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CONTESTACION DE DEMANDA REIVINDICATORIO

erikareji18 de Febrero de 2015

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CONTESTACIÓN DE DEMANDA REIVINDICATORIA OPONIENDO LA RECONVENCIÓN.

AGUILAR ARCOS ABUNDIO

VS

AGUILAR MATA RICARDO

JUICIO ORDINARIO CIVIL

EXPEDIENTE NÚMERO: 300/2012

SECRETARIA “B”

C. JUEZ TERCERO DE LO CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL

P R E S E N T E.

RICARDO AGUILAR MATA, mexicano, mayor de edad, por mi propio derecho con la personalidad al rubro citada, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado CALLE AVENIDA TEXCOCO, NUMERO 1268, DEPARTAMENTO 301, DEL EDIFICIO 10, ENTRADA “B”, RÉGIMEN 17, DEL CONJUNTO HABITACIONAL SOLIDARIDAD, COLONIA SANTA MARTHA ACATITLA, DELEGACIÓN IZTAPALAPA, CÓDIGO POSTAL 09510, MÉXICO DISTRITO FEDERAL; asimismo, autorizando para recibir en nuestro nombre todo tipo de notificaciones, documentos y valores, con fundamento en lo establecido en el artículo 112, párrafo cuarto, del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, a los Licenciados en Derecho como mis Defensores Particulares, a los CC. CARLOS AGUSTIN NAVA con cedula profesional número 5473194 y CARLOS CORTÉS ROMERO con cedula profesional número 5477240, ambas expedidas por la Dirección General de Profesiones, dependiente de la Secretaria de Educación Pública, conjunta o indistintamente, así como a los CC. PEDRO SÁNCHEZ SAUZA, JOSÉ LUIS FLORES JUSTO, ZULEYKA MARTÍNEZ GALLEGOS, SILDIA YURIDIA CORONA REYES, LUIS ANTONIO LUNA BURGOS y RAÚL OLVERA GARCÍA, autorizando para oírlas y recibir toda clasede documento, notificaciones o valores, conjunta o indistintamente; ante Usted C. Juez con el debido respeto comparezco y expongo:

C O N T E S T A C I O N A L A S P R E S T A C I O N E S:

Carece de derecho y de acción el actor para demandarme las prestaciones que señala con los incisos del a) al c), por haberse extinguido su derecho de propiedad sobre el inmueble que pretende reivindicar.

C O N T E S T A C I Ó N D E H E C H O S:

1.- Este hecho no es propio, y por lo tanto ni lo afirmo ni lo niego.

2.- Este hecho es totalmente falso, pues el hoy actor, realizo un contrato de compra venta con el INFONAVIT a sugerencia y petición de mi señora madre de nombre MARÍA GUADALUPE MATA RAMOS, pues ella a pesar de trabajar y mantener a la familia, su trabajo no contenía el derecho al INFONAVIT, por lo cual el hoy actor y mi señora madre de nombre MARÍA GUADALUPE MATA RAMOS realizaron un convenio de manera verbal el cual consistió en que el actor tramitaría la solicitud de crédito ante el INFONAVIT, y mi madre la C. MARÍA GUADALUPE MATA RAMOS, seria la que pagaría dicho crédito pues todo el dinero que le descontara el INFONAVIT al hoy actor se le rembolsaría en su totalidad, pues este último, no tenía interés de hacerse de un patrimonio y muchos menos a costa de un detrimento en su salario. Es así como se obtuvo el referido inmueble cuya posesión hasta hoy día detento.

3.- Este hecho es parcialmente cierto,en virtud de que la identificación, medidas y colindancias que señala el actor en su demanda concuerdan con el multireferido inmueble, pero es falso en lo que toca a que el hoy actor le asista la calidad de propietario pues este mismo vendió el citado departamento a mi señora madre de nombre MARÍA GUADALUPE MATA RAMOS, además de que jamás se hizo cargo de ningún pago de ninguna especie en este predio, y nunca ha habitado el mismo más que en las veces en que se le permitió vivir..

4.- Este hecho es totalmente falso, pues quien suscribe tiene habitando el departamento más de veinte años de forma pacífica e ininterrumpida, y no como lo señala el hoy actor pues este desde fecha que se separo de mi señora madre nunca más utilizo el departamento ya que mi señora madre y el suscrito fuimos los únicos que habitamos el departamento. Además de que el hoy actor siempre reconoció y señalo que ese departamento era de mi señora madre pues esta era la persona que realmente lo estaba pagando y cuando falleció, el mismo me refirió que el departamento ya se lo había terminado de pagar mi señora madre y que por lo tanto ahora era mío. Es por esta razón que no entiendo el proceder de sus actos cuando él no tiene ningún derecho sobre este inmueble.

Aunando la realidad de las cosas pues el hoy actor y mi señora madre no vivían juntos como él lo señala pues su separación fue desde muchos añosantes de que ella falleciera.

