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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA VIVENDA.


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2016  •  Apuntes  •  564 Palabras (3 Páginas)  •  142 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA VIVENDA

ARRENDADOR: EDGAR ANTONIO RICO ZAPATA

ARRENDATARIO: MARICELA DEL CARMEN DIAZ SANCHEZ         

INMUEBLE: CALLE 74 Sur 38 B 39 BOGOTA

CANON MENSUAL: 300.000 MIL PESOS

Las partes contratantes adquirieron los derechos y contraen las obligaciones que el presente contrato y la ley les impone de conformidad con las siguientes estipuladas .PRIMERA –ARRENDADOR: EDGAR ANTONIO RICO ZAPATA persona mayor de edad residente y domiciliada en Bogotá –identificada con cc No 6.084.659 expedida en Cali .ARRENDATARIA: MARICELA  DEL CARMEN DIAZ SANCHEZ persona mayor de edad residente y domiciliada en Bogotá identificada con C.C 30.688.580 de Carrete Córdoba expedida en Villavicencio meta .SEGUNDO OBJETO: el arrendador entrega a título de arrendamiento un apartamento ubicado en la calle 74 a sur No 38 B 39 barrio arbolizadora alta que costa de 2 alcobas , 1 cocina, y baño para máximo 2 personas con servicios compartidos  TERCERA TERMINO : el termino de arrendamiento de  presente contrato será de (6) meses contados a partir de 03 de agosto del 2016 hasta el 02 de enero del 2017 .CUARTO CANON : el valor de canon del arrendamiento del presente contrato será de trecientos mil pesos (300.000) mensuales que el arrendatario pagara anticipadamente dentro de  los días (5) de cada mes .a partir del (5) dia  el arrendatario pagara un intereses bancario corriente vigente sobre el canon el arrendamiento la mera tolerancia del arrendador de aceptar el pago del precio del arrendamiento con coste prioridad a los (5) primeros días del pago en el presente contrato .se pedirá un depósito  de cincuenta mil pesos anticipados por concepto de servicio públicos  50.000 . QUINTA DESTINACION: El inmueble materia de contrato por  parte del arrendatario solo es válida previa autorización del arrendador dada por escrito .SEXTA REPARACIONES Y MEJORAS :no podrá el arrendador efectuar reparaciones que no tengan de carácter de locativas/o mejoras sin previo permiso por escrito del arrendador si las ejecuta sin esta autorización accederán al inmueble sin perjuicio de que el arrendatario pueda exigir su retiro caso en el cual el arrendatario se obliga a entregar el inmueble en el mismo estado en que lo recibió. SÉPTIMA- SUBA ARRIENDO: el arrendatario no podrá sin autorización escrita por el arrendador .subarrendar total o parcial ni darle destinación a la prevista .OCTAVA SANCIONES: en caso de incumplimiento de cualquiera de las clausulas se aplicara una sanción penal equivalente al valor (2)de dos mensualidades según el precio del arrendamiento sin necesidad de los demás acciones otorgadas por la ley al arrendador sin necesidad de requerimiento privados o judiciales a los cuales renuncia expresamente el arrendatario como el requerimiento renovaciones de juicios exigidos por los artículos 2035 y 2007 del C.C y 424 del C.P.C y al derecho de oponerse a la sanción del arrendatario mediante caución en caso de juicio de restitución de inmueble . Si el arrendatario desocupa el inmueble antes del vencimiento se dará aplicación a lo  dispuesto en el ART 2033 del C.C

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