CONOCIENDO LAS NIIF PYME Y SU PROCESO DE ADOPCION EN VENEZUELA
Darianni210 de Julio de 2013
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CONOCIENDO LAS NIIF PYME Y SU PROCESO DE ADOPCION EN VENEZUELA
La adopción de la normativa contable internacional conlleva un complejo proceso de análisis de factores económicos y legales inherentes a cada país; Venezuela no ha sido la excepción. Desde el año 1997 tanto los organismos e institutos y los profesionales de la contaduría en general han emprendido la ardua labor de analizar cada una de las normas emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Información Financiera (IASB por sus siglas en ingles), órgano que desde el año 2001 asumió la labor de de emitir dichas normas; a fin de armonizar y adecuar la normativa nacional en materia contable a los estándares internacionales.
Antes de profundizar en el tema considero importante pasearnos brevemente por los antecedentes relacionados con las normas internacionales de información financiera; iniciando por el órgano emisor de las mismas conocido como el Consejo de Normas Internacionales de Información Financiera (IASB por sus siglas en ingles) cuya razón de ser es la creación de normas contables de interés público que se caracterizan por ser de alta calidad, comprensibles y de obligatorio cumplimiento y cuya finalidad primordial es armonizar la información financiera; es decir, minimizar las diferencias que hay en el tratamiento, registro, presentación y revelación de la información contable en los Estados Financieros a nivel internacional.
Sobre la base de lo anterior, considero importante señalar que las NIIF constituyen una guía para la preparación, presentación y uso de los estados financieros con propósito general, entendidos estos como aquellos dirigidos a satisfacer las necesidades de información de terceros, bien sean accionistas, acreedores, empleados y/o del público en general; todo con el fin de que la información reflejada en ellos muestre razonablemente la situación financiera y económica de la entidad y que además, dicha información, sea transparente para los usuarios, comparable respecto de todos los periodos presentados y respecto de los usuarios extranjeros, fiable y por ende útil a dichos usuarios en el proceso de toma de decisiones económicas.
Al respecto Rodríguez José (2009) argumenta que la creación de esta norma se fundamenta en el hecho de que la información financiera varia de un país a otro, aunque a simple vista parezca muy similar; y que ello obedece bien sea a factores sociales, económicos o legales que existen en cada país. De ahí la importancia de manejar un mismo estándar a nivel mundial; recordemos que en la actualidad la economía se ha globalizado e integrado de manera tal, que el manejo uniforme de la información financiera constituye una necesidad básica para todos los usuarios, ya que de dicha información depende en gran medida las posibilidades de colocación y obtención de capital u otras inversiones que representarían una gran oportunidad de expansión y crecimiento para las entidades.
Hecha la observación anterior, conviene señalar que, en principio el IASB pretendió crear un solo estándar, conocido como NIIF PLENAS (antes NIC), pensando en aquellas entidades que comercializan o interactúan con terceros internacionales, las cuales requerían criterios contables estandarizados o cónsonos con los criterios de otros países. Cuando esta normativa es creada y aplicada por primera vez, choca con la realidad y naturaleza de las operaciones de aquellas entidades de menor tamaño pues estas realizan solo algunas de las actividades, las más tradicionales y simples, de aquellas que llevan a cabo las grandes empresas; esta situación de incompatibilidad dio paso a un estudio profundo, el cual después de muchos años concluyó que era necesario de crear un estándar adicional dirigido a dichas entidades y es así como surge lo que hoy conocemos como las Normas Internacionales para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYME).
Cabe decir que las NIIF PYME no son normas contables distintas a las NIIF PLENAS, pero si que manejan criterios propios, es un estándar aparate concebido en el marco base de las plenas y bajo ningún concepto deben ser consideradas un resumen de las ultimas, aclaratoria fundamentada en la propia publicación del IASB que señala las diferencias existentes entre ambos estándares, cuando las hay. Un ejemplo de esto es que bajo NIIF PLENAS, cuando se hacen ajustes a valor razonable, el resultado se lleva al patrimonio; en tanto que bajo NIIF PYME en principio no siempre se ajusta a valor razonable y cuando se hace, se lleva a resultado. (Flores, 2012); lo que evidencia entonces que el manejo bajo uno u otro estándar es diferente.
