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CLASES DE IMPUESTOS DE LA DGII


Enviado por   •  20 de Abril de 2013  •  2.207 Palabras (9 Páginas)  •  575 Visitas

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Impuesto Selectivo al Consumo

¿Qué es el ISC?

Es el impuesto que grava las transferencias de algunos bienes de producción nacional a nivel de fabricación, así como su importación; servicios de telecomunicaciones, de seguros y pagos a través de cheques.

Productos del Alcohol

Productos del Tabaco

Servicios de Telecomunicaciones

Pagos realizados con cheques por las entidades de intermediación financiera así como los pagos realizados a través de transferencias electrónicas

Seguros en general

Otros bienes establecidos en la Ley

Base Legal: Título IV Ley 11-92 d/f 16/05/92 y sus modificaciones

Tasas del Impuesto

Este impuesto se pagará con tasas diversas en función del bien o servicio al cual se aplique, entre los que citamos:

Productos del Alcohol: Montos específicos en función de la cantidad de litros de alcohol absoluto.

Productos del Tabaco: Montos específicos en función de cajetillas de cigarrillos.

Servicios de Telecomunicaciones: 10%

Cheques y Transferencias Electrónicas: 1.5 por mil (0.0015)

Servicios de Seguros en general: 16%

Otros bienes establecidos en la Ley: Montos específicos según el bien.

Productos del Alcohol

En adición a los montos específicos que debe pagarse en función de la cantidad de litros de alcohol absoluto establecidos para cada tipo de bebida alcohólica (ver tabla de valores Código Tributario Título IV, Art. 375 Párrafo I Modificado por el Art. 22 de la Ley 253-12) los productos del alcohol, bebidas alcohólicas y cerveza pagarán un impuesto selectivo al consumo del diez por ciento (10 %) ad-valorem sobre el precio al por menor de dichos productos. La base imponible de este impuesto será el precio de venta al por menor tal y como es definido por las normas reglamentarias del Código Tributario de la República Dominicana.

Productos del Tabaco

Cuando se trate de cigarrillos que contengan tabaco y los demás, el monto del impuesto selectivo al consumo específico a ser pagado por cajetilla de cigarrillos, será establecido acorde a la siguiente tabla.

Código Arancelario Descripción

Monto Específico (RD$)

Cajetilla 20 unidades cigarrillos

2402.20.10

De tabaco negro

28.31

2402.20.20

De tabaco rubio

28.31

Cajetilla 10 unidades cigarrillos

2402.20.30

De tabaco negro

14.15

2402.20.40

De tabaco rubio

14.15

Impuesto Sobre Sucesiones y Donaciones

¿Qué es el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones?

Es el impuesto que grava toda transmisión de bienes muebles o inmuebles por causa de muerte o donación. Base Legal: Ley 2569 d/f 4/12/1950 y sus modificaciones.

¿Quiénes pagan este Impuesto?

En el caso de las Sucesiones, el pago del impuesto se cargará a los herederos, sucesores y beneficiarios del fallecido (De cujus).

En lo que se refiere a las Donaciones, el impuesto se cargará a los favorecidos y recaerá sobre el valor de los bienes donados.

Tasa del Impuesto

En el caso de las Sucesiones, la tasa a pagar es de un 3% sobre la masa sucesoral (Herencia), luego de realizadas las deducciones correspondientes.

Para las Donaciones, queda sujeta al pago de un impuesto equivalente a la tasa del impuesto sobre la renta de personas jurídicas que se encuentre vigente al momento de la donación. Para el período 2013 un veintinueve por ciento 29%; a partir del ejercicio fiscal del año 2014 se reducirá en la forma siguiente:

Plazo para la presentación de la Declaración Jurada

Sucesiones: Dentro de los 90 días después del fallecimiento (se otorgan prórrogas para la presentación de la Declaración Jurada de hasta 105 días, cuando el Contribuyente no haya podido completar la documentación requerida para el expediente).

Donaciones: Dentro de los 30 días después de realizada la donación (sin derecho a prórroga).

En los casos de Sucesiones, las solicitudes de autorización para el retiro de dinero en Bancos e Instituciones Financieras se dirigirán a la Administración Local correspondiente.

Nota: El incumplimiento de los deberes formales tales como la no presentación de la Declaración Jurada, suministrar información falsa o inexacta, entre otros, se penaliza con multas de cinco (5) a treinta (30) salarios mínimos.

ITBIS

¿Qué es el ITBIS?

Es un impuesto general al consumo tipo valor agregado que se aplica a la transferencia e importación de bienes industrializados, así como a la prestación de servicios.

¿Quiénes son responsables por este impuesto?

Las Personas Físicas (profesionales liberales, negocios de único dueño) y Personas Jurídicas (SRL, EIRL y No Lucrativas Privadas), nacionales o extranjeras que realicen transferencias, importaciones o prestación de servicios gravados.

Las empresas públicas y privadas, que realicen o no actividades gravadas, y estén en la obligación de realizar retenciones al ITBIS involucrado en los servicios que les son prestados por personas físicas, así como cuando paguen las prestaciones de servicios profesionales liberales y de alquiler de bienes muebles a otras sociedades con carácter lucrativo

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