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CONSULTOR AMBIENTAL


Enviado por   •  14 de Enero de 2014  •  895 Palabras (4 Páginas)  •  288 Visitas

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CONSULTOR AMBIENTAL

"Caso. Basurero de Centla"

Analizaremos las problemáticas en el caso Basurero de Centla considerando los siguientes puntos:

1.- Peligro para los mantos acuíferos

2.- Peligro de plagas para los habitantes de las cercanas.

3.- No respetar las delimitaciones del espacio que corresponde al basurero.

4.- Depósito de residuos a cielo abierto.

De acuerdo a LAS NORMAS OFICIALES EN MATERIA DE RESIDUOS SOLIDOS Y URBANOS DE LA SEMARNAT (Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales) en el: Diario Oficial de la Federación (20 de octubre de 2004) se establece para los problemas antes mencionados.

1.- Peligro para los mantos acuíferos.

7.11.3 Monitoreo de acuíferos

Los programas de monitoreo deben contar con puntos de muestreo que respondan a las condiciones particulares del sistema de flujo hidráulico, mismo que define la zona de influencia del sitio de disposición final, y por lo menos, dos pozos de muestreo, uno aguas arriba y otro aguas abajo del sitio de disposición final. Los parámetros básicos que se considerarán en el diseño de los pozos son:

• Gradientes superiores y descendentes hidráulicos.

• Variaciones naturales del flujo del acuífero.

• Variaciones estacionales del flujo del acuífero.

• Calidad del agua antes y después del establecimiento del sitio de disposición final. La calidad de referencia estará definida por las características del agua nativa.

7.3 Debe construirse un sistema que garantice la captación y extracción del lixiviado generado en el sitio de disposición final. El lixiviado debe ser recirculado en las celdas de residuos confinados en función de los requerimientos de humedad para la descomposición de los residuos, o bien ser tratado, o una combinación de ambas.

7.4 Se debe diseñar un drenaje pluvial para el desvío de escurrimientos pluviales y el desalojo del agua de lluvia, minimizando de esta forma su infiltración a las celdas.

2.- Peligro de plagas para los habitantes de las cercanas.

8.5 Control de fauna nociva y evitar el ingreso de animales.

3.- No respetar las delimitaciones del espacio que corresponde al basurero.

6.1.3 En localidades mayores de 2500 habitantes, el límite del sitio de disposición final debe estar a una distancia mínima de 500 m (quinientos metros) contados a partir del límite de la traza urbana existente o contemplada en el plan de desarrollo urbano

8.6 Cercar en su totalidad el sitio de disposición final.

4.- Depósito de residuos a cielo abierto.

7.2 Se debe garantizar la extracción, captación, conducción y control del biogás generado en el sitio de disposición final. Una vez que los volúmenes y la edad de los residuos propicien la generación de biogás y de no disponerse de sistemas para su aprovechamiento conveniente, se procederá a su quema ya sea a través

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