC.

Abaratar los precios que paga el consumidor por los productos que no se producen en el país, Eliminar las barras arancelarias, la liberación en materia comercial y de subsidios a las exportaciones agrícolas, la restructuración de las reglas y procedimientos aduanales para agilizar el paso de las mercancías y unificar las normas fitosanitarias y de otra índole.

22.- PORQUE ES NECESARIO UN TLC.

Por que constituyen un medio eficaz para garantizar el acceso de productos a los mercados externos de una forma más fácil y sin barreras, y para crear una zona libre – comercio entre los países que son parte del mismo el objetivo principal de este tipo de acuerdos es liberalizar la totalidad de pr

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