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CONTRATO DE HOSPEDAJE Y SU EFECTO FISCAL


Enviado por   •  5 de Septiembre de 2014  •  383 Palabras (2 Páginas)  •  500 Visitas

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Contrato de hospedaje (2666-2669 CCiv)

Es el contrato bilateral donde una persona presta a otra albergue mediante una retribución convenida en el cual se puede comprender o no, los alimentos y demás gastos que origine el hospedaje.

Partes contratantes

Hospedante: es el que proporciona el albergue y los servicios según se estipulen

Huéspued: el que hace uso o goce de dichos servicios.

Obligaciones

El hospedante se obliga a prestar al huésped albergue, alimentos y otros servicios según se estipule. El contrato podrá celebrarse de forma expresa rigiéndose según las condiciones estipuladas; o de manera tácita si el que presta el servicio tiene una casa pública destinada al objeto, este se regirá por el que expide la autoridad competente y el dueño deberá tenerlo en un lugar visible.

Los equipajes de los pasajeros responden preferentemente del importe del hospedaje; a ese efecto, los dueños de los establecimientos donde se hospeden podrán retenerlos en prenda hasta que obtengan el pago de lo adeudado

Ejemplo:

Una persona dueña de una casa de campo decide prestarla a otra para su uso o disfrute vacacional, ambos deciden celebrar contrato en forma expresa donde el hospedante se obliga a prestar albergue al huésped y servicios básicos para su disfrute, obligándose el huésped a pagar 50% al momento de celebrar el contrato y 50% una vez concluido el contrato, en caso contrario el hospedante podrá retener en prenda el equipaje del huésped hasta que se extinga dicha obligación.

Aplicación fiscal:

Javier “El Frijolito” famoso empresario español tiene una propiedad en Ajijic, Chapala destinada como recinto vacacional mediante tiempos compartidos, celebra contrato con Ricardo Chavez. ¿Javier tiene la obligación de enterar dicho ingreso si es un residente en el extranjero y no es una actividad preponderante para él?

Sí , ya que tratándose de ingresos que correspondan a residentes en el extranjero que se deriven de un contrato de servicio turístico de tiempo compartido, se considerará que la fuente de riqueza se encuentra en territorio nacional cuando en el país estén ubicados uno o varios de los bienes inmuebles que se destinen total o parcialmente a dicho servicio; tiene la obligación de enterarse aplicando la tasa del 25% sin deducción alguna dentro de los 15 días siguientes de obtener el ingreso o, que Ricardo le efectué la retención (159 LISR)

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