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Derecho tributario CLASES DE IMPUESTO A LA RENTA


Enviado por   •  5 de Enero de 2018  •  Informes  •  3.489 Palabras (14 Páginas)  •  202 Visitas

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IMPUESTO A LA RENTA

Existen en el Perú, 5 tipos o categorías de renta en el país y las que provienen del exterior, llamadas Rentas de fuente extranjera. Todas las rentas del país, tienen una deducción legal, para determinar la renta neta, incluida las rentas empresariales o de negocios en la cuales se deducen gastos y costos vinculados a la actividad.

PERSONAS NATURALES DOMICILIADAS (sin negocio)

El impuesto a la renta Lo pagan las personas que obtengan o perciban ingresos que tengan frecuencia y periodicidad durante el año. Durante el año se deben realizar, pagos y /o retenciones mensuales del impuesto, según el tipo de renta que se obtenga. La SUNAT regula anualmente la obligación de presentar la Declaración de Renta Anual, enviando por Internet a cada contribuyente el borrador de ésta, para que el declarante la corrija o la valide, lo que incluye el importe del impuesto por regularizar o su saldo a favor, en caso haya un exceso de pago.

CLASES DE IMPUIESTO A LA RENTA

PRIMERA CATEGORÍA

CRITERIO: Se aplica el criterio de lo DEVENGADO, porque la renta se genera mes a mes y el impuesto se paga aunque la renta no haya sido pagada. Para determinar la renta neta, la deducción es el 20% de la renta o ingreso bruto.

DECLARACIÓN Y PAGO MENSUAL: usando el formulario 1683

Rentas de capital de 1ª. categoría:

• Se producen por el alquiler y/o cesión de bienes muebles o inmuebles Ejemplo alquiler de maquinarias, autos, camiones etc. o inmuebles: por ejemplo casas, departamentos, cocheras etc.

En este caso se le conoce como renta real y su monto no puede ser menor al 6% del autoavaluo del predio, aunque la renta haya sido pactada por un monto menor.

El impuesto se paga con la tasa de 6.25% sobre la renta neta mediante pago directo a cargo del arrendador.

• Se produce una renta presunta anual o renta ficta, si hay cesión temporal gratuita de bienes o a precio no determinado. En estos casos, la renta y el impuesto se regularizan con la Declaración de Renta anual.

PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE  RENTA DE PRIMERA CATEGORÍA - ARRENDAMIENTO

Si el propietario de un predio o algún mueble  los alquila debe tener en cuenta que se encuentra obligado a pagar el impuesto a la Renta de Primera Categoría procediendo de la siguiente manera para cumplir con su obligación tributaria:

CONCEPTO

DECLRARACIÓN Y PAGO

TASA A PAGAR

MEDIOS PARA DECLARAR Y PAGAR

DECLARACIÓN SIMPLIFICADA (CON CLAVE SOL)

EN EL BANCO (PRESENCIAL)

Impuesto a la Renta por arrendamiento

 

Ejemplo:

Alquiler de:

-Inmuebles

-Vehículos

Mensualmente según el último dígito de tu RUC

(cronograma estipulado por la SUNAT)

5% del monto del alquiler

1. Ingrese a SUNAT Operaciones en

Línea con su Clave SOL.

2. Ubique Declaración Simplificada,

Opción Arrendamiento.

3. Ingrese los datos.

4. Elija opción de pago:

a. Cargo en cuenta de banco

(previa afiliación)

b. Tarjeta de crédito (VISA)

c. Tarjeta de débito (VISA)

5. Efectúe el pago.

6. Imprima su constancia o envíela a

su correo electrónico.

Indique al cajero estos datos:

- RUC del arrendador

- Mes y año del alquiler

- Tributo: 3011

- Monto del alquiler en Nuevos Soles (S/.)

