Características De Los títulos De Crédito
patriciorl13 de Octubre de 2014
840 Palabras (4 Páginas)259 Visitas
1. Incorporación: cuando un derecho se encuentra incorporado a un pedazo de papel, decimos que sí se pierde el papel se pierde el derecho incorporado en el toda vez que papel y derecho forman un tomo.
El rango jurídico superior que le da la ley a un simple pedeazo de la ley obedece a la necesidad de los comerciantes de poder consignar una deuda en un papel que fuera a su vez un medio de transporte fácil y seguro, así como de buena aceptación y manejo.
Se puede definir a la incorporación como la calificación de derecho que le da la ley a un elemento físico, otorgándole un rango jurídico superior a lo que sería simplemente un pedazo de papel, convirtiéndolo apartir de ese momento, por virtud de una ficción jurídica en un derecho patrimonial de cobro.
La esepcion a el principio de incorporación de los títulos de crédito, cuando se extravían pierden o destruyen, lo e s el juicio de cancelación y reposición, tratándose única y exclusivamente de títulos nominativos.
2. Letiralidad: es el elemento que establece los límites de exigencia a los que puede aspirar el titular o beneficiario de un título de crédito . El beneficiario de un título de crédito, no puede exigirle a su deudor nada que no este previsto en el propio documento , el universo jurídico de obligaciones y derechos que crea la expedición de un título de crédito no requiere mayor interpretación ni legal no jurisdiccional que la que se desprenda de lo escrito en el pedazo de papel. El límite más importante del derecho incorporado en el título lo es la cantidad que podrá ser exigida atravez del mismo. Esta cantidad por configure te deberá estar consignada en el documento, podrá establecerse tanto en cifras como en palabras, pero en caso de diferencia la que prevalecerá será la que este inscrita en palabras; si la cantidad estuviere escrita varias veces, tanto en palabras como en cifra el documento baldra en caso de diferencia, por la suma menor ( art 16 ley títulos ) .Un documento surte efectos de título de crédito si reúne en su texto ( literalidad ) las menciones que la ley obliga para cada tipo, y que esta no presume En forma alguna (art 15)
3. Legitimación : es una consecuencia de la incorporación, es decir, que para ejercitar el derecho consignado en un título de crédito es necesario legitimarse exhibiendo dicho título. Desde el punto de vista activó la legitimación es una calidad o propiedad de un título de crédito de atribuir a su titular,la facultad de poseedor legítimo, para exigir a el obligádo, el cumplimiento de la prestación consignada en el propio título. Por su parte la legitimación pasiva, se traduce en que el obligado cumple con su obligación, y por tanto, se libera de ella, pagando al legítimo ooseedor ( por ejemplo un título de crédito suscrito al portador )
○ Se puede ver desde el punto de vista activo y pasivo
4. Autonomía: por autonomía no debemos entender, el documento omiso ni el derecho en el incorporado , sino que esta característica se refiere al drechpñ independiente que cada titular sucesivo va adquiriendo respecto el título y los derechos en el incorporados.
La autonomía significa independencia del derecho del titular respecto del derecho de los anteriores titulares. Por ejemplo puede suceder que quien suscriba un título de crédito, no sea un poseedor legítimo, sin embargo un tercero que adquiere de buena fe tiene un. Derecho autónomo, independiente del que tenía o debía tener quién se lo transmito.
Desde el punto de vista pasivo, podemos decir que la obligación que contrae un suscriptor es autónoma, es decir independiente de la de los anteriores signatarios. .
Por ejemplo puede darse el caso que quien suscribe un título de crédito sea un incapas, y por tanto el documento no surte efecto alguno respecto de esa persona, pero en relación a la persona que firmo
...