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Casacion


Enviado por   •  9 de Octubre de 2014  •  Ensayos  •  475 Palabras (2 Páginas)  •  219 Visitas

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COMENTARIO

Analizando la demanda de casación podemos percibir la existencia en cuanto a la jerarquía normativa, por lo que en nuestro país se está respetando el derecho a un debido proceso, al igual que podemos darnos cuenta de que guarda relación con la coherencia normativa porque las distintas normas jurídicas empleadas se encuentran vinculadas al principio jurídico de supremacía constitucional, dentro de estas se han respetado las categorías, grados, la fuerza jerárquica y la validez de las normas, llegando así a una sentencia favorable según el criterio del juez para con el demandante.

Basándonos en la resolución final, suponemos que las anteriores demandas presentadas por la señora María Nieves Cruz Loaiza quedaron infundadas porque no se encontró un debido orden jerárquico en las normas jurídicas presentadas, además hubo una mala interpretación de las distintas normas jurídicas empleadas en dicho proceso llevando a esta a una infracción normativa. Lo que detallaremos en lo siguiente:

Por lo analizado la demanda a cargo de la señora María Nieves Cruz Loaiza de Campana observamos que presenta una demanda en primera instancia ante el juzgado mixto de la ciudad de Cusco pidiendo que se le reconozca el reajuste de su pensión definitiva. Sin embargo se declara infundada la demanda debido a que hay la existencia de una mala o errónea interpretación en la jerarquización de normas, ya que entre el Decreto de Urgencia N°105-2001 y el Decreto legislativo 847 no puede existir una incoherencia entre ambas, pues pertenecen a una misma jerarquía normativa. Y se debió considerar o debió prevalecer el Decreto de Urgencia N°105-2001 pues deroga a la anterior y no se desarrolla conflicto.

A consecuencia de esto la demandante (María Nieves) se presenta ante la sala superior de Cusco, expresando un agravio vía apelación, quienes también declaran infundada la demanda y se observa que una vez más se desarrolla una mala interpretación de la norma pues se encuentran presentes: El Decreto Supremo N°196-2001-EF, el Decreto Legislativo N°847 y el Decreto de Urgencia N°105-200. Tanto el Decreto de Urgencia y el Legislativo que tienen un mismo rango jerárquico, por lo que no existe conflicto en el hecho de que debería ejecutarse el Decreto de Urgencia por ser reciente, es decir, el principio de ley posterior y se deroga a las anteriores.

Entonces al sentirse perjudicada ante las anteriores demandas infundadas, según la ley establece y como último recurso, se recurre a la opción de interponer un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia en la ciudad de Lima. Y éste último declara fundada la demanda, reconociendo la falta de interpretación en la jerarquización en las normas con respecto a la segunda instancia. En el cual el Decreto de Urgencia N° 090-96,073-97 y 011-99 es considerado totalmente favorable, debido a su alto rango normativo

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