ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

BIEN JURIDICO PENAL

lamalquerida10 de Junio de 2014

3.546 Palabras (15 Páginas)272 Visitas

Página 1 de 15

En relación a la tutela penal de bienes jurídicos tutelados se plantean los valores fundamentales del ser humano como integrantes de una sociedad, sin importar su origen, cultura, religión sexo, esto permite su incorporación al orden jurídico penal donde se analiza la coherencia del orden normativo en relación a la tutela de bienes jurídicos y en el impacto que tiene en la definición de los tipos penales y el enfoque que este tiene sobre la tutela penal de viene jurídicos en el Estado social y democrático de derecho. Actualmente la tutela tradicional de los bienes jurídicos se puede ver que en el derecho penal y debe ser renovado continuamente, buscando una transformación que permita nuevas formas de convivencia social. El objetivo primordial del sistema jurídico penal es la tutela de bienes jurídicos, así como las demás funciones que tienen como: prevenir la comisión de delitos, castigar a los responsables, mantener el orden social, reprimir conductas entre, otras. Pero la ocupación inicial son los valores fundamentales del ser humano.

El derecho dará las reglas de convivencia que beneficie a la mayoría, el derecho penal como última instancia de respeto y salvaguarda del ser humano en cuanto a su colectividad, donde la sociedad es creada por y para el ser humano. Porque el, el respeto para mí y para los otros debe ser en igualdad, porque el conflicto entre el individual y el colectivo es un problema que se presenta continuamente y la justicia es una exigencia moral y cuando no se adecua a la moral del derecho se pone en peligro el bien jurídico.

DESARROLLO

ANTECEDENTES HISTORICOS DEL BIEN JURIDICO PENAL

En el lenguaje común decimos que el bien es todo objeto útil y provechoso. Bien jurídico es todo objeto útil y provechoso inmerso en una relación jurídica que se encuentra debidamente protegido en un tipo penal.

Objeto: se refiere en sentido general a objetos concretos o materiales y todos aquellos que presentan derechos, cualidades y dignidades del ser humano.

Útil: es todo aquello que sirve para la realización de algo provechoso que genera resultados benéficos.

Para que algo sea un bien no solo debe ser un objeto útil, debe también ser provechoso, pero no todo lo que sirve es un bien. Por ejemplo: la daga de un asesino es útil para sus fines, pero no puede considerarse como un bien, porque no produce beneficios sino daños.

La palabra bien ha sido utilizada desde la antigüedad para denominar no solo los objetos relacionados con la actividad humana sino también con las cosas divinas relacionadas con la religión como en la Biblia:

Hebreos:” Y Jehová Dios hizo nacer de la tierra todo árbol delicioso a la vista y bueno para comer; también el árbol de la vida en medio del huerto, y el árbol de la ciencia del bien y el mal”. Entonces la serpiente dijo a la mujer: no moriréis, si no que sabe Dios que el día que comáis de el, serán abiertos vuestro ojos, y seréis como Dios, sabiendo el bien y el mal.

También en la biblia encontramos la palabra viene referidos a los objetos que forma el patrimonio del hombre: “Cuando alguno diere a su prójimo plata o alagas a guardar, y fuera hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón fuere hallado, pagara el doble. Si el ladrón no fuere hallado, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para que vea si a metido su mano en los bienes de su prójimo”. El bien, se identifica con el Bien Supremo, que es la propia divinidad.

Griegos: Encontramos importantes significados de las palabras bien y bienes.

Mientras Platón llega a identificar el bien con la idea más alta con la divinidad misma, Aristóteles busca el bien con el hombre y sobre todo en su conducta encaminada a la realización de un fin último: los objetos son instrumentos, el uso que de ellos hace el hombre en la realización de sus fines es lo que les imprime la categoría de buenos o malos

Romanos: En el derecho romano, se utilizo la palabra res para denominar a las cosas o bienes pero se refería a objetos concretos como res sacrae ( edificios u objetos sagrados) , la res religiase ( cosas destinadas al culto domestico) , res sanctae ( muros de las puertas de la ciudad encomendadas a una divinidad), res comunes ( son aquellos de uso común para todos como el aire, el agua corriente y el mar ), res publicae ( que pertenece al pueblo romano , como los puertos, los ríos, las calles, etc.)

Españoles: En las Siete Partidas se localiza el siguiente concepto “Bienes son llamadas aquellas cosas de que los omes se sirve o se ayuda”

Franceses: En el moderno derecho francés, se llama bienes, al conjunto de derechos y obligaciones pertenecientes a una persona, estimables en dinero.

