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CASO DEL NIETO


Enviado por   •  1 de Octubre de 2015  •  Exámen  •  651 Palabras (3 Páginas)  •  261 Visitas

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CASO DEL NIETO ASESINO

El derecho natural se trata de reglas universales que tienden a la instauración de la justicia en la sociedad. El hombre es un ser social que vive en sociedad la cual debe ser justa.

El derecho positivo es la concreción o traducción del derecho natural, se acerca al concepto del derecho objetivo (conjunto de normas jurídicas; norma permisiva o prohibitiva). A través de la creación de reglas de conducta que debe sujetarse el hombre para que esta sociedad sea justa. El derecho positivo se da en contexto social e histórico determinado.

Norma justa o injusta?

Si la norma es acorde con el derecho natural es JUSTA.

Si la norma NO es acorde con el derecho natural es INJUSTA.

CASO:

Un nieto incure al homicidio con el fin de mitigar las intenciones de su abuelo que tenían como propósito sacarlo de un documento testamentario. Temiendo que el anciano pudiera cambiar de opinión, comete este acto con ese único propósito. Descubierto el crimen, el nieto fue encarcelado y se planteó el problema de si tenía o no derecho a cobrar la herencia de su abuelo. Recordando que la herencia estaba estipulada de una manera legal antes de que al abuelo fuera asesinado, por lo tanto el nieto después de cumplir con su falta ante la sociedad, como lo dice el

Articulo 103. Homicidio. El que matare a otro, incurrirá en prisión de trece (13) a veinticinco (25) años,

Podrá reclamar lo que le corresponde, porque la ley favorece la herencia testificada . Así se haya recurrido al crimen posterior a legalización del documento, pues ya estipulado el heredero por el propietario no es posible desfavorecer su voluntad expresa.

En este caso nosotros debemos separar los preceptos morales de la LEY, pues el contenido de la misma es irrevocable ante las eventualidades y es inherente a las opiniones y puntos de vista. Aunque con  la excepción de un acto delictivo deplorable el culpable aun tiene derecho a lo que por ley le es asignado, eso, si ningún relativo consanguíneo o correlacionar presenta una apelación ante la justicia exigiendo una investigación para determinar quién es más apto para recibirla, valiendo con pruebas y testimonios su relación inmediata con el difunto, del mismo modo el sentenciado no tendrá derecho a la herencia impartida si se confirma, mediante investigación judicial, que este, valiéndose de medios inescrupulosos e ilegales, modificó, alteró o ante cualquier presión (ya sea violenta o emocional) obligó al ya difunto a alterar su testamento.

Salvo a las dos excepciones ya mencionadas, es un desacato judicial negar al sentenciado el derecho a reclamar lo que el documento testamentario especifica, pues no existe acuerdo y ni ley que respalde el caso específico de asesinato doloso luego de legalizar y rectificar un documento ante la ley.

Se puede determinar, que para el sentenciado la justicia corre a su favor, pero esto es falso, pues la ley especifica que durante su sentencia no podrá incurrir a el cobro/reclamo de la herencia testamentaria hasta que cumpla a cabalidad su sentencia judicial, brindando el tiempo necesario a la justicia para profundizar investigaciones y testimonios, y de ser necesario reabrir el caso y ejecutar la condena respectiva, del mismo modo, consideramos que el fallecido debe tener familiares y relativos que brinden concernación e interés por el proceso testamentario, y de esta manera, ya sea individual o colectiva, ellos pudiesen incurrir a la ley para exigir la re-evaluación de el mencionado heredero.

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