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CAPITULACIONES

Perlammm14 de Septiembre de 2013

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INTRODUCCION

Desde el punto de vista objetivo, el derecho es el conjunto de leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter permanente y obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden social.

El sorprendente e inesperado descubrimiento de América por Cristóbal Colón y la aparición de nuevas tierras americanas a causa de las exploraciones derivadas de su segunda travesía, obligaron a los Reyes Católicos a un cambio radical de la política a seguir con respecto a los territorios ultra marinos, como establecer procedimienos para conservar el orden social.

MENTOS

Observamos que entre las prerrogativas que se le dio a Colón: se le había nombrado virrey y gobernador general de “todas las dichas tierras fi rmes e islas que como dicho es él descubriere o ganare en las dichas mares”, se le concedía la décima parte de las “perlas, piedras preciosas, oro, plata, especiería y otras cualesquiera cosas y mercaderías de cualquier especie, nombre y manera que sean, que se compraren, trocaren, hallaren, ganaren y hubieren dentro de los límites de dicho almirantazgo”, etc. Era obvio que los monarcas no iban a permitirle a Colón el mantenimiento, por mucho tiempo, de esta excepcional situación. Muy pronto fue evidente que Colón era tan buen marino como pésimo gobernante en la administración de los territorios ultramarinos.

Los soberanos aprovecharon para quitarle tal grado de poder a un personaje tan ajeno a la Corona, como era el caso de Cristóbal Colón y en 1495 se mostraron dispuestos a la concesión de licencias a “nuestros súbditos y naturales para que vayan a las dichas islas y tierra firme, y a descubrirlas y contratar en ellas”.

Se iniciaba ahora una nueva e interesante etapa que de inmediato contempló una ampliación de sus perspectivas con la concesión de permisos así como autori zación para que emprendiesen la exploración de las costas y tierras americanas. Si en principio siempre fue precisa una licencia real para los viajes ultramarinos, ahora se establecían las llamadas Capitulaciones.

Para el caso de la Conquista del Perú y prerrogativas entregadas a sus conquistadores, se estableció la Capitulación de Toledo y luega cuando los españoles dejaron el Perú, se firmó la Capitulación de Ayacucho, de las cuáles tratamos en el presente documento.

CAPITULO I

LA CAPITULACION Y EL IMPERIO INCAICO

2.1. La La Capitulación consistía en un pacto suscrito entre un particular y la Corona mediante el cual ésta autorizaba a aquél la realización de una determinada empresa (descubrir, conquistar, explorar, etc.) a cambio de recibir una parte de los beneficios que tal acción produjera.

Por la capitulación se le hace un encargo a un particular, quien se obliga a llevar algo a efecto (incluso se le puede fijar un plazo). La corona y el caudillo se obligan recíprocamente por la capitulación.

Durante los primeros años correspondientes a la etapa de descubrimiento y conquista de América fue frecuente que por la organización de las expediciones los capitulantes recibieran de los soberanos, entre otros privilegios, el gobierno de la nueva región incorporada a los dominios hispanos, en pago por los riesgos asumidos, el fuerte desembolso que estas empresas implicaban, etc., ya que si la misión acometida fracasaba los reyes no asumían pérdida económica alguna, que recaía exclusivamente en el firmante de la capitulación y sus socios si los hubiere.

La concesión de una capitulación fue una prerrogativa real, si bien esta facultad pudo ser delegada en otras autoridades e instituciones, caso de las Audiencias, siempre que se contara con la aprobación y conocimiento del soberano. El sistema de capitulaciones fue un fundamental impulsor tanto para la ampliación de los espacios geográficos americanos hasta entonces conocidos como para la anexión a la corona hispana de significativos territorios insulares y continentales.

1.2. LA CONQUISTA DEL IMPERIO INCAICO:

La conquista del Imperio Incaico fue realizada por españoles y tuvo como acciones preliminaes, tres viajes.

PRIMER VIAJE (1524 – 1525): Llamado de exploración.

SEGUNDO VIAJE (1526 – 1528):- Llamado de descubrimiento. Aquí ya aparecen las disputas entre Pizarro y Almagro.

TERCER VIAJE (DE CONQUISTA) – (1531 – 1532): Los españoles desembarcaron en Tumbes (donde encontraron la fortaleza destruida) y establecieron su cuartel general en Poechos.Una vez establecido su cuartel general en Poechos, los españole entablaron estrecha relación con Maizavilca, el curaca del lugar. Este les informo de la muerte de Huayna Cápac, de la guerra entre huascar y Atahualpa y la victoria del ultimo.

