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CONTABILIDAD GENERAL ACTIVIDAD


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2017  •  Tareas  •  1.185 Palabras (5 Páginas)  •  248 Visitas

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CONTABILIDAD GENERAL

ACTIVIDAD

RESUMEN DE LAS NIC 17-18-19-20-21-23-24-26

IVAN DARIO GUERRERO SANABRIA

ID 493410

UNIVERSIDAD MINUTO DE DIOS

ADMINISTRACION DE EMPRESAS

FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES

BOGOTA D.C

2015

NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD No.17- NIC 17: Contratos de arrendamiento:

Esta norma tiene como objetivo principal crear en los arrendatarios y los arrendadores unas políticas contables adecuadas, con el fin de llevar una contabilidad estándar dentro de los arrendamientos.

Dentro de las NIC los arrendamientos se clasifican de la siguiente forma:

1. Arrendamiento financiero: Al inicio del contrato de arrendamiento se da a conocer la situación financiera del arrendatario dando la oportunidad al arrendador de traspasar el derecho a usar un bien a un arrendatario, a cambio del pago de la renta, el tiempo y el monto  se especifican dentro del contrato.

Al termino de contrato el arrendatario puede adquirir el bien o inmueble a un precio acordado, esto se denomina ¨residual¨ el cual se obtiene por el precio originario pagado por el arrendador más los gastos, los intereses y los abonos realizados por el arrendatario. Este tipo de contrato da la opción de que el arrendatario al finalizar el contrato tenga la oportunidad de comprar el bien.

2. Arrendamiento Operativo: Este tipo de contrato permite al propietario de una bien o activo en transferir el derecho a otra persona para que lo utilice a cambio de un canon cada determinado tiempo. Este tipo de arrendamiento es común y corriente, ya que no incluye la opción de compra a término del contrato de arrendamiento, como se puede hacer en el contrato de arrendamiento financiero.

NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD No.18 - NIC 18: Ingresos Ordinarios:

Son los ingresos procedentes de las actividades ordinarias o habituales de la empresa como parte de su negocio, es decir la entrada bruta de beneficios económicos surgidos de las actividades de una entidad, dando entrada a un aumento del patrimonio neto.

El principal interés en la contabilización de ingresos ordinarios es determinar cuándo deben ser reconocidos y esto es posible cuando los beneficios económicos futuros fluyan a la entidad, otorgando fiabilidad.

Esta norma se aplica al contabilizar los ingresos ordinarios procedentes de las siguientes transacciones:

*Venta de bienes

*prestación de servicios

* Uso, por parte de terceros, de activos de la entidad que produzcan intereses, regalías y dividendos.

NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD No.19- NIC 19: Beneficios a los Empleados:

Es la norma que obliga a las entidades a reconocer una retribución a los empleados a cambio de un servicio, es decir la contraprestación, indemnizaciones que debe reconocer la entidad.

1. se define como PASIVO cuando el empleado ha prestado servicios a cambio de beneficios a los empleados a pagar en el futuro.

2. se define como GASTO cuando la entidad consume el beneficio económico procedente del servicio prestado por el empleado a cambio de los beneficios a los empleados.

Los Beneficios a los empleados a corto plazo, se le dan a los empleados diferentes de las indemnizaciones por cese el cual debe ser liquidado en su totalidad antes de los doce meses siguientes al final del periodo anual sobre el que se informa en el que los empleados hayan prestado los servicios relacionados. Cuando un empleado haya prestado sus servicios a una entidad durante el periodo contable, ésta reconocerá el importe (sin descontar) de los beneficios a corto plazo que tiene la obligación de pagar por sus servicios.

NORMA INTERNACIONAL DE CONTABILIDAD No.20- NIC 20: Contabilización de las subvenciones del gobierno e información a revelar sobre ayudas gubernamentales:

Estas ayudas gubernamentales son acciones ejercidas por el poder público, con el fin de suministrar beneficios económicos específicos a las entidades. No se consideran ayudas gubernamentales  los beneficios que se producen indirectamente sobre las entidades seleccionadas bajo ciertos criterios los beneficios que se producen indirectamente sobre las entidades por actuaciones sobre las condiciones generales del comercio o la industria, tales como el suministro de infraestructura en áreas en desarrollo o la imposición de restricciones comerciales a los competidores.  Son ayudas gubernamentales en forma de transferencias de recursos a una entidad a cambio del cumplimiento pasado o futuro de ciertas condiciones relacionadas con las actividades de operación de la entidad. Se excluyen aquellas formas de ayuda gubernamental a las que no cabe razonablemente asignar un valor, así como las transacciones con el gobierno que no pueden distinguirse de las demás operaciones normales de la entidad.

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