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CUAL ES LA ESCENCIA Y FINALIDAD DEL DEBIDO PROCESO Y LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA.


Enviado por   •  5 de Julio de 2016  •  Trabajos  •  334 Palabras (2 Páginas)  •  365 Visitas

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s CUAL  ES LA ESCENCIA  Y FINALIDAD DEL DEBIDO PROCESO Y LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA.

El debido proceso es un derecho fundamental de naturaleza procesal, que  implica el resto, dentro de todo  proceso, de los derechos y garantías minimas con que debe contar todo justiciable, tal es el caso de los derechos al juez natural, a la defensa, respeto a la pluralidad de instancias, el acceso a los recursos, el cual esta concebido como el cumplimiento de todas las garantías, requisitos y normas de orden publico.

FINALIDAD:  El debido proceso se encuentra expresamente reconocido en el artículo 139 inciso 3 de la Constitución, y está integrado por un conjunto de garantías mínimas e indispensables que deben estar presentes en todo proceso sea cual fuere su naturaleza, para que éste sea considerado como debido o regular. La finalidad radica en que el ámbito de aplicación  del derecho a ser juzgado en un plazo razonable, a la celeridad de los procesos ordinarios..etcEntre otros atributos garantistas se reconoce a la pluralidad de instancia y el derecho a la defensa. Sobre el derecho a la pluralidad de la instancia el Tribunal ha sostenido que éste tiene por objeto garantizar que todo justiciable “tenga la oportunidad de que lo resuelto por un órgano jurisdiccional sea revisadopor un órgano superior de la misma naturaleza, siempre que se haya hecho uso de los medios impugnatorios pertinentes, formulados dentro del plazo legal”. (MORROY GALVEZ, 2009)

una de las diferencias es que el juicio polito va sancionar faltas o infracciones que comete el funcionario mientras que el antejuiio va sancionar delitos de carater penal en que han incurrido el funcionario y la otra pregunta que dice descuando constitucionalmente se regula el juicio politico esa es desde la constitucion de 1823 y lo recoge la constitucion de 1979 y nuestra consticuion actual

11. no

10. la acusación no es juzgamiento soloes recomendación. La constitución precisa el antejuicio político a los ministros para investigar y recomendar una sanción administrativa.

9. es lo mismo

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