Pizarro decidió subir a la sierra a buscar al inca. Antes fundo cerca de Poechos la primera ciudad española en el Peru: San miguel de Tangarara (después conocida como san miguel de Piura el 15 de julio de 1532). En agosto del mismo año Pizarro pare a Cajamarca con menos de 180 soldados. Llegaron a la ciudad el 15 de noviembre de 1532.

Al no encontrar a nadie Pizarro envió una embajada al inca, para invitarlo a encontrarse con el en la ciudad al día siguiente.“Captura Del Inca”: Atahualpa ingreso a la ciudad acompañado de un numeroso sequito.

El sacerdote Fray Vicente Valverde leyó el requerimiento, el cual fue traducido por felinillo al fracasar el requerimiento, los españoles atacaron y luego de una gran masacre, Atahualpa es capturado.

CAPITULO II

CAPITULACIONES DE LA CONQUISTA

2.1. CAPITULACION DE TOLEDO:

Dos arbitrajes del tiempo de la américa colonial, uno en Chile y el otro en Perú.

En Perú las partes en disputa fueron conquistadores españoles de alto renombre: Francisco Pizarro y Diego de Almagro. (Anexo 2).

Se firmó la Capitulación de Toledo, el 26 de Julio de 1529. estableció dos gobernaciones: Para Pizarro la Gobernación de Nueva Castilla y para Almagro la Gobernación de Nueva Toledo.

La controversia versaba sobre la extensión territorial de sus respectivas gobernaciones y, a quien en consecuencia, le correspondía la ciudad del Cuzco

.

La Gobernación de Nueva Toledo fue creada para Diego de Almagro, quien no había resultado favorecido en el anterior reparto. La real cédula fue firmada el 21 de mayo de 1534 otorgaba a Diego de Almagro una franja de 200 leguas en dirección norte-sur que comenzaban aproximadamente en el paralelo 14° S, cerca de Pisco, que correspondía al límite sur de la Gobernación de Nueva Castilla otorgada a Pizarro, la cual comenzaba a los 1° 20'N en la boca del río Santiago y se extendía por 270 leguas hacia el sur por el meridiano de ese lugar.

La gobernación tenía como límite oriental a la línea del Tratado de Tordesillas, la cual para los españoles se hallaba a los 46º 37’O, por lo que se le otorgaba un pequeño trecho de costa en el océano Atlántico..

Al momento de enterarse de la creación de la gobernación, Diego de Almagro se dirigía al Cusco a tomar posesión del cargo de teniente de gobernador de esa ciudad, para el que había sido nombrado.. Almagro ocupó la ciudad del Cuco, por considerar que pertenecía a su gobernación. Ete hecho suscitó un sangriento enfrentamiento entre almagristas y pizarristas que concluyó con la victoria de los hermanos Pizarro en la batalla de Salinas en abril de 1538. Hecho prisioneo almagro fue ejecutado en el mes de julio de ese mismo año.

Los partidarios de Almagro se agruparon en torno a su hijo Almagro el Mozo, y bajo el mando de Juan de Rada entraron en el residencia de Francisco Pizarro en Lima y le dieron muerte el 26 de junio de 1541.

Como consecuencia de la guerra civil, fue creado por el rey Carlos V, el Virreinato del Perú por Real cédula firmada en Barcelona el 20 de noviembre de 1542, tras la Conquista del Perú, realizada por las tropas de Francisco Pizarro, en base a los territorios de las gobernaciones de Nueva Castilla y de Nueva Toledo, poniendo fin a la existencia jurídica de ambas

2.2. Gobernación de Nueva Castilla

Se llamó Nueva Castilla a una de las dos gobernaciones en que, en 1529, la reina de España dividió parte del territorio sudamericano. Adjudicada a Francisco Pizarro, fue constituida por territorios incas incorporados a Castilla en la conquista de Perú.

Fue creada el 26 de julio de 1529 mediante la Capitulación de Toledo. Abarcaba la sección de Sudamérica comprendiendo 200 leguas hacia el Sur (en ese momento cada grado de longitud equivalía a 17,5 leguas españolas) medidas por y desde el meridiano que pasaba por el pueblo de Teninpuya (También Teninpulla, Tenumpuela o Santiago), ubicado en la desembocadura del río Santiago (hoy en Ecuador) a los 1º20'N.

La capitulación era imprecisa y señalaba dos límites al sur que no coincidían: las 200 leguas que llegaban hasta los 9º57'S y el pueblo de Chincha que se hallaba a 13°29'S, habiendo más de 60 leguas entre un punto y el otro. Al este el límite quedaba también impreciso ya que España y Portugal no se ponían de acuerdo sobre cuál era el meridiano de Tordesillas, que según la primera debía ser el 46º 37’O.

En mayo de 1534 el emperador Carlos V despachó varias cédulas modificando la división

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