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Caso Hipotetico


Enviado por   •  13 de Mayo de 2012  •  1.204 Palabras (5 Páginas)  •  1.111 Visitas

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1. ¿QUÉ ES LA DECLARATORIA DE NACIONALIDAD MEXICANA?

Es un instrumento a través del cual se establece el beneficio de la reforma constitucional ene l artículo 37 de la constitución, para las personas que hayan nacido en el territorio nacional, que sean nacidas en el extranjero de padres mexicanos nacidos en el territorio nacional o nacidos a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas.

2. REQUISITOS PARA OBTENER LA DECLARATORIA DE NACIONALIDAD MEXICANA.

1.- Ser mayor de edad (habiendo cumplido 18 años antes del 20 de marzo de 1998) y en uso de sus derechos civiles y políticos.

2.- Entregar debidamente requisitada la solicitud que para tal efecto le proporcione la Secretaría de Relaciones Exteriores.

3.- Anexar los siguientes documentos:

a).- Copia certificada del acta de nacimiento (también conocida como "original") expedida (en territorio nacional) por la oficina del registro civil mexicano. (Este documento no se devuelve.)

Si el interesado nació en el extranjero, deberá exhibir copia certificada del acta de nacimiento expedida por los consulados o por la sección consular de las representaciones diplomáticas de México en el exterior o copia certificada expedida por la oficina del registro civil mexicano de la inserción de su acta de nacimiento extranjera. Además deberá presentar copia igualmente certificada del acta de nacimiento o copia del certificado o declaración de nacionalidad mexicana por nacimiento del padre o madre.

Cuando el registro del nacimiento del solicitante o de los padres sea extemporáneo (después del primer año de edad), el interesado deberá presentar cualquiera de los siguientes documentos: (el documento de que se trate no se devuelve.)

I).- Cotejo notarial (elaborado en México) de la partida religiosa [fe de bautismo], si dicho acto se realizó durante el primer año de edad y en territorio nacional.

II).- Copia certificada del acta de matrimonio de los padres expedida por la oficina del registro civil mexicano, si éstos se casaron en territorio nacional y antes del nacimiento del solicitante.

III).- Copia certificada del acta de nacimiento de un hermano mayor expedida por la oficina del registro civil mexicano, si nació en territorio nacional y fue registrado dentro del primer año de edad.

4.- Copia certificada del acta de nacimiento del padre o madre mexicano expedida por la oficina del registro civil mexicano, registrado durante el primer año de edad.

5.- Constancia expedida por la autoridad migratoria, de la fecha de internación al país del padre o de la madre extranjeros, si esto ocurrió antes de la fecha de nacimiento del interesado.

b).- Acreditar su identidad con documento oficial con fotografía y firma, ya sea mexicano o extranjero, (el nombre debe coincidir con el asentado en el acta mexicana de nacimiento; de este documento se dejará un copia cotejada en el expediente).

c).- Entregar copia certificada del documento que acredite que obtuvo voluntariamente otra nacionalidad, debidamente apostillado o legalizado, según sea el caso. (Solicitar la copia certificada a la autoridad extranjera que originalmente lo expidió; esta copia no se devuelve.)

d).- Entregar tres fotografías a color tamaño pasaporte, (3.5 x 4.5 cm.) con fondo blanco, de frente, sin anteojos, cabeza descubierta, reciente (tomada dentro de los treinta días anteriores a la solicitud) y;

e).- Pago de derechos correspondiente (el equivalente, en moneda canadiense, a $15.00 de EUA)

3. PERSONAS QUE PUEDEN OBTENER EL DOCUMENTO.

Este documento se expide a mexicanos por nacimiento, que otro Estado los considere como sus nacionales y que pretendan acceder al ejercicio de algún cargo o función para el que se requiera ser mexicano por nacimiento y que no adquieran otra nacionalidad.

“Artículo 16 de la ley de nacionalidad.- Los mexicanos por nacimiento a los que otro Estado considere como sus nacionales, deberán presentar el certificado de nacionalidad mexicana, cuando pretendan acceder al ejercicio de algún cargo o función para el que se requiera ser mexicano por nacimiento y que no adquieran otra nacionalidad. Al efecto, las autoridades correspondientes deberán

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