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Autores de la sociología jurídica


Enviado por   •  13 de Junio de 2022  •  Ensayos  •  3.124 Palabras (13 Páginas)  •  505 Visitas

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                                            Universidad Mexiquense del Bicentenario

                                                  Licenciatura en Derecho

                                                   Filosofía del Derecho

                                                   Sociologismo jurídico

                                   Alumno: Moran García Brayan Eduardo

                                                       2do semestre

                                                     Grupo: 23DE221

                                    Fecha: miércoles, 30 de marzo de 2022

                                          Profesora: Salgado León Sofía


                                                 Introducción

 La sociología jurídica tiene como objeto de estudio el estudiar la interacción entre la sociedad y el derecho con esto se refiere a, los factores sociales que influyen en el análisis, desarrollo y aplicación del derecho. La Sociología Jurídica, en términos generales, se define como la disciplina que explica las causas y efectos de las normas jurídicas en la sociedad. Su objeto de estudio se constituye por los fenómenos interrelacionados causalmente que configuran al derecho. En este ensayo se estudian los fundamentos teóricos de la Sociología Jurídica, los autores un poco de su postura y los aportes que fueron importantes para marcar un antes y un después en la sociología jurídica y sus características de cómo es una ciencia que en mi opinión se basa en el análisis y comprensión y que es precisa, así como su relación de la sociedad humana y sus fenómenos de cambio que permitirán visualizar un panorama del orden social y de las normas jurídicas aplicables.

                                                 Desarrollo

Para iniciar con el tema primero tenemos que comprender que es la sociología jurídica y este es un estudio que se va a basar en la conducta de los miembros de la sociedad tomándolos a todos estos como un solo individuo creadores de las normas que los rigen de acuerdo al criterio racional y análogo de acuerdo a los acontecimientos y situaciones que se les presentan en su día a día en la sociedad desde un punto de vista objetivo. Como ocurrió con los realistas jurídicos, los sociologuitos reaccionaron contra el positivismo y la creación de un derecho natural que abarcaba todas las teorías de la justicia y ellos manifestaron un rechazo en la creación de una rama de pensamiento jurídico que daba más importancia a la realidad en la que se desarrollaban las leyes que a la propia justicia como concepto abstracto. Se podría decir que mientras los partidarios del derecho natural afirmaban que la justicia solo debía corresponder al derecho, los sociologistas recalcaban su eficacia al servicio de la sociedad.  Para los sociologistas jurídicos, las personas que comprenden la sociedad actúan como un todo a la hora de crear las normas legales. Para ello se siguen varios criterios racionales y tienen en cuenta de cómo se resolvieron los conflictos a lo largo de la historia Así que los sociologistas   afirman que el derecho tiene su origen en la sociedad y no en individuos particulares. Esto se trata de una manera de proteger a la propia sociedad y que continúe existiendo. El derecho parte de la realidad de las diferencias existentes entre las personas y de la jurisprudencia existente.

                                  Autores de la sociología jurídica

 Uno de los más importantes autores fue Rudolf von ihering y en su teoría colocó “la afirmación que el derecho, en la más reciente instancia, era el futuro de la sociedad”, otra forma de decirlo es que es un fenómeno popular que daba lugar al a producción de conjuntos normativos jurídicos.

Rudolf no concebía al derecho como el futuro de la evolución histórica, sino como el producto que elabora una sociedad más lista para investigar y solucionar conflictos entre sus pertenecientes. sabiendo lo previo Rudolf tuvo la perspectiva del derecho como el resultado de la relación de los individuos en una sociedad que está doblegada a permanentes cambios por la recurrente pelea de los individuos de la sociedad por proteger sus intereses, y en relación a remover la injusticia, él lo referido al derecho en su grupo. De esta forma Rudolf desmarco en su pensamiento las teorías de la doctrina de la escuela de savigny y pachta, hasta el momento los dominantes, cuyos preceptos conocía perfectamente. En oposición al criterio de derecho como el producto de la evolución histórica de un pueblo, Rudolf establecía un elemento individualista por el cual no es la intención del pueblo sino la intención de un grupo de individuos que luchan para cambiar y superar el derecho. Además, Rudolf llego a asegurar que el derecho que no luchase contra la injusticia es como si se negara a el mismo. Según su teoría todo derecho es subjetivo y el resultado de una fricción popular y entonces primero es la pelea y después el derecho por eso dicen que todo derecho tuvo que ser conseguido por medio de una pelea popular.                                                                              Eugen Ehrlich

Él fue el primero en hablar del derecho viviente y de la posibilidad de la pluralidad de sistemas jurídicos “El centro de gravedad del desarrollo del derecho, en todas las épocas, no reside ni en la legislación ni en la ciencia jurídica o la jurisprudencia sino en la sociedad misma” el derecho viviente puede ser conocido utilizando diferentes fuentes particularmente observación directa de la vida social, también decía que el derecho no es necesariamente un producto del estado, la parte más grande del derecho tiene su origen en la sociedad, es el que verdaderamente determina el contenido del derecho(tuvo lugar la intensa polémica con el futuro autor de la teoría pura en la que este último resulto triunfante regalando para el derecho el enfoque sociológico del derecho y la sociología del derecho como disciplina). Ehrlich le llevo a cuestionar las nociones jerárquicas de la ley propuestas por teóricos como Hans Kelsen, Ehrlich señalo que las teorías legales que reconocen la ley solo como una suma de los estatutos y decretos dio una visión inadecuada de la realidad jurídica de una comunidad. La enseñanza de Ehrlich es que las fuentes de la autoridad de la ley son plurales y en la media en que algunas de estas fuentes son políticos y otros culturales que pueden entrar en conflicto, pero no todas las normas de las asociaciones sociales deben ser consideradas como ley en su opinión.

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