ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CONTRATOS MULTILATERALES


Enviado por   •  22 de Octubre de 2013  •  704 Palabras (3 Páginas)  •  1.583 Visitas

Página 1 de 3

CONTRATOS MULTILATERALES

En el tratado de los casos multilaterales, la referida convención de Viena en su Artículo 40 prevé reglas especiales.

En primer lugar: la propuesta de enmienda al tratado debe ser notificada por aparte que la formula o todas las demás partes del tratado.

En segundo lugar: toda parte en el tratado tiene derecho a participar en la decisión sobre las medidas que hayan que adoptar en relación con la propuesta formulada y a participar también en la negociación y celebración de cualquier acuerdo que tenga por objeto enmendar el tratado.

En tercer lugar: toda parte en el trabajo o sujeto facultado para ser parte en el tratado tendrá dicha a ser parte en el tratado en su forma enmendada

Cuarto lugar, el acuerdo que enmienda el tratado obliga a quienes han sido partes en dichos acuerdos, simultáneamente, no es obligatoria para ninguna de las partes en el tratado que no sean partes en el acuerdo de enmienda; Sin embargo, todo sujeto del Derecho Internacional Público que llegue a ser parte en el tratado, después de la entrada en vigor del acuerdo de enmienda será, salvo manifestación en contrario, considerado parte en el tratado en su forma enmienda, respecto de las partes en el acuerdo de enmienda y parte en el tratado en su forma original, respecto de las partes del tratado que no han participado en el acuerdo de enmienda.

Se entiende por modificación de un tratado multilateral para que surta efecto, la celebración de un acuerdo que tenga por objeto modificar el tratado en dos o más partes exclusivamente en sus relaciones mutuas. Así lo define el Articulo 41 del Convenio de Viena sobre el derecho de los Tratados.

La modificación de un tratado multilateral solo es admisible según el Artículo 41 del Convenio de Viena, en los siguientes casos:

En primer lugar: si la posibilidad de tal modificación, está prevista por el tratado.

En segundo lugar: si tal modificación no estando prohibida por el tratado

a) No afecte el disfrute de los derechos, que a las demás partes les correspondan en virtud del tratado, ni el cumplimiento de las obligaciones

b) no se refiera a ninguna disposición cuya modificación sea incompatible con la consecuencia efectiva del objeto y del fin del tratado en su conjunto.

El único requisito de validez de la modificación de un tratado multilateral, es, de acuerdo a lo que dispone el Artículo 41, a menos que en el tratado este previsto la posibilidad del tal modificación, que las partes interesadas notifiquen a las demás partes su intención de celebrar el acuerdo de modificación.

- Causas de crisis de los tratados internacionales.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (4.2 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com