- Tipo y N° de

documento de identidad

del inquilino (arrendatario)

Guía para pagar

 

Bancos autorizados

- Una vez efectuado el pago el banco le entregará el recibo por arrendamiento (Formulario N° 1683) donde consta su declaración y pago. Ud., a su vez, debe entregar este recibo al inquilino/arrendatario, porque es el comprobante de pago del alquiler y sirve para sustentar gasto o costo tributario, de corresponder.

 - Si pagó con declaración simplificada en el Portal de SUNAT o mediante el Portal de Internet de un Banco Autorizado imprima la constancia y entregue un ejemplar al inquilino/arrendatario.

 - Para efectuar la declaración y pago el arrendador debe estar inscrito en el RUC – Registro Único de Contribuyentes de SUNAT

SEGUNDA CATEGORÍA:

CRITERIO: De lo percibido, es decir existe obligación de pagar el impuesto, cuando se cobra la renta. Para determinar la renta neta, la deducción es el 20% de la renta o ingreso bruto.

El pago del impuesto es casi inmediato, y por lo general a través de una retención, salvo el caso de la ganancia de inmuebles en el cual hay pago directo y al mes siguiente de obtenida la renta.

El saldo del impuesto se regulariza por el perceptor de la renta mediante Declaración anual sólo por las ganancias de valores mobiliarios (acciones, títulos, bonos etc.)

DECLARACIÓN Y PAGO: Se debe usar el formulario virtual 1665, sólo para ganancias de inmuebles.

Rentas de capital 2°.categoría:

Son las que provienen de ganancias de valores mobiliarios o inversiones de un derecho o capital invertido o ganancias en la transferencia de inmuebles (por ejemplo acciones, bonos, participaciones de fondos mutuos, regalías, intereses, dividendos etc).

Se conocen hasta cuatro sub-tipos de rentas:

  1. Ganancias por la venta de valores mobiliarios: acciones, bonos, títulos etc. y rescate de fondos mutuos o de inversión. El impuesto se paga a través de una retención con la tasa del 6.25% cada vez que se produzca una ganancia por la transferencia o rescate de los valores del beneficiario. Si hay saldo pendiente del impuesto por estas rentas se regulariza con la declaración de Renta Anual, conjuntamente con las que provengan de valores mobiliarios que cumplan determinados supuestos para ser computables dentro de esta categoría de renta.(segundo párrafo del art. 51° del TUO de la ley de Renta).
  2. Otras rentas de 2°: intereses por préstamos, regalías, derechos etc. El impuesto se paga con la tasa del 6.25% de la renta neta a través de una retención definitiva que se realiza en el mes que se percibe la renta.
  3. Ganancias por venta de inmuebles: por adquisiciones y ventas a partir del 01 de enero de 2004. El impuesto grava la diferencia entre el precio de venta, menos el precio de adquisición actualizado. El impuesto se paga con la tasa del 6.25% sobre la renta neta obtenida y el pago es definitivo.
  4. Por Dividendos o distribución de utilidades: Los dividendos se derivan de las utilidades por acciones o participaciones de una persona en una empresa El impuesto se paga en forma definitiva a través de una retención con la tasa de 4.1% sobre el monto del dividendo o distribución.

Las rentas y las tasas de la Segunda categoría se determinan de la siguiente manera:

SEGUNDA CATEGORIA

COMPENSACIÓN DE PÉRDIDAS

DEDUCCIONES

TASAS

Ganancia en la transferencia de acciones y otros valores

Se consideran en caso las hubiere

-20% sobre la renta bruta.

-Pérdida de capital originadas por la transferencia de valores mobiliarios

6.25% de la renta neta o 5% de la renta bruta(tasa efectiva)

Ganancias en la venta de inmuebles

No se considera

20% de la renta bruta

6,25% de la renta neta o 5% de la renta bruta.

Por otros ingresos considerados en el Art. 24 del TUO de la Ley de Renta

No se considera

20% de la renta bruta

6,25% de la renta neta o 5% de la renta bruta (tasa efectiva)

Por dividendos percibidos.

No se aplica

No se aplican

4.1 de los dividendos percibidos.

...

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