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Caso hipotético de incumplimiento de funciones de enfermeria.


Enviado por   •  13 de Julio de 2016  •  Síntesis  •  628 Palabras (3 Páginas)  •  830 Visitas

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EDESA PEREZ CONTRERAS, identificada con la C.I Nº 7.261.6281, en mi carácter de Jefa de enfermeras de  “CONSULTORIO MÉDICO AGUAS BLANCAS” con el debido respeto me presento y digo: 

Que, de conformidad con el art. 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el Código Deontológico en sus elementos 1 parrafo1 y elemento 2 párrafo 1; y la Ley del Ejercicio Profesional de la Enfermería en su Capítulo IV, art. 13 numerales 1,5 y 6 respectivamente, procedo a levantar el siguiente informe  de FALTAS injustificadas a fin de dejar CONSTANCIA escrita de la OMISION y NEGLIGENCIA, realizada por la ciudadana JUANA BENAVIDES DEL VALLE, enfermera domiciliado en Av. Mariscal Nº 192, Guanare – Edo. Portuguesa.

Fundamento mi informe  de FALTAS, en las siguientes consideraciones:

A. RELACIÓN DE LOS HECHOS.-  el día 26 de enero del presente año en el “CONSULTORIO MÉDICO AGUAS BLANCAS” se encontraba hospitalizado una señora de 50 años de edad el cual presentaba “ DOLOR AGUDO DE ABDOMEN Y REFLUJO GASTROINTESTINAL” quien luego de ser examinada le fue indicado algunos antiespasmódicos y protectores gástricos; acompañado de dieta blanda, con el fin de aliviar el dolor y revitalizar al paciente, al mismo tiempo se le ordena a la enfermera que le suministre los medicamentos ya indicados y a su vez vele porque la paciente consuma los alimentos ya descritos; para asi lograr la correcta recuperación de la salud de la paciente. A lo que la enfermera se compromete y asi mismo queda registrado debidamente en el libro de reportes de enfermería.

Posteriormente cuando ya eran las 11:30 de la mañana el médico de guardia se dirige a realizar la revista médica en donde se percata que la enfermera no cumplió con las ordenes que le fueron indicadas al ingresar al paciente a la sala de cuidados; ya que la misma ni ha recibido la medicacion indicada, ni tampoco a ingerido alimento alguno, por lo que se ha visto muy desmejorado su salud. Situación por la cual el medico se dirige a informar de lo sucedido al superior inmediato de la enfermera, como lo es la jefa de enfermeras.

Dicho esto y en vista de lo relatado por el médico. La jefa de enfermeras procede a levantar este informe en el que se emite el siguiente reporte: “ACCION de OMISION y NEGLIGENCIA, realizada por la ciudadana JUANA BENAVIDES DEL VALLE, enfermera de este centro de salud.”.

B. CONCLUSION: Los hechos anteriormente expuestos configuran el delito de OMISION E IMPRUDENCIA, y como tal deben ser sancionados de acuerdo a lo previsto en el Art. 03 y Art. 60, del Código Penal.

                                                  

                                                   Por tanto:

Pido se sirva formalizar la presente denuncia ante la instancia competente, para que se tomen los correctivos a que hubiera lugar.

OTROS DIGO: Adjunto copias del libro de registro de enfermería del dia 26 de enero del presente año.

                                                   Guanare 10 de Febrero de 2016.

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