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CONVENIO SOBRE GUARDA Y CUSTODIA, ALIMENTOS Y CONVIVENCIA


Enviado por   •  5 de Agosto de 2019  •  Apuntes  •  1.403 Palabras (6 Páginas)  •  458 Visitas

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CONVENIO SOBRE GUARDA Y CUSTODIA, ALIMENTOS Y CONVIVENCIA

DE LAS PARTES CONVENIANTES

Que comparecen por una parte la Sra. Beatriz Castillo Sánchez con el carácter de madre de Renatha Meritxell Olmos Castillo de 10 años y de Sara Olmos Castillo de 19 años, y por otra parte el Sr. Salomón Olmos Marín con el carácter de padre de las hijas referidas, manifestando su voluntad de celebrar el presente convenio, a efecto de lo cual acreditan la personalidad con la que comparecen, mediante la declaración de sus generales:

PERSONALIDAD

I.- LA SRA. BEATRIZ CASTILLO SÁNCHEZ, POR SU PROPIO DERECHO MANIFIESTA:

1. Que es de nacionalidad mexicana, mayor de edad, originaria de Izucar de Matamoros, Puebla y que si sabe leer y escribir.
2. Que su ocupación es ser comerciante y propietario del  negocio comercial “Pizzería Viva Juárez”, el cual fungía como única fuente de sus ingresos.

3. Que en lo sucesivo su domicilio será el ubicado en calle Margaritas 34 – A Fraccionamiento Villas Las Flores en el Barrio de Los Reyes en Izucar de Matamoros, Puebla. 
4. Que su estado civil es soltera.

II.- EL SR. SALOMÓN OLMOS MARÍN, POR SU PROPIO DERECHO MANIFIESTA:

1. Que es de nacionalidad mexicana, mayor de edad, originario de Izucar de Matamoros, Puebla y que si sabe leer y escribir.
2. Que su ocupación es ser comerciante y propietario del  negocio comercial “Pizzería Viva Juárez”, el cual funge como única fuente de sus ingresos.
3. Que en lo sucesivo su domicilio será el ubicado en la Calle Niño Perdido 16 en el Barrio de Santiago Mihuacán en Izucar de Matamoros, Puebla. 
4. Que su estado civil es soltero.


En virtud de las generales consignadas, las partes en forma conjunta y de común acuerdo realizan las siguientes:

DECLARACIONES

I.- Las partes manifiestan que derivado de su relación personal, procrearon a 3 hijos de nombres: Saúl Olmos Castillo de 21 años, quien actualmente se ha independizado, Sara Olmos Castillo de 19 años, quien se encuentra estudiando en la Universidad Tecnológica de Izucar de Matamoros y Renatha Meritxell Olmos Castillo de 10 años, quien se encuentra estudiando en el Centro Escolar Presidente Lázaro Cárdenas de Izucar de Matamoros.

II.- Igualmente ambas partes, manifiestan que han concluido con la relación que entre ellos existía, por lo que han decidido voluntariamente obligarse al presente convenio.

III.- Que se reconocen mutua y recíprocamente la personalidad con la que comparecen y con la capacidad legal para obligarse en los términos del presente convenio.

IV.- Que todo lo anterior lo manifiestan bajo protesta de decir verdad, sabedores de las penas de quienes declaran con falsedad ante autoridad en ejercicio de sus funciones y que de darse el supuesto, el presente convenio no surtirá sus efectos legales.

Hechas las anteriores manifestaciones las partes sujetan el presente convenio al tenor de las siguientes:

CLAÚSULAS

PRIMERA.- Las partes de común acuerdo y de manera terminante y explícita manifiestan su voluntad de llegar a un acuerdo en cuanto a la guarda, así como la custodia, convivencia y alimentos que tendrán con relación a sus hijas, a través de método alterno de conformidad con el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla.

SEGUNDA.- Ambas partes reconocen tener obligación alimentaria sobre sus hijas, por lo cual de conformidad a sus posibilidades económicas y a las necesidades de éstas, y de acuerdo al nivel social que han tenido hasta el momento, se comprometen a proveer los alimentos, de acuerdo a las cantidades que se estipulan en lo sucesivo.

TERCERA.- Los comparecientes convenimos por mutuo acuerdo que el Sr. Salomón Olmos Marín, quien es el padre, se obliga por concepto de alimentos a otorgar y a entregar a la Sra. Beatriz Castillo Sánchez, la cantidad de $2,000.00/100 m.n. (dos mil pesos, cero centavos, moneda nacional) de forma semanal los días lunes que serán pagaderos a partir de la firma del presente convenio y que al mes sumaran la cantidad de $8,000.00/100 m.n. (ocho mil pesos, cero centavos, moneda nacional). Dicha cantidad será depositada en la cuenta bancaria HSBC de la Sra. Beatriz Castillo Sánchez, cuyo número de tarjeta es 4213166056069655. Dicha obligación cesara cuando las hijas dejen de tener la necesidad alimentaria.

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