5.- Este hecho es falso, pues quien suscribe fue reconocido a la edad de un mes y no a los siete meses de edad como lo refiere el actor, tal y como lo menciono en su demanda, pues el suscrito fue registrado en fecha 29 de julio de 1985, por lo que se puede apreciar claramente que el actor señala una mentira más en su escrito de demanda, pues el suscrito fui registrado un mes después de mi nacimiento. Además el actor nuevamente falsea en sus hechos pues como he señalado el actor y mi señora madre la C. MARÍA GUADALUPE MATA RAMOS, se separaron desde fecha por lo que el actor tenía ya muchos años que no vivía con nosotros. Es así la realidad de las cosas fue después del fallecimiento de mi madre en fecha que el hoy actor me pidió que lo dejara pasar una temporada en mi casa ya que sus problemas de alcoholismo se habían agravado y que no tenía con quien acudir ya que todos le daban la espalda, y fue por esos motivos que el actor paso cerca de dos meses habitando en mi domicilio, el hoy actor en ese transcurso de tiempo me refirió una serie de malintencionadas acciones pues me señalo que tenía que conseguir $ 80,000.00 (OCHENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) pues el hoy actor había empeñado el departamento con su hermana de nombre Leticia Aguilar Arcos y que tenía el suscrito quepagarle o que si no me embargarían el departamento, situación que motivo una discusión entre el hoy actor y el suscrito, pues le referí que él no tenía ningún derecho de dar en garantía por sus deudas un bien que no es de su propiedad, acción que nunca lamento realmente el hoy actor, pero que me señalo que por sus problemas de alcoholismo estaba teniendo muchos problemas por lo que me pedía que no lo corriera de mi casa, si no que lo ayudara a su padre y que no lo abandonara pues el hoy actor tenía miedo de perderse en esa enfermedad, dos semanas después de nuestra discusión el día tal el hoy actor aprovecho la ausencia del suscrito así como la de mi esposa e hijas en mi domicilio, para llevarse varias cosas de mi casa como refrigerador, ropero, cama matrimonial y individual, televisor y estufa, cosas que en ningún momento le perecieron al pues fue mi señora madre la C. MARÍA GUADALUPE MATA RAMOS, quien las que compro, ese día que se robo las cosas ya no regreso a mi domicilio, si no que regreso hasta 6 meses después en un estado de total estado de ebriedad y estado violento, abrió utilizando su llave la reja de la entrada y no pudiendo abrir la puerta ya que mi esposa ante el estado inadecuado del hoy actor le puso seguro a la puerta para impedirle la entrada. Después de ese día no tuve razón de el hoy actor hasta la fecha que interpuso una denuncia en mi contra en la señalo que elsuscrito cambie las llaves de la puerta y de la reja del departamento, situación falsa nuevamente.

6.- Este hecho es falso en cuanto refiere el hoy actor, pues él nunca ha vivido en el departamento, solo se le ha permitido quedarse y eso por calidez humana en lo que toca a su enfermedad de alcoholismo y paupérrima situación social, además es igualmente falso que el suscrito haya cambiado las chapas de las puertas de mi departamento como el hoy actor señala, pero es verdad que con esta serie de mentiras el hoy actor interpuso una denuncia por el delito de despojo en mi contra, Averiguación Previa que no conto con la acreditación de la probable responsabilidad ni mucho menos los elementos del cuerpo del delito en mi contra por lo cual fue archivada por no contar con elementos suficientes para acreditar un delito en contra del hoy actor.

7.- Este hecho que se contesta es cierto

8.- Este hecho que se contesta es falso pues el hoy actor nunca me solicito, ni en ningún momento me señalo que desocupara el inmueble multicitado, como ahora lo refiere en su escrito de demanda, y este H. Juzgado no puede tomar en consideración y mucho menos concederle mediante una resolución judicial la entrega y propiedad del inmueble referido, pues quien aquí suscribe siempre ha habitado y ha visto el inmueble de forma pacífica, pública, continua y de buena fe, y a título de dueño sobre dicho inmueble y en consecuencia carece de derecho el actorpara reclamar las prestaciones en la forma que lo hace.

C O N T E S T A C I O N A D E R E C H O :

Es inaplicable el derecho con el que pretende fundamentar sus peticiones el actor por las razones ya expuestas en el capítulo de hechos.

Opongo las siguientes

E X C E P C I O N E S

1.- LA DE FALTA DE DERECHO Y DE ACCIÓN, por haberse extinguido el derecho de propiedad del actor sobre el inmueble que reclama, habiendo operado en consecuencia a mi favor la prescripción positiva, por las razones que quedaron expuestas en el capítulo de hechos.

2.- LA EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN A MI FAVOR, convirtiéndome por ese título en nuevo propietario.

3.- LA EXCEPCIÓN DE EXTINCIÓN DEL DERECHO DE PROPIEDAD DEL ACTOR SOBRE EL INMUEBLE QUE RECLAMA POR PRESCRIPCIÓN, operando en mi favor ésta por haber poseído y poseer el inmueble en concepto de propietario, posesión que ha sido además con los atributos legales de pacífica, de buena fe, continua y pública, como lo demostrare en la secuencia

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