NACIMIENTO DEL BIEN JURIDICO PENAL

El excesivo poder de las religiones y luego de los gobernantes, que llego a convertirse en absolutista, arbitrario y tiránico, trajo múltiples sufrimientos para los gobernantes, especialmente falta de seguridad jurídica y, por ende, violaciones a sus derechos personales fundamentales: para comprender esta situación basta leer a los filósofos francés es: Rousseau, Voltaire y montesquieu, y a los estudiosos de la justicia penal: Howard, Lardizábal y Beccaria.

Beccaria formula un análisis sobre la importancia de distinguir con precisión unos delitos de otros y la conveniencia de social de que las penas se asignen de acuerdo con la proporcionalidad del daño causado, finalmente se refiere a la necesidad de interpretar correctamente la ley evitando su aplicación analógica para derivar delitos que la ley no prevé. Se afirma la necesidad de que todo delito debe dirigirse a la protección de bienes, como la seguridad, la vida, el honor. Es el precursor de la moderna teoría del bien jurídico penal, por:

“Algunos delitos destruyen inmediatamente la sociedad o quien la representa; otros ofenden la particular seguridad de alguno o algunos ciudadanos en la vida, en los bienes o en el honor; y otras son acciones contrarias a las que cada uno está obligado a hacer según las leyes respecto del bien público. Los primeros que son más dañosos son los delitos mayores, se les llama de Lesa Majestad. La tiranía y la ignorancia solas que confunden los vocablos y las ideas más claras pueden dar este nombre, y por consecuencia la pena mayor a delitos de diferente naturaleza, y hacer asi a los hombres como en otras ocasiones víctimas de una palabra. Cualquier delito aun que privado ofende a la sociedad; pero no todo delito procura su inmediata destrucción. Las acciones morales, como las físicas, tienen su esfera limitada de actividad y están determinadas diversamente del tiempo y del lugar como todos los movimientos de naturaleza. Después de estos los delitos contrarios a la seguridad de cada particular. Siendo el fin primario de toda la sociedad legitima, no puede dejar de señalarse alguna de laspenas mas considerables, establecidas por las leyes a la violación del derecho de seguridad adquirido por cada ciudadano.

EL DERECHO SUBJETIVO COMO ANTECEDENTE DEL BIEN JURIDICO PENAL

La situación de la inseguridad para los gobernados sobre todo en materia de justicia penal que vivían en el denominado Siglo de las Luces, impulso a los filósofos y doctrinarios del derecho a iniciar la búsqueda de instrumentos jurídicos que pusieran limites al jus puniendi de los gobiernos absolutistas para evitar la arbitrariedad en el señalamiento de delitos y en el castigo de los mismos.

Fue Anselmo von Feuerbach el precursor de la teoría sobre el bien jurídico, usando el concepto de “derecho subjetivo” para que la autoridad reconociera que no cualquier hecho puede ser elevado a la categoría de delito, solo por el interés o capricho del gobernante o del poderoso; por consiguiente, solo debe ser delito aquel hecho que dañe o menoscabe un “derecho subjetivo”.

El antecedente más cercano de la teoría del bien jurídico es sin duda la aportación del jurista alemán Anselmo von Feuerbach se le considera además como el representante mas distinguido de la denominada Escuela Clasica del Derecho Penal en Alemania, así como el creador (aunque algunos no lo consideran así) del principio del derecho que se expresa en latin: nulla crimen, nulla poena sine praevia lege poenali. La aportación de este filisofo fue fundamental para la ciencia del derecho penal, sobre todo fue útil porque puso freno a la arbitrariedad y al fanatismo, que tanto daño hacia a los gobernados. Las constituciones liberales entre ellas la nuestra (artículo 14 constitucional), recogieron el principio de legalidad que se manifiesta en tres importantes señalamientos: nulla sine lege ( no hay pena sin una ley anterior al hecho no la establce) ; nulla poena sine crimine ( la conducta que se castigue como delito debe estar debidamente tipificada en la ley) , nullum crimen sine poena legali ( la sanción debe estar legalmente señalada para esa conducta).Feuerbach trabajo para convertir al derecho penal en un sistema normas que solo protegiera los derechos subjetivos de mayor importancia para los individuos y la sociedad.

EL SURGIMIENTO DE LA DOCTRINA

Para entender la moderna teoría del bien jurídico penal el jurista alemán Birnbaum, a quien debemos el concepto de bien, para designar a una cosa o un objeto que consideramos como de nuestra pertenencia, mismo que es lesionado en la comisión de un delito. Varios autores mencionan que Birnbaum no llego a utilizar el concepto de bien jurídico protegido o bien jurídico penal; el solo lo llamaba bien, pero lo utilizo en forma exclusiva para referirse al objeto que protege la norma penal:

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (22 Kb)
Leer 14 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com