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Bono Soberano

josefonseca18 de Junio de 2014

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BONO SOBERANO

COLOCACIÓN EN EL

MERCADO INTERNACIONAL

Dirección General de Crédito Público

Antecedentes:

La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, en su condición de ente

Administrador de las Finanzas del Gobierno de Honduras y tomando bajo consideración

Las necesidades de recursos para el ejercicio fiscal 2013, las alternativas de financiamiento disponibles y las sostenibilidad económica-financiera del país, realizó las gestiones necesarias para buscar soluciones factibles y así lograr mejorar las condiciones financieras del país.

Se presentó una propuesta de emisión de un Bono Soberano al Gabinete Económico en

El mes de octubre de 2012, como solución para hacer frente a la difícil situación financiera

En la cual se encuentra las finanzas públicas.

El 5 de octubre de 2012, la Comisión de Crédito Público, responsable de la formulación de

La Política de Endeudamiento Público (Artículo 66, Decreto Legislativo No.083-2004

Contentivo de la Ley Orgánica del Presupuesto) integrada por autoridades de la SEFIN y

El BCH, aprobó la gestión de la Emisión de un Bono Soberano Global por un monto base

De hasta US$1,000.0 millones.

Base Legal:

Con base a lo estipulado en el Artículo 64 de la Ley Orgánica del Presupuesto (Decreto

Legislativo No.83-2004), en donde se faculta la obtención de nuevos recursos financieros

Extraordinarios con carácter rembolsable provenientes del exterior y destinados a cubrir

Casos de evidente necesidad nacional.

El Artículo 76 de la Ley Orgánica del Presupuesto, faculta al Poder Ejecutivo, para que a

Través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, emita bonos, títulos u

Obligaciones de la Deuda Pública, de acuerdo con el monto autorizado por el Congreso

Nacional al aprobar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República.

Asimismo dicho artículo, estipula en su segundo párrafo que para efectuar una emisión

Adicional a la aprobada en dicho presupuesto, se requiere la autorización del Congreso

Nacional.

En tal sentido, el Congreso Nacional de la República, mediante Decreto Legislativo

No.183-2012 del 28 de noviembre de 2012 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, el

4 de diciembre de 2012, autorizó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas,

Emitir Bonos de la República de Honduras (Bono Soberano) hasta por un monto nominal

Máximo de Setecientos Cincuenta Millones de Dólares de los Estados Unidos de América

(US$750.0millones), para ser colocados en el mercado de capitales internacional.

De igual forma, en el Artículo 6 y 7, del Decreto en mención se autorizó a la SEFIN, para

Que una vez culminado el proceso competitivo de selección, contrate los servicios

Especializados de bancos de inversión en la gestión de estructuración, comercialización,

Fijación de precios y la colocación durante el proceso de la emisión del Bono Soberano,

Así como la contratación de firmas de corretajes, asesores, firmas de asesoría financiera

y/o legal, las empresas de impresión de la circular de oferta, el o los bancos que provean

Los servicios de agente fiscal, registrador y pagador, las entidades de registro legal, los

Mercados de valores que listarán la operación y las firmas de calificación de riesgo de

Inversión.

Las medidas financieras y administrativas adoptadas para iniciar la operación del Bono

Soberano se consideran, además de la legislación supra citada, y en razón que la Emisión

Se realizará en condiciones de mercado,

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