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COMPETENCIA DEL LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN


Enviado por   •  23 de Junio de 2016  •  Tareas  •  1.064 Palabras (5 Páginas)  •  2.291 Visitas

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COMPETENCIA DEL LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

(PLENO Y  SALAS)

AMPARO INDIRECTO:

La suprema corte cono en segunda instancia a través del recurso de revisión que procede contra las sentencias que en la audiencia constitucional dictan los Jueces de Distrito. Tal conocimiento es limitativo, pues fuera de los casos especificados en la constitución (art 107, fracción VIII), de dicho recurso decide los Tribunales Colegiados de Circuito. Así, la corte tiene competencia para conocer de la revisión contra las referidas sentencias en las hipótesis siguientes:

  1. Competencia Exclusiva
  1. Facultad de Atracción

Cuando en el amparo fallado por los jueces el acto reclamado sea:

  • Ley federal o local
  • Tratado internacional
  • Reglamento federal (expedido por presidente de la república, art 89 fracción I)
  • Reglamento a cualquier ordenamiento legal o local

(Decretado por gobernador de la entidad federativa)

  • Amparo soberanía Art.  103, fracción II Y III (C.P.E.U.M)

Es el medio excepcional con el que cuenta la Suprema Corte de Justicia de la Nación para atraer asuntos que, en principio, no son de su competencia originaria, pero que revisten interés y trascendencia. 

Fundamento:

Artículo 107, fracción VIII constitucional.

  • De oficio
  • Petición fundada ( TCC o PGR)

AMPARO DIRECTO

  1. Recurso de Revisión

Art 81, fracción II (L.A)

Art. 107, Fracción IX (C.P.E.U.M)

  1. Facultad de Atracción
  • En contra de las sentencias que resuelvan sobre la constitucionalidad de normas generales que establezcan la interpretación directa de un precepto de la constitución política de los estados unidos mexicanos.
  • De los derechos humanos establecidos en los tratados internacionales de los que el estado mexicano sea parte.

Fundamento:

Artículo 107, fracción V constitucional.

  • De oficio
  • Petición fundada ( T.C.C o PGR)

COMPETENCIA DEL LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

(PLENO Y  SALAS)

AMAPRO INDIRECTO

  1. COMPETENCIA DEL PLENO

Promovido ante los jueces de distrito y en el que se hubiera dictado la sentencia recurrid en revisión donde el acto reclamado haya sido:

  • Ley federal o local
  • Tratado internacional  por su inconstitucionalidad.
  • Interferencia competencial ( art.103, fracción II y III) C.P.E.U.M
  • Cuando se ejercite la facultad de atracción contenida en el segundo párrafo del inciso b) de la fracción viii del artículo 107 de la constitución.

  1. COMPETENCIA DE LA SALA

Del recurso de revisión en amparo contra sentencias pronunciadas en la audiencia constitucional por los jueces de distrito o tribunales unitarios de circuito, en los siguientes casos:

  • Cuando subsista en el recurso el problema de constitucionalidad, si en la demanda de amparo se hubiese impugnado un reglamento federal expedido por el presidente de la república, o reglamentos expedidos por el gobernador de un estado o por el jefe del distrito federal, por estimarlos directamente violatorios de un precepto de la constitución política de los estados unidos mexicanos o si en la sentencia se establece la interpretación directa de un precepto de la misma en estas materias, y
  • Cuando se ejercite la facultad de atracción.

AMAPRO DIRECTO

  1. COMPETENCIA DEL PLENO

Corresponde al Pleno de la corte conocer del recurso de revisión contra sentencias dictadas por el Tribunal Colegiado de Circuito si en ellas se decidió sobre alguna cuestión de:

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