Bono Soberano
josefonseca18 de Junio de 2014
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BONO SOBERANO
COLOCACIÓN EN EL
MERCADO INTERNACIONAL
Dirección General de Crédito Público
Antecedentes:
La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, en su condición de ente
Administrador de las Finanzas del Gobierno de Honduras y tomando bajo consideración
Las necesidades de recursos para el ejercicio fiscal 2013, las alternativas de financiamiento disponibles y las sostenibilidad económica-financiera del país, realizó las gestiones necesarias para buscar soluciones factibles y así lograr mejorar las condiciones financieras del país.
Se presentó una propuesta de emisión de un Bono Soberano al Gabinete Económico en
El mes de octubre de 2012, como solución para hacer frente a la difícil situación financiera
En la cual se encuentra las finanzas públicas.
El 5 de octubre de 2012, la Comisión de Crédito Público, responsable de la formulación de
La Política de Endeudamiento Público (Artículo 66, Decreto Legislativo No.083-2004
Contentivo de la Ley Orgánica del Presupuesto) integrada por autoridades de la SEFIN y
El BCH, aprobó la gestión de la Emisión de un Bono Soberano Global por un monto base
De hasta US$1,000.0 millones.
Base Legal:
Con base a lo estipulado en el Artículo 64 de la Ley Orgánica del Presupuesto (Decreto
Legislativo No.83-2004), en donde se faculta la obtención de nuevos recursos financieros
Extraordinarios con carácter rembolsable provenientes del exterior y destinados a cubrir
Casos de evidente necesidad nacional.
El Artículo 76 de la Ley Orgánica del Presupuesto, faculta al Poder Ejecutivo, para que a
Través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, emita bonos, títulos u
Obligaciones de la Deuda Pública, de acuerdo con el monto autorizado por el Congreso
Nacional al aprobar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República.
Asimismo dicho artículo, estipula en su segundo párrafo que para efectuar una emisión
Adicional a la aprobada en dicho presupuesto, se requiere la autorización del Congreso
Nacional.
En tal sentido, el Congreso Nacional de la República, mediante Decreto Legislativo
No.183-2012 del 28 de noviembre de 2012 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, el
4 de diciembre de 2012, autorizó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas,
Emitir Bonos de la República de Honduras (Bono Soberano) hasta por un monto nominal
Máximo de Setecientos Cincuenta Millones de Dólares de los Estados Unidos de América
(US$750.0millones), para ser colocados en el mercado de capitales internacional.
De igual forma, en el Artículo 6 y 7, del Decreto en mención se autorizó a la SEFIN, para
Que una vez culminado el proceso competitivo de selección, contrate los servicios
Especializados de bancos de inversión en la gestión de estructuración, comercialización,
Fijación de precios y la colocación durante el proceso de la emisión del Bono Soberano,
Así como la contratación de firmas de corretajes, asesores, firmas de asesoría financiera
y/o legal, las empresas de impresión de la circular de oferta, el o los bancos que provean
Los servicios de agente fiscal, registrador y pagador, las entidades de registro legal, los
Mercados de valores que listarán la operación y las firmas de calificación de riesgo de
Inversión.
Las medidas financieras y administrativas adoptadas para iniciar la operación del Bono
Soberano se consideran, además de la legislación supra citada, y en razón que la Emisión
Se realizará en condiciones de mercado,
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