CONTRATO PENAL
sinai.rea20 de Noviembre de 2014
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CONTRATO CUOTA LITIS o DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES
En la Ciudad de Guadalajara, Jalisco a 30 de ENERO del 2014, se celebra por una de las partes EL LIC. a quien en lo Sucesivo se le denominara ¨EL PROFESIONISTA¨ y por la otra parte SRA, a quien en lo sucesivo se les denominara ¨EL CLIENTE¨ los cuales desde este momento ambas partes hacen la siguiente:
D E C L A R A C I O N:
PRIMERA.- Declaran tanto EL PROFESIONISTA, como EL CLIENTE que son Mexicanos, Mayores de edad, con capacidad legal para obligarse por medio de este Contrato Cuota Litis o de Prestación de Servicios Profesionales.
SEGUNDA.- Que la celebración del presente Contrato es de Buena fe, sin dolo y sin ventaja para ninguna de las partes.
Acuerdan desde este momento ambas partes que es su deseo someterse expresamente al contenido de las siguientes:
C L A U S U L A S:
PRIMERA.- EL CLIENTE SRA. contrata los servicios de EL Profesionista para que este lleve acabo EL TRAMITE JUDICIAL NECESARIO, y se encargue de la defensa jurídica de Hijo Directo del CLIENTE mediante la tramitación del recurso de apelación en contra de la sentencia dictada en su contra por el Juez Séptimo de Distrito en materia Penal en el Estado de Jalisco, y Obtener la libertad del mismo por parte de EL PROFESIONISTA que es el fin que se persigue dentro del tramite judicial a promover por EL PROFESIONISTA y a favor del familiar del CLIENTE, ello dentro del toca penal número que se ventila ante _____________________________________________________________________________________________, por el delito contra la salud, modalidad de introducción ilegal al país de narcóticos.
SEGUNDA.- EL CLIENTE Se obliga a pagar por concepto de honorarios a EL PROFESIONISTA la cantidad de $150,000.00 CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL los que pagara este al PROFESIONISTA, en una sola exhibición, al momento en que este obtenga dentro del recurso de apelación pendiente por resolver la libertad del familiar del CLIENTE de nombre_____________________________________, esta obligación de pago por parte del CLIENTE subsistirá desde el momento mismo en que EL PROFESIONISTA obtenga la libertad del antes citado al resolverse el recurso de apelación citado en este contrato cuota litis, por lo que para el caso de que NO se obtenga la libertad del mencionado por el PROFESIONISTA, al dictarse resolución al recurso de apelación pendiente, dejara de surtir efectos lo citado en esta clausula, firmándose como garantía un PAGARE por aparte que será por la cantidad citada en esta clausaula y firmado por el cliente a favor del profesionista.
TERCERA.- EL PROFESIONISTA realizara su trabajo como Abogado en el Juicio por el que se les contrata en términos de Ley, por lo que para el caso de que EL CLIENTE revoque al PROFESIONISTA dentro del trámite del recurso de apelación pendiente a resolverse surtirá efectos la cláusula anterior como si hubiese trabajado EL PROFESIONISTA en el fin encomendado por EL CLIENTE, teniendo la obligación este ultimo de liquidar el monto total de los citados honorarios y surtiendo efectos las obligaciones pactadas en este contrato de cuota Litis, por lo que el PROFESIONISTA obtendrá la libertad de nombre _____________________________________________ motivo por el cual lo contrata el CLIENTE.
CUARTA.- En caso de incumplimiento del presente contrato de prestación de servicios profesionales las
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