Sobre la base de lo antes expuesto, las NIIF PYME pueden calificarse entonces como un juego simplificado de los enunciados de las NIIF PLENAS, que mantiene tanto objetivos y principios de estas; pero que se conciben, por un lado, por el hecho de que el costo generado por la aplicación de NIIF PLENAS en pequeñas y medianas entidades es totalmente desproporcionado en comparación con los beneficios que obtendrían con dicha información; y por lado, el hecho de que los requerimientos de información de las pequeñas y medianas entidades son minúsculos en comparación con aquellas de mayor envergadura y por lo tanto requieren un tratamiento un poco menos complejo.
Otro aspecto importante que el lector debe conocer es la estructura de las NIIF para PYME, la misma es una sola norma dividida en 35 secciones, complementadas con notas o explicaciones adicionales a fin de facilitar su comprensión y aplicación. No obstante, en esta oportunidad solo presentare brevemente cuales son dichas secciones y que área les ocupa, ya que este trabajo solo busca ofrecer conocimiento general y no un análisis profundo de la norma. En tal sentido tenemos que NIIF PYME está organizada y sus temas distribuidos de la siguiente manera:
• Sección 1: trata lo concerniente a las Pequeñas y Medianas Entidades, definición, caracterización y aspectos generales. Por ejemplo señala que las PYME no rinden cuentas públicamente ya que no están registradas ni en proceso de registrar en el mercado de valores sus instrumentos de deuda o de capital, tampoco el negocio es la función fiduciaria sobre activos de un gran número de participantes, (bancos, uniones de crédito, aseguradoras, fondos mutuales, bancos de inversión.); además indica que preparan estados financieros de propósito general.
• Sección 2: referida a los Conceptos y Principios Generales bajo los cuales se debe manejar la norma, entre otros aspectos establece el objetivo de los estados financieros y las características cualitativas de la información financiera, así como definiciones claras de activo, pasivo y patrimonio neto (elementos de la información financiera); ingresos y gastos (rendimiento), reconocimiento, medición, ganancia y pérdida y resultado integral, compensación de partidas.
• Sección 3: señala como deben presentarse los Estados Financieros, sus componentes, la presentación razonable de estos e indica además que los estados financieros a presentar son: Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados Integrales, un Estad de Resultados Separado y un estado de resultados Integrales, estado de Cambios en el Patrimonio Neto, estado de flujo de efectivo y notas a los Estados Financieros.
• Sección 4: abarca todo lo concerniente al Estado de Situación Financiera, entre otros aspectos, establece la clasificación entre partidas corrientes y no corrientes sin tomar en cuenta el orden de liquidez. No exige un formato de presentación obligatorio.
• Sección 5: referido expresamente al Estado de Resultados Integrales en introduce la novedad de que se admite un único estado o dos estados separados. Se debe presentar el subtotal de ganancias y pérdidas, cuando la entidad tenga partidas de ORI.
• Sección 6: concerniente al Estado De Cambios en el Patrimonio y Estado de Resultado y Ganancias Acumuladas; señala que dicho informe muestra todos los cambios en el patrimonio (resultado integral total, aportes y retiros de los propietarios, distribución de dividendos, transacciones con acciones).
• Sección 7: referida al Estado de Flujo de Efectivo; indica entre otros aspectos, que todas las PYMES deben presentarlo pudiendo emplear bien sea el método directo o el método indirecto en su elaboración.
• Sección 8: dedicada a las Notas a los Estados Financieros, hace la acotación de que se requiere una declaración expresa de haber utilizado NIIF para PYMES así como un resumen de las políticas contables, información complementaria de las partidas presentadas en el miso orden de estado y partida; cualquier otra información relevante.
• Sección 9: referida a los Estados Financieros Consolidados y Separados, en general dicta las pautas para la presentación de los estados financieros de subsidiarias y controladoras.
• Sección 10: en esta sección Políticas Contables, estimaciones y Errores, como aspecto importante indica que la definición de políticas que haga la gerencia debe proporcionar información relevante y fiable; además indica jerarquía para resolver cuestiones no previstas.
• Sección 11: referida a Instrumentos Financieros Básicos, señala expresamente que esta sección es relevante para todas las entidades, los elementos básicos con los cuales deben cumplir para ser calificados como tales. Así mismo señala que normalmente cumplen con esos elementos el efectivo, los depósitos a la vista, papeles comerciales prestamos, entre otros.
• Sección 12: titulada Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros, aquí al igual que la sección 11, trata el reconocimiento, el no reconocimiento, la medición
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